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En un principio hubo 4 calpullis y luego se alcanzo el número de 20 hacia la época de la conquista. Calpulli o casa grande, grupo socio-económico de familiares, amigos y aliados que integran un clan. se regían por un consejo de ancianos que precedían un calpulleque o jefe de barrio, también llamado teachcauh o pariente mayor. Se entiende que el consejo de ancianos o tatas daban esta designación que recaía en personas de respeto y de edad.
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El objeto de esta fundación fue establecer un ayuntamiento, mismo que le daría un titulo legal para su empresa de conquista sobre el pueblo azteca. De acuerdo con el derecho de la época, una comunidad asentada en "poblazón" podía nombrar a sus miembros de su ayuntamiento.
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El Rey Azteca era llamado Tlatoqui o Tlatoani, es decir el orador, también se les designaba hueytlatoani o tecpalcantecuitli por su buen hablar. Estos reyes de México Texcoco y Tacuba, formaban una tripe alianza nombrados por elección indirecta.
El pueblo de cada una de estas ciudades nombraba, para elegir a estos reyes, cuatro electores de entre las personas mas nobles, y en el voto de ellos se comprometían todos los votos de la nación. -
En 1808 se formo esta junta, misma que fue reconocida en la Nueva España por el Virrey Pedro de Garibay, quien había sustituido al depuesto José de Iturrigaray cuya caída se debió por el apoyo que prestaba a la conspiración del ayuntamiento de la ciudad de México encabezada por Francisco Primo de Verdad y Ramos, conspiración de criollos que pretendía lograr la independencia del país basándose en el principio de la soberanía popular, por la ausencia en el trono del legítimo Monarca Fernando VII.
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En 1809 esta junta lanzó un decreto, reconociendo que la indias formaban parte integrante de la monarquía española y por lo mismo deberían de tener su representación inmediata para constituirse como integrantes de la Junta Central Gubernativa. Así, debería ser nombrado un diputado por cada Virreynato,
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El nuevo Virrey arzobispo Francisco Javier de Lizana y Beaumont y la Real Audiencia de México sortearon, entre los candidatos designados por el ayuntamientos de la Nueva España, al que sería representante de este reino, resultando vencedor Don Miguel de Lardizábal y Uribe, originario de Tlaxcala, miembro del consejo de Castilla. quien radicaba en España desde su niñez y era partidario del grupo absolutista peninsular a favor de Fernando VII.
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Este consejo estaba formado por cinco personas. El 7 de mayo de 1810, el Virrey de México y las demás autoridades locales juraron fidelidad al Consejo de Regencia y publicaron un decreto dado por ese organismo para elegir diputados a las Cortes extraordinarias del reino, el documento estaba fechado el 14 de febrero del mismo año, lo redacto el poeta Manuel José Quintana y fue publicado en la gaceta de México el 16 de mayo, provocando el jubilo popular.
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Las elecciones se efectuaron durante el interinato de la Real Audiencia de México, que entro a gobernar a partir del 8 de mayo de 1810.Las cortes abrieron el 24 de septiembre del mismo año en la isla de León. Alternativamente cinco mexicanos fueron presidentes de las cortes.
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La Cortes declararon que la soberanía nacional residía en el congreso de los representantes de España. En febrero de 1811 se trasladaron las Cortes a Cádiz, en donde se incorporaron los diputados americanos.
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Primer texto constitucional vigente en nuestro Territorio Nacional previo a la consumación de la independencia, se contemplaba un sistema de elección indirecto para elegir a los integrantes de las cortes, así como un tipo de voto censitario, ademas de que solo los ciudadanos españoles podían ejerces esta prerrogativa.
Se estableció un sistema para configurar el poder legislativo, de manera indirecta y a tres niveles, se estableció un sistema de auto calificación de elecciones. -
En esta se reconocen los tres poderes, el Legislativo quedo integrado por la Cámara de Diputados y la de Senadores, y el Ejecutivo por un presidente acompañado para efectos de sustitución por un Vicepresidente. La Cámara de Diputados se renovaría cada dos años en su totalidad, y la de Senadores cada dos años por la mitad, la presidencia seria de cuatro años. Resalta la forma en que se elegía al Vicepresidente de la República.
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Los representantes a elegir serían: los electores primarios, para que eligieran a los electores secundarios y los electores secundarios para que eligieran a los Diputados, y a los vocales a la asamblea departamental, la organización electoral es por medio de juntas primarias, juntas secundarias y colegios electorales. El colegio electoral está constituido por Diputados del Congreso, uno por cada 70 mil habitantes, y por vocales a la asamblea de cada departamento.
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Con fundamento en su artículo 18 establece que las elecciones para los tres poderes se arreglarán por medio de las leyes generales. Se podía adoptar la elección directa y en las elecciones indirectas no podrá ser nombrado elector primario ni secundario.
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Se plasmo en su documento de 1857, lograr elecciones más democráticas. Uno de sus principales aportes fue establecer una relación más cercana entre el electorado y sus representantes.
La elección primaria sería universal, pero continuaba la elección indirecta. El voto sería público y con mayoría relativa; las elecciones secundarías serían secretas y de mayoría absoluta. La elección del presidente podría quedar en manos de la Cámara de Diputados si no se cumpliera la mayoría absoluta. -
Cansados del porfiriato, en 1909 surgió el Club Central Anti Reeleccionista “Sufragio Efectivo, No-Reelección”; y para el siguiente año se llevó acabo la jornada electoral, en donde se designó a Francisco I. Madero y José María Pino Suárez como presidente y vicepresidente; se reconoció la personalidad jurídica de los partidos políticos; emisión del sufragio secreto; y en 1916 se consideró la importancia de firmar las boletas electorales por parte del ciudadano cuando emitiera su voto.
