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LA SEGURIDAD SOCIAL EN EL MUNDO AUTOR: LUIS ENRIQUE ESPINOZA REYES

  • Primeras manifestaciones

    Primeras manifestaciones
    Europa crea la ley de seguro contra enfermedad
  • Primeras manifestaciones

    Primeras manifestaciones
    Europa crea la ley del seguro contra accidentes de trabajo
  • Primeras manifestaciones

    Primeras manifestaciones
    Europa crea la Ley del seguro contra la vejez e invalidez
  • Constitución de 1917

    Constitución de 1917
    La Constitución mexicana reconoce en su artículos 123 los derechos laborales
  • Constitución de Weimar

    Constitución de Weimar
    En alemania se promulgó la Constitución de Weimar en donde se estableció el principio de igualdad jurídica del trabajo
  • OIT

    OIT
    Convenio sobre la indemnización por accidentes de trabajo, convenio sobre las enfermedades profesionales, convenio sobre la igualdad de trato
  • OIT

    OIT
    Convenio sobre el seguro de enfermedad (industria), convenio sobre el seguro de enfermedad (agricultura)
  • OIT

    OIT
    Convenio sobre el desempleo
  • DUDH

    DUDH
    El derecho humano a la seguridad social ha sido reconocido en diversos instrumentos del Sistema Interamericano; así, la Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre de 1948, establece en su artículo XVI: Toda persona tiene derecho a la seguridad social que le proteja contra las consecuencias de la desocupación, de la vejez y de la incapacidad que, proveniente de cualquier otra causa ajena a su voluntad, la imposibilite física o mentalmente para obtener los medios de subsistencia.
  • OIT

    OIT
    El Convenio Número 102 sobre la seguridad social (norma mínima), 1952, indica las prestaciones base que la seguridad social debe otorgar para cubrir esos mínimos; el Estado debe brindar asistencia médica, prestaciones económicas por enfermedad, de desem­ pleo, de vejez, en caso de accidente de trabajo y enfer­ medad profesional, familiares, de invalidez y de sobre­ vivientes.
  • Period: to

    OIT

    Convenios sobre:
    1.- Igualdad de trato
    2.- Prestaciones en caso de accidente.
    3.- Invalidez, vejez y sobrevivientes.
    4.- Asistencia médica
    5.- Prevención de accidentes
  • Period: to

    OIT

    Convenios sobre:
    1.- Conservación de derechos en materia de seguridad social.
    2.- Protección a la salud y asistencia médica (gente de mar)
    3.- Fomento del empleo y la protección contra el desempleo
  • OIT

    OIT
    Convenio sobre la protección de la maternidad.
  • CDESC

    CDESC
    El Comité de Derechos Económicos Sociales y Culturales emitió la Observación General No.19 en donde en ella se destaca la obligación de los Estados de utili­zar hasta el máximo de sus recursos disponibles para realizar plenamente este derecho, respetando los principios de igualdad y no discriminación, y distin­gue los elementos que integran este derecho: Disponibilidad, Riesgos e imprevistos sociales, Nivel suficiente, Accesibilidad, Relación con otros derechos.
  • BIBLIOGRAFÍA

    BIBLIOGRAFÍA