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Historia de la Salud Ocupacional

  • 4000 BCE

    Comunidad primitiva // Edad Antigua

    Comunidad primitiva // Edad Antigua
    Desde la oscuridad en la que el primitivo habitaba; se han desprendido varias teorías. Se ha identificado la evolución y las diferentes maneras de vivir del homo-sapiens, en el cual se puede evidenciar la comunidad que pasa del paleolítico al neolítico dónde se representa inicio del hombre y la vida en el entorno a la naturaleza.
  • 4000 BCE

    Prehistoria

    Prehistoria
    El hombre primitivo aprendió a defenderse del medio cómo una reacción natural a su deseo de sobrevivir. Basado en eso inicialmente se inclino por construir viviendas, herramientas de trabajo, aprendió a manipular el fuego y las armas; su avance en este sentido fue definitivo, ya que le permitió sobrevivir a pesar de las inseguridades de la naturaleza que lo tenían aparentemente bajo amenaza de accidentes o lesiones.
  • 4000 BCE

    Civilización Mediterranea

    Civilización Mediterranea
    Se caracteriza por ser especialmente guerrera y esclavista entre ella, dónde se destaca la civilización Egipta en el año 4000a. C. En estos antiguos pueblos se daba un trato espacial a los guerreros, fabricantes de armas y embolsadores, Para las personas dedicadas a las dos ultimas mencionadas habían reglamentos particulares en cuanto a los embolsadores egipcios asignaban profesión cercana al sacerdocio ya que en esta civilización, existían reglamentos especiales de trabajo. .
  • 3000 BCE

    Egipto

    Egipto
    A pesar de las condiciones climatologías desfavorables, se produjo un gran desarrollo de la agricultura, caza, pesca, ganadería, el comercio y desde luego la arquitectura. Los alfareros utilizaban tornos, invención de la época y es importante hacer mención de un gran número de Egipcios dedicados a los oficios de la vida de ultratumba.
  • 2000 BCE

    Roma

    Roma
    Se caracteriza por ser el desarrollo de la agricultura, ganadería, artesanía. Existieron esclavos tratados en condiciones infrahumanas, jornaleros con jerarquía superior. Se produjo especialización entre los artesanos y la creación del gran Senado, dónde los trabajadores realizaban los trabajos más pesados, en especial en las minas donde carecían de de higiene y seguridad
  • 2000 BCE

    Mesopotamia

    Mesopotamia
    Es uno de los pueblos más avanzados de su tiempo, en donde sucede el reparto agrario la distribución de trabajo y la jerarquización de acuerdo al oficio desarrollado. Es también evidente que el hombre la utilización de cuero y madera, fabricación de embarcaciones e industria de vidrio; por ende es fácil deducir la exposición de los trabajadores a diferentes agentes químicos, condiciones térmicas, mecánicas y radiaciones infrarrojas .
  • 2000 BCE

    Regulación Jurídica

    En cuanto a regulaciones jurídicas aparece la civilización la cual se destaca por el código de Hammurabi en los años 2000 a.C. En cuanto se refiere a la prevención de accidentes o indemnizaciones, dónde se aplicaba la ley de Tailon en el cual debía pagarse "ojo por ojo, diente por diente" pero en caso de lesiones a un esclavo lo remuneraban con dinero a su dueño un cierta cantidad la cuál correspondía a la lesión sufrida
  • 1000 BCE

    Hipócretes

    Hipócretes
    Siendo el padre de la medicina moderna. observó los síntomas y los signos de las enfermedades con mucho detenimiento, y fue uno de los primeros en rechazar las supersticiones, leyendas y creencias populares que señalaban como causantes de las enfermedades a las fuerzas sobrenaturales o divinas y a pensar en que las enfermedades no tenían una explicación religiosa o sobrenatural, fue el primero en describir la intoxicación con plomo cómo enfermedad ocupacional.
  • 1000 BCE

    Galeano

    Galeano
    En roma donde los esclavos hacían las labores más duras tenían muy poco valor. No obstante se evidenció a tabla de ajuste donde se exige la medida de seguridad, teniendo en cuenta la evidencia señalada a la presencia de enfermedades especificas en los trabajadores, siendo así Galeano (quien nació en el año 130a. C) el medico más importante, caracterizado por ser la fuente de medicina.
  • 1000 BCE

