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450 BCE
Ley de Talión
Articuló cierto régimen de resarcimiento que consistía en hacer sufrir al culpable el mismo mal que él había ocasionado a la víctima. Algunas veces, se trataba de un pena equivalente o análoga; en otras ocasiones, era una sanción idéntica al daño. -
450 BCE
Ley de las XVII tablas
Incluyó preceptos que recogían aún la idea del Talión, es decir, el de la venganza limitada; pero algunos de sus mandatos dejaron la puerta abierta a la composición voluntaria, aunque a modo de obligación subsidiaria. -
300 BCE
Lex Aquilia
Dicho conjunto de estatutos romanos derogó y sustituyó todas las leyes anteriores que tipificaban el daño ilegal a los bienes patrimoniales. El daño reglamentado por la Lex Aquilia exigía que la conducta a penalizar fuera una acción de obrar; debía hacer o ejecutar algo. No surtía efectos cuando se trataba sólo de una omisión. -
Código Civil Francés
Regula la responsabilidad civil de manera dual. Una fundada en el hecho ilícito, y en la noción de culpa, y otra en el incumplimiento de las obligaciones contractuales -
Código Civil Mexicano
Se basa en el Código Civil Francés de 1804 -
Código Civil de 1928
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Códigos Civiles del año 2000
Mantuvieron esta tendencia dualista, del Código Francés de 1804, ya que estaban basados en los Códigos Civiles Mexicanos de 1870 y 1928