Evolución de la Seguridad y Salud en el trabajo

  • General Rafael Uribe

    En 1904, el general Rafael Uribe Uribe fue el primero en plantear una política orientada hacia la seguridad de los trabajadores donde manifestó: "Creemos en la obligación de asistencia a los ansiados caídos en la miseria que ya no tienen fuerzas para trabajar.
  • 1910

    En 1910 el general Uribe Uribe pide indemnización para los trabajadores víctimas de accidentes de trabajo, preguntando: ¿por qué a los soldados se les pagaban licencias por heridas y a un trabajador que pierde su capacidad laboral no?
  • 1915

    En 1915 el Congreso aprobó la Ley 57 que obligó a las empresas de alumbrado y acueducto público, ferrocarriles, tranvías, fábricas de licores y fósforos, empresas de construcción y albañilería con no menos de 15 obreros, minas, canteras, navegación por embarcaciones mayores, obras públicas nacionales y empresas industriales servidas por máquinas con fuerza mecánica; a otorgar asistencia médica y farmacéutica y a pagar indemnizaciones en caso de incapacidad o muerte.
  • 1934

    En 1934 se creó en Bogotá la oficina de Medicina Laboral que tenía como objetivo el diagnóstico de los accidentes de trabajo y enfermedades profesionales para poder así indemnizar a los empleados. Esta oficina organizó una red en las principales capitales del país conocida como Oficina Nacional de Medicina e higiene industrial adscrita al Ministerio del Trabajo.
  • 1935

    En 1935 se establece la legislación laboral en dónde se habla de los riesgos del trabajo. Y en julio primero de 1936 empezó a regir la ley.
  • 1938

    En 1938 mediante la Ley 53 se otorgó protección a la mujer embarazada, dándole derecho a 8 semanas de licencia remunerada en la época del parto.
  • Instituto de Seguro Social

    El 21 de julio de 1945 en la administración de Alfonso López Pumarejo se presentó ante el Congreso la ley 90 de 1946 creadora del Instituto de Seguro Social.
  • La Sociedad Colombiana de Medicina del Trabajo

    Fue fundada en 1946 y ha desarrollado permanente labor importante de promoción de la medicina del trabajo. Es una de las asociaciones médicas científicas activas más antiguas del país y la primera y más antigua en el campo de la Salud Ocupacional.
  • 1950

    En 1950 se utiliza la primera tabla de enfermedades profesionales y se categoriza las incapacidades temporales, permanentes, parciales, permanentes totales y gran invalidez. Además de las indemnizaciones por enfermedad laboral.
  • Divisón de Salud Ocupacional

    En 1961, el Ministerio de Trabajo formó la División de Salud Ocupacional que se encargó de la prevención y control de los accidentes de trabajo y enfermedades profesionales.
  • 1961

    El ministerio de trabajoformó la división de seguridad y salud en trabajo; INPES.
  • Reosolución 2400 de 1979

    El nacimiento del Comité Nacional de Prevención de Accidentes (CONALPRA), hoy conocido como el Consejo Colombiano de Seguridad (CCS), respondió a la inexistencia de una organización que promoviera y brindara conocimiento sobre esta materia.
  • Ley 9 de 1979

    Nace el término “salud ocupacional” y se dictan las medidas sanitarias en las empresas.
    Por la cual se establecen algunas disposiciones sobre vivienda, higiene y seguridad en los establecimientos de trabajo; dar cumplimiento a lo establecido en la presente resolución y demás normas legales en medicina, higiene y seguridad industrial. Proveer y mantener el medio ambiente ocupacional en adecuadas condiciones de higiene y seguridad, de acuerdo a las normas establecidas en la presente Resolución.
  • Directiva 90/270CEE del concejo, 29 de mayo de 1990

    Tuvo como objeto orientar las acciones y programas de las instituciones y entidades públicas y privadas, así como el aumento de la productividad y el establecimiento de un plan para evitar la colisión de competencias. Por la cual se reglamenta la organización y funcionamiento de los comités de Medicina, Higiene y Seguridad Industrial en los lugares de trabajo.
  • Resolución 90708 (Abril 30 de 2013)

    Se delega y reglamenta la expedición de licencias de Salud Ocupacional para personas naturales y jurídicas, su Vigilancia y Control por las Direcciones Seccionales y Locales de Salud y se adopta el Manual de Procedimientos Técnico Administrativos para la expedición de estas Licencias.
  • Decreto 2280 (septiembre 16 de 2019)

    Se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Trabajo. Son objetivos del Ministerio del Trabajo la formulación y adopción de las políticas, planes generales, programas y proyectos para el trabajo, el respeto por los derechos fundamentales, las garantías de los trabajadores, el fortalecimiento, promoción y protección de las actividades de la economía solidaria y el trabajo decente.