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DERECHOS HOMOSEXUALES
Se elimina la homosexualidad como delito del código penal colombiano
(COLOMBIA DIVERSA, s.f.) -
DERECHO A LA IGUALDAD
La nueva constitución incluye una serie de provisiones de especial interés para la comunidad LGTB, como el derecho a la igualdad, el principio constitucional del pluralismo y el derecho al libre desarrollo de la personalidad. (CORTE CONSTITUCIONAL, 2018) -
DERECHO PENAL
El Congreso establece en el Código Penal una norma que agrava la pena cuando se verifique que el delito fue motivado por la orientación sexual de la víctima.
(CORTE CONSTITUCIONAL, 2016) -
DERECHO A VISITA INTIMA
La Sala civil de la Corte Suprema de Justicia, reconoce por primera vez el derecho de visita íntima de una pareja del mismo sexo en una cárcel.
(CORTE CONSTITUCIONAL, 2003) -
UNION MARITAL
Fue aprobada por la Corte la unión marital de hecho entre homosexuales y algunos derechos patrimoniales de la pareja. Se estableció que para que estos cobrasen vigencia la pareja debía llevar por lo menos dos años de convivencia.
(Bonilla, 2018) -
PENSIÓN HOMOSEXUALES
A partir del último fallo de la Corte Constitucional del 17 de abril de 2008, las parejas en unión marital de hecho de lesbianas y de gays pueden acceder a la pensión de sobreviviente, tal como sucede con las parejas heterosexuales.
(PORTAFOLIO, 2008) -
Equidad entre parejas
La Corte Constitucional de Colombia por ponencia del magistrado Rodrigo Escobar Gil, decidió la modificación de 42 normas incluidas en aproximadamente 20 leyes, con el fin de lograr una equidad entre parejas heterosexuales y homosexuales, excepto en el asunto de la adopción, sobre lo que la Corte no se pronunció. -
ADOPCIÓN IGUALITARIA
La Corte Constitucional de Colombia votó a favor una ponencia del magistrado Jorge Iván Palacio que le da vía libre a la adopción igualitaria en Colombia. La ponencia sostiene que "la adopción de niños por personas con orientación sexual heterosexual, en general, y por parejas del mismo sexo, en particular, no afecta por ningún motivo, ni compromete de manera negativa la salud física o mental ni el desarrollo integral de los menores. -
REFERENCIAS
(COLOMBIA DIVERSA, s.f.)
(CORTE CONSTITUCIONAL, 2018)
(CORTE CONSTITUCIONAL, 2016)
(CORTE CONSTITUCIONAL, 2003)
(Bonilla, 2018)
(PORTAFOLIO, 2008)