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Creación del Distrito Federal
La Ciudad de México era conocida como el Distrito Federal (D.F.). En este año, se estableció como una entidad federativa y se le otorgó una nueva autonomía -
Reforma constitucional del artículo 73
Se creó una Asamblea de Representantes del DF. integrada por 40 miembros electos por votación mayoritaria y 26 de representación proporcional. Detallaron facultades y atribuciones al nuevo órgano de gobierno, concedido como un órgano de participación vecinal y de deliberación ciudadana, ya que las facultades legislativas estaban a cargo del Congreso de la Unión y a la Asamblea de Representantes sólo se le concedían facultades para dictar bandos, ordenanzas y reglamentos. -
Reformas al Estatuto de Gobierno
Se realizaron reformas significativas al Estatuto de Gobierno del Distrito Federal, otorgando mayores facultades y autonomía a la Ciudad de México en asuntos de gobierno local.
creación del
Reglamento de Gobierno del Distrito Federal, un nuevo sistema que integra las reglas
de organización del Distrito Federal, funcionando como una ley básica, pero no legal ni
políticamente comparado con otras entidades federativas -
Reforma constitucional del artículo 73 fracción VI y al 122 constitucional
Estableció la facultad del Congreso de la Unión para expedir el estatuto del gobierno del Distrito Federal y legislar en lo relativo a él, salvo a las materias expresamente conferidas a la Asamblea de Representantes y las atribuciones fueron trasladadas a una nueva versión de un artículo 122 constitucional con una fracción I -
Reforma de 1996
La innovación más importante de esta reforma fue establecer la elección directa del titular del órgano de gobierno político-administrativo de lo que se denomina Distrito Federal asimilado, desde 1970, como sinónimo de Ciudad de México. Su titular cambió por cuarta ocasión de nombre al de jefe de Gobierno del Distrito Federal -
Código Electoral del Distrito Federal y Tribunal Electoral del Distrito Federal
Se creó bajo el Código Electoral del Distrito Federal (CEDF), legislación en la cual se establecía las reglas de competencia por cargos públicos y establecía la organización y competencia el Instituto Electoral del Distrito Federal (IEDF) y el Tribunal Electoral del Distrito Federal. -
Iniciativa para modificar la fracción IX del artículo 76 Constitucional
La iniciativa del 2001 es la segunda propuesta de cambio constitucional, busca modificar la fracción IX del artículo 76 Constitucional para elevar el quorum de votación exigido para la remoción del Jefe de Gobierno por el Senado de la República a dos terceras partes de los miembros de dicha Cámara; asentar que dicha facultad sólo le corresponde al Senado de la República y no, a la Comisión Permanente, esta facultad la deberá expedir el Congreso de la Unión. -
Iniciativas referidas a la relación y competencias entre los órganos de gobierno del DF
La primera iniciativa plantea autonomía para el gobierno local y la definición de competencias específicas para el gobierno federal. Modifica la fracción VIII del artículo 73 Constitucional, suprimiendo la parte del texto en relación con la facultad del Congreso de la Unión para aprobar el endeudamiento del Gobierno del Distrito Federal y del Presidente de la República. -
primer distritación electoral local
el Consejo General del IEDF, instruyó que se realizará la primer distritación electoral local, quedando integrado por: cuarenta distritos electorales dentro
del rango poblacional de +- 15%; treinta y seis de los cuales estaban completamente
incluidos en una sola delegación y; cuatro distritos quedaron divididos entre dos
delegaciones -
Segunda iniciativa (del 5 de agosto de 2002)
Busca reformar las relaciones entre los órganos de gobierno y los poderes federales. Retoma las propuestas contenidas en la Minuta que el Senado recibió de la Cámara de Diputados, el 15 de diciembre de 2001, mediante la cual se pretende el fortalecimiento de las instituciones del gobierno del Distrito Federal a través de propuestas relativas a su autonomía jurídica y política. -
Iniciativa para la fracción IV del artículo 74.
