Evolución Histórica de la Salud Ocupacional...

  • 3300 BCE

    EDAD ANTIGUA:

    EDAD ANTIGUA:
    Leyes especiales dadas por el faraón para embalsamadores, guerreros y fabricantes de armas de Egipto, para evitar accidentes de trabajo
  • 23

    PLINIO EL VIEJO ENFERMEDADES OCUPACIONALES:

    PLINIO EL VIEJO ENFERMEDADES OCUPACIONALES:
    Plinio el viejo en su enciclopedia de ciencias naturales describe un número de enfermedades ocupacionales, a las que clasifica como “enfermedad de los esclavos” al referirse a los trabajadores de la manufactura
  • 1453

    EDAD MODERNA:

    EDAD MODERNA:
    Aparecen nuevas ramas de la industria y nuevos factores contaminantes que afectan la salud de los trabajadores, pero también se caracteriza por la dignificación del trabajo
  • 1453

    REVOLUCIÓN INDUSTRIAL:

    REVOLUCIÓN INDUSTRIAL:
    Aparecieron nuevas ramas de la industria y se incorpora mayor cantidad de mano de obra y sistemas mecánicos lo que originó aumento en los peligros
  • ORGANISMOS INTERNACIONALES DE SEGURIDAD:

    ORGANISMOS INTERNACIONALES DE SEGURIDAD:
    Se inicia la creación de organismos internacionales que velan por la salud y la seguridad en el trabajo. OSHA (Occupational Safety and Health Administration)
    NFPA (National Fire Protection Association)
    Consejo Nacional de Seguridad

    Consejo Interamericano de Seguridad
  • RAFAEL URIBE:

    RAFAEL URIBE:
    Fue el general Rafael Uribe quien hablo en Colombia de Seguridad en el Trabajo, años más tarde en su carácter de senador, propuso un proyecto ley sobre accidentes de trabajo
  • 1919 OIT (ORGANIZACIÓN INTERNACIONAL DEL TRABAJO):

    1919 OIT (ORGANIZACIÓN INTERNACIONAL DEL TRABAJO):
    El objetivo de la OIT es responder a las necesidades de los hombres y mujeres trabajadores al reunir a gobiernos, empleadores y trabajadores para establecer normas del trabajo, desarrollar políticas y concebir programas.
    Fue creada en 1919, como parte del Tratado de Versalles que terminó con la Primera Guerra Mundial, y reflejó la convicción de que la justicia social es esencial para alcanzar una paz universal y permanente.
  • LEY 100 SISTEMA DE SEGURIDAD SOCIAL INTEGRAL:

    LEY 100 SISTEMA DE SEGURIDAD SOCIAL INTEGRAL:
    En 1993 se expide la Ley 100 de 1993, que organiza de una forma integral la Seguridad Social en Colombia, conformada por un sistema general de pensiones, un sistema general de Seguridad Social en salud, un sistema de riesgos laborales y los servicios sociales complementarios
  • SOCIEDAD COLOMBIANA DE MEDICINA DE TRABAJO:

    SOCIEDAD COLOMBIANA DE MEDICINA DE TRABAJO:
    Contribuye a la creación de las normas específicas relacionadas con la detección precoz de enfermedades laborales, prevención de accidentes de trabajo y la calificación de la pérdida de capacidad laboral, entre otras; además, ha sido pionera en la organización de eventos científicos sobre Salud Ocupacional y Medicina del Trabajo.
  • CST (CÓDIGO SUSTANTIVO DEL TRABAJO):

    CST (CÓDIGO SUSTANTIVO DEL TRABAJO):
    Se establecen múltiples normas relativas a la Salud Ocupacional como la jornada de trabajo, el descanso obligatorio las prestaciones por accidente de trabajo y enfermedad profesional y la higiene y seguridad en el trabajo, en su mayoría aplicables hoy en día
  • CONALPRA (COMITÉ NACIONAL DE PREVENCIÓN DE ACCIDENTES):

    CONALPRA (COMITÉ NACIONAL DE PREVENCIÓN DE ACCIDENTES):
    Que en 1958 cambió su nombre por el consejo colombiano de seguridad (CCS); el empresariado colombiano comenzó a hablar de manera conciente de la seguridad industrial, en especial sobre las formas en cómo prevenir los accidentes laborales, dejando, un tanto rezagadas, las enfermedades ocupacionales y sus consecuencias
  • DECRETO 0770, MEDICINA FAMILIAR:

    DECRETO 0770, MEDICINA FAMILIAR:
    Actualmente con la presente normatividad de seguridad y salud en el trabajo se constituyeron los subprogramas de medicina preventiva y del trabajo, higiene industrial, seguridad industrial y salud ocupacional
  • RESOLUCIÓN 1295: ADMINISTRACIÓN DE RIESGOS PROFESIONALES:

    RESOLUCIÓN 1295: ADMINISTRACIÓN DE RIESGOS PROFESIONALES:
    El Sistema General de Riesgos Profesionales es el conjunto de entidades públicas y privadas, normas y procedimientos, destinados a prevenir, proteger y atender a los trabajadores de los efectos de las enfermedades y los accidentes que puedan ocurrirles con ocasión o como consecuencia del trabajo que desarrollan
  • LEY 1010, ACOSO LABORAL:

    LEY 1010, ACOSO LABORAL:
    Objetivo: definir, prevenir, corregir y sancionar las diversas formas de agresión, maltrato, vejámenes, trato desconsiderado y ofensivo y en general todo ultraje a la dignidad humana que se ejercen sobre quienes realizan sus actividades en el contexto de una relación laboral privada o pública
  • RESOLUCIÓN 1401 ACCIDENTES DE TRABAJO:

    RESOLUCIÓN 1401 ACCIDENTES DE TRABAJO:
    Establecer obligaciones y requisitos mínimos para realizar la investigación de incidentes y accidentes de trabajo, con el fin de identificar las causas, hechos y situaciones que los han generado, e implementar las medidas correctivas encaminadas a eliminar o minimizar condiciones de riesgo y evitar su recurrencia
  • LEY 1562 MODIFICACIÓN DEL SISTEMA DE RIESGOS LABORAL:

    LEY 1562 MODIFICACIÓN DEL SISTEMA DE RIESGOS LABORAL:
    "Por la cual se modifica el sistema de riesgos laborales y se dictan otras disposiciones en materia de salud ocupacional".
    ampliación de las definiciones de accidente de trabajo y enfermedad laboral. Además, se aborda la temática sobre la variación en la denominación Programa de Salud Ocupacional, el cual pasa a ser definido como "Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo"; esto trae consigo una dinámica totalmente diferente
  • DECRETO 1072:

    DECRETO 1072:
    Por el cual se expide el Decreto único reglamentario del Sector Trabajo.
    Se establecen las disposiciones generales del Sistema de Riesgos Generales.
  • RESOLUCIÓN 1111:

    RESOLUCIÓN 1111:
    Se reglamenta los Estándares Mínimos del Sistema de Gestión en Seguridad y Salud en el Trabajo (SG-SST) en el marco del Sistema Obligatorio de Garantía de Calidad del Sistema General de Riesgos Laborales para los empleadores y contratantes