    Grecia

    Grecia
    Esta civilización deja representaciones históricas de trabajos hechos por guerreros, zapateros, alfareros. Indicando que había cierta consideración y respeto por otro oficios en el año 460 a. C. nace Hipócrates el Grande, pase al valor puramente mítico de su genealogía, dejando los 60-70 escritos que le son atribuidos donde se expone el tratado "aires, aguas, lugares" donde se caracteriza por ser el primero que produjo la salubridad.
  • 1000

    Plinio El Viejo

    Plinio El Viejo
    Escribió una enciclopedia de ciencias naturales en la que describo gran cantidad de enfermedades ocupacionales, llamando la "enfermedades de los esclavos·
  • 1453

    Edad moderna

    Edad moderna
    Presenta hechos importantes en el desarrollo de la humanidad. Teniendo en cuenta la revolución industrial, ella descubre la necesidad de la salud laboral, prestando atención al trabajo manual y remplazando lo por maquinas
  • 1492

    Edad Media

    Edad Media
    En esta época se forman los estados y cae sobre éste la responsabilidad de proteger al ciudadano. Teniendo en cuenta se tuvieron en cuenta las circunstancias la cual llevó a fundamentar en la nacimiento de la salud pública y normas para proteger al empleado, trabajo manual poco peligroso dónde recibían formación profesional.
  • Salud Ocupacional en Colombia

    Salud Ocupacional en Colombia
    Con la revolución industrial los accidentes de trabajo y enfermedades profesionales se multiplicaron, ya que apareció el maquinismo y la aplicación de la fuerza motriz a la industria. Fue así como se vio la necesidad de proteger a los trabajadores de los riesgos profesionales. El sistema de gobierno perfecto es el que produce mayor felicidad, mayor suma seguridad social "Libertador Simon Bolivar"
  • Rafael Uribe Uribe

    Rafael Uribe Uribe
    Fue quien hablo de la seguridad en el trabajo, durante una conferencia dictada en Bogotá. Dónde propuso un proyecto de ley referente a los accidentes laborales, la cual fue aprobada en el congreso.
  • Ley 57 de 1915

    Ley 57 de 1915
    Al igual que en la ley 57 de 1915 se define accidente de trabajo todo suceso repentino que sobrevenga por causa o con ocasión del trabajo, y que produzca en el trabajador una lesión orgánica "pero a diferencia de la Ley 57 de 1915 el código sustantivo de trabajo incluye como A.T" las perturbaciones funcionales.
  • Indemnización Por Accidentes Laborales

    Indemnización Por Accidentes Laborales
    El general Uribe pidió que se indemnizarán a los trabajadores los cuales hayan sufrido accidentes laborales.
  • Indemnización por Accidente Laboral

    Indemnización por Accidente Laboral
    Fue aporcada la ley de que toda debía pagar indemnización a su empleados en caso de incapacidad, lesiones o accidentes de trabajo o en su peor escenario la muerte, la cual debía hacerse cargo de los gastos funerarios.
  • Medicina Laboral

    Medicina Laboral
    Se creo la primera oficina de medicina general en los centros de atención. Dónde se debe tener en cuenta que la medicina del trabajo o laboral es la especialidad de salud que se dedica al estudio de las enfermedades y los accidentes que se producen por causa o consecuencia de la actividad laboral, así como las medidas de prevención que deben ser adoptadas para evitarlas o aminorar sus consecuencias.
  • Legislación laboral de 1935

    Legislación laboral de 1935
    Se estableció la legislación laboral, donde se habla de los riesgos del trabajo donde se incrementan el decreto 1994 ley 1295, por el cual se determina la organización, la prestación administración del sistema general de riesgos profesionales.
  • Decreto 1994, ley 1295

    Decreto 1994, ley 1295
    Es dirigido, controlado y vigilado por el Estado, entidades administradoras Riesgos Profesionales tendrán a su cargo la afiliación al sistema, todos los empleadores deben afiliarse al Sistema General de Riesgos Profesionales. La afiliación de los trabajadores es obligatoria para todos los empleadores. El empleador que no afilie a sus trabajadores al Sistema Riesgos Profesionales, además de las sanciones legales, será responsable de las prestaciones que se otorgan en este decreto.
  • Derecho de protección