La iniciativa es congruente y acorde a los plazos establecidos para el mismo objeto para el Presidente de la República en la fracción IV del artículo 74; donde, mediante reforma del 2004, se adelantó la fecha de presentación de la iniciativa de Ley de Ingresos y el Proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación del 15 de noviembre al 8 de septiembre. L la redacción del artículo 122 es incongruente con la modificación; ya que plantea fecha límite el 30 de noviembre -
"Pacto por México”
La propuesta más reciente surgió a partir de la firma del “Pacto por México” el 2 de diciembre de 201210, con la participación del Presidente de la República y los Presidentes Nacionales de los principales partidos políticos, entre los temas rectores del pacto se encontraba la Reforma del Distrito Federal. -
Consejo Rector del Pacto por México
El entonces jefe de gobierno Miguel Ángel Mancera
Espinosa, presentó al Consejo Rector del Pacto por México la propuesta de reforma a nueve disposiciones constitucionales que tendría la finalidad de dotar de autonomía a la capital del país11, de acuerdo con el documento que entregó Mancera Espinosa al Consejo Rector del Pacto por México, plantea la modificación a los artículos 40, 41, 43, 44, 71, 76, 124, 135 y, principalmente, al 122 -
Constitución de la Ciudad de México (2016):
Que de conformidad con lo previsto en el artículo 44 de la CPEUM, la Ciudad de México es la Entidad Federativa sede de los Poderes de la Unión y Capital de los Estados Unidos Mexicanos; se compondrá del territorio que actualmente tiene y, en caso de que los poderes federales se trasladen a otro lugar, se erigirá en un Estado de la Unión con la
denominación de Ciudad de México -
Se modifica Distrito Federal por Ciudad de México
Se modifica la denominación de Distrito Federal por Ciudad de México, y es hasta a la última reforma constitucional en 2016,que esta entidad cuenta con los principios que les dan plena autonomía como una entidad federativa más -
Constitución Política de la Capital de México
se promulgó la Constitución Política de la Capital de
México, la cual pasó a ser la Ciudad de México, constituyéndose en una entidad
federativa en lugar de un estado, y desde la fecha de promulgación de la Constitución
de la Ciudad de México, la federación está integrada por 31 estados y Ciudad de México.
Solo se convertirá en estado cuando los poderes de la federación (cuya sede seguirá
siendo la Ciudad de México) cambien de posición. -
Políticas de anticorrupción y austeridad
las legislaturas de los estados contarán con entidades estatales de fiscalización, y éstas actuarán con base en los principios de legalidad, imparcialidad y confiabilidad. Asimismo, deberán fiscalizar las acciones de estados y municipios en materia de fondos, recursos locales y deuda pública. -
Elección de la Jefa de Gobierno
La elección de la Jefa de Gobierno marcó un punto crucial en la evolución de la Ciudad de México (CDMX) proporcionando un nuevo nivel de autonomía política y representación directa para los ciudadanos. Antes de esta reforma, el líder del gobierno local era designado por el presidente de México, lo que limitaba la participación ciudadana en la elección de su líder, fortaleció la legitimidad del gobierno local al reflejar la voluntad de la población. -
elecciones de 2021
Estaban previstas como un plebiscito en donde, día tras
día, sus sesiones mañaneras el presidente de la República ha estado violando las reglas de propaganda gubernamental en materia electoral, ´exponiendo la renovación de la Cámara de Diputados. La oposición se unió en un frente electoral. Con 10 partidos registrados, dos coaliciones de tres partidos y cuatro partidos con sus propios candidatos fuera de coaliciones, basada en resultados y estadísticas del INE -
La iniciativa del 5 de agosto de 2002
Es la cuarta que se presentó para reformar lo referente al nombramiento y remoción de la autoridad ejecutiva del Distrito Federal, busca otorgarle al Congreso de la Unión facultades para establecer los casos y el procedimiento para la remoción del Jefe de Gobierno del DF. Concede atribuciones al Presidente Nacional para instruir a las autoridades del Distrito Federal. Propone también una mayoría especial para emitir y reformar el Estatuto Constitucional del Distrito Federal.