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Fue promulgada en 1914, diseñada por José Ma. Morelos y Pavón, la obra mas importante del congreso fue el Decreto constitucional para la libertad de la América Mexicana. En materia de elecciones establece un poder ejecutivo integrado por tres personas, se reconoce el sufragio universal, un sistema de elección indirecta por los ciudadanos para elegir los diputados del supremo congreso.
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Para 1917, surgió una nueva constitución, y en la cual la Junta Empadronada, las Computadoras Locales y los Colegios Electorales tendrían bajo su responsabilidad la de organizar y también la de calificar los procesos electorales en México, para elegir al Presidente de la República y los miembros del Congreso de la Unión. Lo que destaca en la nueva constitución es el sistema electoral directo, pero tenía un fuerte impedimento al otorgárselo solo a los varones.
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Una vez instaurado el nuevo régimen Constitucional. Carranza promulgo dos leyes de carácter electoral. La Primera, el 6 de febrero de 1917 en la cual se establecieron las reglas para la organización de las elecciones.
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Su rasgo definitivo fue la definición en la confirmación de los padrones y las juntas computadoras de los estados.
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Se preveía una forma de Estado Centralista. Estas leyes fueron de tendencia conservadora y proponían para la elección de senadores, que la Cámara de Diputados, la Junta de Ministros y la Suprema Corte de Justicia enviaran por separado una lista de senadores a las juntas departamentales, mismas que las votaban y reenviaban a la Cámara de Diputados el acta correspondiente para hacer el cómputo y declaratoria.
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Con esta ley, se elimina las facultades que poseían los Estados y municipios relativo en materia electoral.
Manuel Ávila Camacho promulga la Ley Federal Electoral y crea la Comisión Federal de Vigilancia Electoral, conformada por el Secretario de Gobernación y otro miembro del gabinete, un diputado, un senador y dos representantes de los partidos políticos con mayor relevancia. De igual forma, la Ley ordena la creación de comisiones electorales locales y el Consejo del Padrón Electoral. -
El Congreso de la Unión aprueba reformar la Ley Federal Electoral para que la Comisión Federal de Vigilancia Electoral pueda arbitrar el registro de nuevos partidos políticos y emitir constancias de mayoría. para 1854 se lleva a cabo una nueva reforma y se logra contar con un Registro Nacional de Electores. En el tema, de los derechos políticos, a la mujer se le reconoce el derecho al voto.
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La primera modificación constitucional de gran calado de apertura política se da en 1963. Desaparece la Comisión Federal de Vigilancia Electoral y, en su lugar, el Congreso de la Unión aprueba la creación de la Comisión Federal Electoral. En este órgano participan con voz y voto, los representantes de todos los partidos políticos con registro legal.
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Por las crisis generadas a finales de los 60s, el gobierno mexicano se vio obligado a establecer la figura de la representación proporcional para tranquilizar voces; de esta forma las minorías comenzaba a adentrarse en el poder público, de esta forma nace el sistema mixto de elección. Surge la LOPPE, se reconoce a los partido como entidades de interés público.
En los años 80, se aumenta el número de diputados a 500 y en la Comisión Federal Electoral se introduce la representación proporcional. -
El Congreso de la Unión realizó una reforma Constitucional para introducir el criterio de representación proporcional en la integración de la Comisión Federal Electoral.
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La reforma electoral de 1990 dio origen al Instituto Federal Electoral. Bajo su tutela estaría la organización y la dirección de los procesos electorales hasta el año 2014. Otro órgano que nace con la reforma electoral de 1990 es el Tribunal Federal Electoral. Entre otros de los aspectos importantes de la reforma político electoral de 1990 fue la considerar la de primera minoría en el Senado.
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Por esta reforma, el Poder Legislativo de la Unión otorgó al IFE las atribuciones:
Declarar la validez de las elecciones de diputados y senadores,
Expedir constancias de mayoría para los ganadores de estos cargos y Establecer topes a los gastos de campaña.
El Congreso de la Unión también otorgó al Consejo General del IFE la facultad de designar al Secretario General y a los Directores Ejecutivos por voto de las dos terceras partes de sus miembros y a propuesta del Consejero Presidente. -
Con la reforma electoral aprobada ese año se instituyó la figura de "Consejeros Ciudadanos", personalidades propuestas por las fracciones partidarias en la Cámara de Diputados y electos por el voto de las dos terceras partes de sus miembros sin considerar la profesión o título que poseyeran. Por su parte, los partidos políticos conservaron un representante con voz, pero sin voto en las decisiones del Consejo General.
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En 1996 una vez más se llevan a cabo una reforma electoral al artículo 41 de la carta magna, y surge el nuevo Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales. Entre los aspectos más relevantes logrados con esta reforma fue la de separar al poder ejecutivo del IFE para dotarlo de autonomía e independencia.
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El Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales aprobado en ese año por el Congreso de la Unión otorgó al IFE 53 atribuciones. Entre lo mas relevante de la reforma electoral del 2007 destacan fortalecer la confianza de la ciudadanía, regularización de la propaganda, en radio y televisión, prohibición para los partidos políticos de contratar propaganda, se estableció el recuento de votos en la totalidad de las casillas cuando la diferencia sea igual o menor a un punto porcentual.
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Con la reforma electoral de 2014, se dieron nuevos escenarios; y entre los aspectos importantes de la reforma es que permite un gobierno de coalición; la posibilidad de reelección tanto para diputados locales y federales, senadores y miembros de los ayuntamientos; garantiza la paridad de género en los partidos políticos; un porcentaje de 2 a 3 por ciento para que mantengan su registro; el surgimiento de candidatos independientes; y también la desaparición del IFE y en su lugar aparece el INE.