    Derecho de protección
    Mediante la ley 53, se otorgó el derecho de protección a la mujer embarazada (laboradora de una compañía) y sus ocho semanas de licencia remunerada.
  • Legislación Seguridad Ocupacional

    Legislación Seguridad Ocupacional
    En Colombia se estableció la legislación sobre la Salud Ocupacional y en la cual figura la primera ley sobre normas de salud. (Ley 6 de 1945)
  • Ley 6 de 1945

    Ley 6 de 1945
    Hay contrato de trabajo entre quien presta un servicio personal bajo la continuada dependencia de otro mediante remuneración, y quien recibe tal servicio. No es, por tanto, contrato de trabajo el que se celebra para la ejecución de una labor determinada, sin consideración a la persona o personas que hayan de ejecutarla y sin que éstas se sujeten, a horario, reglamentos o control especial del patrono.
  • Ley 50 1950

    Ley 50 1950
    Se expide el código sustantivo del trabajo. Dónde se estableció múltiples normas relativas a la salud ocupacional, teniendo en cuenta jornada laboral, el descanso obligatorio, las prestaciones laborales de ley; entre otras.
  • Código Sustantivo del Trabajo

    Código Sustantivo del Trabajo
    En el art. 199-200, Se manifiesta la definición de accidente y enfermedades laborales.
    En el art. 201-209 & 222, Se evidencia la primera tabla de enfermedades laborales.
    En el art. 269, Se evidencia las primeras pensiones a trabajadores de cable, y radio.
    En el art. 349, Se visualiza el reglamento de higiene y seguridad industrial, aprobado por ministerio de trabajo para empresas con más de 10 trabajadores.
  • Decreto 3170

    Decreto 3170
    Aprueba el reglamento del seguro social obligatorio para accidentes de trabajo y enfermedades profesionales.
  • Protección

    Protección
    La protección para accidentes de trabajo y enfermedades profesionales o laborales de los servidores del sector público se empezó a manejar a través de la caja Nacional de Prevención Nacional.
  • Decreto 586

    Decreto 586
    Se creó el comité nacional de salud ocupacional. Teniendo en cuenta los riesgos laborales se dio la iniciativa y participación al comité nacional de salud ocupacional, dónde se expide el decreto 614 de 1984, dónde se establece las bases para la administración de la salud ocupacional en el país.
  • Decreto 614 1984

    Decreto 614 1984
    En el presente Decreto determina las bases de organización y
    administración gubernamental y privada de la Salud Ocupacional en el país, para la posterior constitución de un Plan Nacional unificado en el campo de la prevención de los accidentes y enfermedades relacionadas con el trabajo y en el del mejoramiento de las condiciones de trabajo. (http://decreto614de1984.blogspot.com/)
  • Sistemas Generales De Riesgos Profesionales

    Sistemas Generales De Riesgos Profesionales
    Fue creado en Colombia con el decreto 1295 de 1994, cómo reglamento de la ley 100 de 1993, dónde se define por ser el conjunto de normas, entidades y procedimientos, con el fin de prevenir, proteger y atender a los trabajadores de los efectos de las enfermedades y los accidentes a los que están expuestos en su entorno.
  • Normatitividad de Riesgos Profesionales

    Normatitividad de Riesgos Profesionales
    Ley 776 de 2002, Derecho a las prestaciones. Todo afiliado al Sistema General de Riesgos Profesionales, en los términos de la presente ley o del Decreto-ley 1295 de 1994, sufra un accidente de trabajo o una enfermedad profesional, o como consecuencia de ellos se incapacite, se invalide o muera, tendrá derecho a que este Sistema General le preste los servicios asistenciales y le reconozca las prestaciones económicas a los que se refieren el Decreto-ley 1295 de 1994 y la presente ley.
  • Decreto 2800 de 2003

    Decreto 2800 de 2003
    Señala que los trabajadores independientes son afiliados voluntarios al Sistema General de Riesgos Profesionales, de acuerdo con la reglamentación que el Gobierno Nacional expida es necesario reglamentar la afiliación de los trabajadores independientes, ampliando progresivamente la cobertura del Sistema General de Riesgos Profesionales, iniciando con quienes realizan contratos de carácter civil, comercial o administrativo con personas naturales o jurídicas.