La evolución de la seguridad y salud en el trabajo en Colombia

  • Seguridad social: 1819

    Seguridad social: 1819
    Simón Bolívar mencionó en el discurso del Congreso de Angostura la importancia de la seguridad social
  • Indemnización

    Indemnización
    El General Rafael Uribe Uribe, pide indemnizar a las victimas de accidentes de trabajo.
  • Ley 57 de 1915

    Con la muerte del General Uribe, se aprueba la Ley 57 de 1915 donde se obliga a las empresas a otorgar asistencia médica y farmacéutica e indemnizaciones en caso de incapacidad o muerte.
  • Ley 10 de 1934

    Ley 10 de 1934
    Se crea la oficina laboral de trabajo a nivel nacional con sede en Bogotá.
  • Ley 53 de 1938

    Otorga protección a la mujer embarazada dándole derecho a ocho semanas de licencia remunerada en la época del parto.
  • Ley 96 de 1938

    Ley 96 de 1938
    Por la cual se crean los Ministerios de Trabajo, Higiene y Previsión Social y de la Economía Nacional .
  • Ley 90 de 1946

    Ley 90 de 1946
    Se crea el Instituto de Seguros Sociales. En el mismo año se crea la Sociedad Colombiana de Medicina del Trabajo.
  • Resolución 1016

    Resolución 1016
    Se reglamenta la organización, funcionamiento y forma de los Programas de Salud Ocupacional que deben desarrollar en Colombia.
  • Constitución Política de 1991

    El articulo 49 garantiza a todas las personas acceso a los servicios de Promoción, Prevención y Recuperación de la salud.
  • Decreto 1295

    Se determina la organización y administración del Sistema General de Riesgos Laborales.
  • Resolución 1401

    Se reglamenta la investigación de incidentes y accidentes de trabajo.
  • Decreto 1443

    Se dictan disposiciones para la implementación del SG-SST en las empresas.
  • Decreto 1072

    Se crea el Decreto Único Reglamentario del Sector Trabajo
  • Resolución 0312

    El Ministerio del Trabajo define los nuevos estándares mínimos del SGS-SST.
  • Decreto 768

    Actualización de la Tabla de Clasificación de Actividades Económicas para el Sistema General de Riesgos Laborales, que aplicará para todos los afiliados al SGRL, a las ARL y a los operadores de PILA.