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Gracias a que en 1904 el abogado Rafael Uribe Uribe introdujo el tema de seguridad en el trabajo, el 15 de noviembre de 1915 se decreta mediante la ley 57 de 1915 el concepto de accidente de trabajo, también se establece la responsabilidad por parte del empleador, se clasifica las consecuencias del accidente de trabajo, las prestaciones económicas y asistenciales, la clase de incapacidad, pensiones y la indemnización en caso de limitaciones físicas causadas por el trabajo. -
Mediante esta ley se dicta una medida de salubridad publica que provee la existencia de habitaciones higiénicas para la clase trabajadora en el país. Además, se establecen las obligaciones por parte del gobierno en la construcción y administración de las viviendas. -
Se crea y reglamenta a través de esta ley un seguro de vida colectivo; que empresas deben adquirirlo y cuáles son las características de los empleados que pueden acceder al beneficio y a quien se le pagara la cuota en caso del fallecimiento del empleado. -
Por primera vez en Colombia se establece el contrato de trabajo, se reglamenta la enfermedad profesional, se crea el auxilio de cesantías, y vacaciones. -
Se crea el Ministerio de Trabajo, Higiene y Previsión Social cuyas funciones están dadas desde la presidencia. -
Creación del seguro obligatorio, así como de indemnización para accidentes de trabajo. -
Promulga los fundamentos del código sustantivo del trabajo y la obligación de proteger a los trabajadores en su trabajo. El estado da garantía a los trabajadores y a sus patrones su derecho de asociarse libremente para defender sus intereses, formando asociaciones profesionales o sindicatos. -
En esta ley se dictan varias sentencias que constituyeron las bases de la salud ocupacional en Colombia, tales como las convenciones de trabajo, las asociaciones profesionales, los conflictos y jurisdicción especial de asuntos del trabajo. -
Nace el Instituto de Seguros Sociales, con el fin de prestar servicios de salud y pensiones a los trabajadores colombianos contra riesgos como enfermedades no profesionales y maternidad, invalidez y vejez, accidentes de trabajo y enfermedades profesionales. -
Se establecen políticas de seguridad industrial e higiene para los establecimientos de trabajo, esta oficina se encarga también de hacer control y vigilancia de los horarios de trabajo, el cumplimiento de los derechos de las poblaciones especiales, clasificar las consecuencias de los accidentes de trabajo, entre otras. -
Establece las normas sanitarias para la prevención y control de los agentes biológicos, físicos químicos que alteran las características del ambiente exterior de las edificaciones hasta hacerlo peligroso para la salud humana. -
Busca garantizar las prestaciones económicas y de salud a los trabajadores vinculados a una entidad y a aquellos independientes. También se busca incluir a aquellos que no cumplen con ninguna de las condiciones anteriores, pero tienen el derecho de acceder a la seguridad social. En esta ley se aborda cada componente del sistema general de seguridad social, incluye las definiciones, características, tipos, divisiones, sanciones, al igual que la vigilancia y control de cada actividad. -
Este decreto organiza y administra el sistema general de riesgos profesionales, en el se establece a quien va dirigido y orientado lo que allí se decreta y como se llevaran a cabo el control y la vigilancia de las entidades involucradas.