EVOLUCIÓN DEL DERECHO PROCESAL MERCANTIL EN MÉXICO

  • ORDENANZAS DE BILBAO

    ORDENANZAS DE BILBAO
    AL CONSUMARSE LA INDEPENDENCIA SE MANTUVIERON VIGENTES ESTAS ORDENANZAS. ESTO A PESAR DE QUE HABÍA OTRAS LEYES MÁS ADECUADAS COMO, POR EJEMPLO, EL CÓDIGO DE COMERCIO ESPAÑOL DE 1829.
  • DECRETO DE SANTA ANNA

    DECRETO DE SANTA ANNA
    ANTONIO LÓPEZ DE SANTA ANNA FIRMÓ EL DECRETO QUE TRATABA SOBRE LA ORGANIZACIÓN DE LAS JUNTAS DE FOMENTO Y TRIBUNALES MERCANTILES.
  • CÓDIGO LARES

    CÓDIGO LARES
    SE CREO EL PRIMER CÓDIGO DE COMERCIO DE NUESTRO PAÍS. ATRIBUIDO AL MINISTRO DE JUSTICIA TEODOSIO LARES. ERA UN ORDENAMIENTO JURÍDICO SOBRE EL COMERCIO. EN SU LIBRO V ABORDABA EL TEMA DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA EN LOS NEGOCIOS DE COMERCIO.
  • ORDENANZAS DE BILBAO

    ORDENANZAS DE BILBAO
    RETOMAN VIGENCIA DE NUEVO LAS ORDENANZAS DE BILBAO. ES PERTINENTE HACER LA OBSERVACIÓN DE QUE ESTUVIERON VIGENTES DURANTE GRAN PARTE DEL SIGLO XIX.
  • NUEVO CÓDIGO DE COMERCIO DE 1884

    NUEVO CÓDIGO DE COMERCIO DE 1884
    ESTE CÓDIGO EN SU CAPÍTULO VI TRATA SOBRE LOS JUICIOS MERCANTILES. AUNQUE ES NECESARIO ACLARAR QUE EN REALIDAD SOLO ABORDABA DE MANERA COMPLETA EL TEMA DE LA QUIEBRA.
  • CÓDIGO DE COMERCIO VIGENTE

    CÓDIGO DE COMERCIO VIGENTE
    DURANTE EL GOBIERNO DE PORFIRIO DÍAZ ES QUE SE EXPIDE EL ACTUAL CÓDIGO DE COMERCIO. POR LO TANTO LLEVA MAS DE UN SIGLO DE VIGENCIA. EN EL LIBRO V SE REGULAN LOS JUICIOS MERCANTILES.
  • REFORMA DE 1989

    REFORMA DE 1989
    TUVO QUE PASAR CASI UN SIGLO PARA HACER UNA GRAN REFORMA AL CÓDIGO DE 1889. ESTAS MODIFICACIONES SE REALIZARON SOBRE TODO PARA EVITAR QUE SIGUIERA EXISTIENDO EL CONFLICTO ENTRE LEYES (FEDERALES Y ESTATALES) EN EL ÁMBITO MERCANTIL. ADEMÁS HUBO CAMBIOS TAMBIÉN EN ASPECTOS DEL ARBITRAJE Y DE COOPERACIÓN PROCESAL INTERNACIONAL. ESTO ÚLTIMO PORQUE HAY QUE RECORDAR QUE EN ESA ÉPOCA INICIABA EL LIBRE COMERCIO, LA APERTURA COMERCIAL O GLOBALIZACIÓN.
  • REFORMA DE 1996

    REFORMA DE 1996
    AQUÍ A LOS ACTOS PROCESALES SE LES TRATÓ DE REGULAR MÁS DETALLADAMENTE, “REDUCIÉNDOSE EL MARGEN DE SUPLETORIEDAD QUE HASTA ESE MOMENTO SEGUÍA EN MANOS DE LOS CÓDIGOS PROCESALES DE CADA UNA DE LAS ENTIDADES DE LA FEDERACIÓN” (LECTURA 1, DERECHO PROCESAL MERCANTIL. BUAP-BLACKBOARD).
  • REFORMA DE 2003

    REFORMA DE 2003
    SE CAMBIA EL RÉGIMEN DE SUPLETORIEDAD DE " LOS CÓDIGOS PROCESALES CIVILES LOCALES AL CÓDIGO FEDERAL DE PROCEDIMIENTOS CIVILES" (LECTURA 1, DERECHO PROCESAL MERCANTIL. BUAP-BLACKBOARD).
  • REFORMA DE 2008

    REFORMA DE 2008
    POR SEGUIR EXISTIENDO FALLAS EN LA LEGISLACIÓN QUE ESTAMOS ABORDANDO ES QUE DE NUEVO SE HACE UNA REFORMA, EN LA QUE SE ELABORÓ EL DECRETO QUE " REFORMÓ, ENTRE OTROS, EL ARTÍCULO 1054 DEL CÓDIGO DE COMERCIO, INCLUYENDO NUEVAMENTE A “LA LEY DEPROCEDIMIENTOS LOCAL RESPECTIVA” COMO SUPLETORIA, DESPUÉS DE APLICAR EL CÓDIGO FEDERAL DE PROCEDIMIENTOS CIVILES". (LECTURA 1, DERECHO PROCESAL MERCANTIL. BUAP-BLACKBOARD).
  • ÚLTIMOS AÑOS

    ÚLTIMOS AÑOS
    ES NECESARIO PRECISAR QUE HA HABIDO EN LOS ÚLTIMOS AÑOS MÁS CAMBIOS EN LAS LEYES MERCANTILES. ESTO DEBIDO A, SOBRE TODO, EL IMPACTO DE LAS NUEVAS TECNOLOGÍAS Y FORMAS DE HACER EL COMERCIO. HOY EN ESTE AÑO DE 2019 HAY VOCES EN LA SOCIEDAD Y EN EL GOBIERNO QUE DICEN QUE ES HORA DE LEGISLAR, POR EJEMPLO, SOBRE LAS APLICACIONES COMO UBER, AIRBNB, ETC. SEGURAMENTE NOS ESPERA UN BUEN DEBATE.