• 1520

    1520-1530

    1520-1530
    El rey de España envía un Auditor para proteger los intereses de la colonia, encontrándose en su examen inicial en déficit en contra de los interés de Cortes.
  • INGLATERRA

    INGLATERRA
    En Inglaterra surge el dictamen , al establecerse que un contador que trabajara en forma independiente, debía examinar y certificar los registros contables de las empresas por acciones que hubieran constituido bajo el esquema de responsabilidad limitada
  • El presidente López de Santa Anna

    El presidente López de Santa Anna
    Volvió a crearse la escuela de comercio incluyendo en sus programas la asignatura de auditoría.
  • Se amplió el requisito de dictamen

    Se amplió el requisito de dictamen
    A todo tipo de empresas
  • La revista “The Accountant”

    La revista “The Accountant”
    Se publicó en la revista “The Accountant”, un certificado donde ya era considerada la opinión que el Auditor emitía sobre lo que había revisado.
  • Inglaterra

    Inglaterra
    Se publicó en Inglaterra un nuevo certificado con las modificaciones para cubrir las necesidades del Auditor y así poder dar una opinión sobre lo revisado por él .
  • Inglaterra

    Inglaterra
    En Inglaterra se incorpora como requisito legal dictaminar.
  • Estados Unidos de Norteamérica

    Estados Unidos de Norteamérica
    Aparece por primera vez en EU un certificado sobre los estados financieros emitidos por los auditores y estos a su vez opinaban sobre la situación verdadera de la empresa
  • 1900-1929

    1900-1929
    En EU el trabajo de la Auditoría se consideraba el Estado de Resultados conjuntamente con el Balance General son dictaminados por contadores públicos independientes. En Reino Unido se dictaminó con el principal objetivo de la auditoría era el descubrimiento de los fraudes.
  • 1905-1906

    1905-1906
    Se instalaron en México los primeros despachos extranjeros de Contadores Públicos, debido a la influencia de estos, se impartieron cátedra de Auditoría en la Escuela Superior de Comercio y Administración
  • En México se obtiene el título de contador de comercio

    En México se obtiene el título de contador de comercio
    En México se obtiene el título de contador de comercio el sr. Fernando Díaz Barroso, aunque propiamente no se efectuaron revisiones en ese año, se dice que al existir un contador existe la posibilidad de efectuar el examen correspondiente a las operaciones financieras.
  • En México aparece formalmente las primeras revisiones

    En México aparece formalmente las primeras revisiones
    En México aparece formalmente las primeras revisiones, firmando los resultados los despacho del vecino país del norte, además, se establece el Instituto de Contadores Públicos titulados de México.
  • 1929-1935

    1929-1935
    Cambio la determinación del Auditor , en la que su principal objetivo era el descubrir fraudes con ayuda de la razonabilidad con el Balance y Estado de Resultados presentaran las situación financiera adecuada y los resultados de operación, además que se adiciono un nuevo trabajo al auditor que era la preparación de las declaraciones correspondientes y la presentación de los ingresos gravables
  • la Bolsa de Valores de Nueva York y el instituto Americano de Contadores Públicos

    la Bolsa de Valores de Nueva York y el instituto Americano de Contadores Públicos
    la Bolsa de Valores de Nueva York y el instituto Americano de Contadores Públicos hacen una declaración, en la que consiste que el documento que preparaba el Auditor no era una certificación sobre la revisión de los estados financieros, sino un “Dictamen”
  • “La Certificación de Balances para fines de inscripción y cotización de valores”

    “La Certificación de Balances para fines de inscripción y cotización de valores”
    Se le formalidad a los titulados de México del Instituto de Contadores Públicos , en el que emiten su primer boletín titulado “La Certificación de Balances para fines de inscripción y cotización de valores”
  • “Codification of Statement in Auditory Procedure”

    “Codification of Statement in Auditory Procedure”
    Aparece en EU la revista “Codification of Statement in Auditory Procedure” el cual recomienda a sus miembros el uso de una forma estándar del dictamen de acuerdo a 23 boletines sobre los procedimientos de auditoria
  • Dirección General de Auditoría Fiscal Federal

    Dirección General de Auditoría Fiscal Federal
    Se publicó en el DOF el Decreto Presidencial de la creación de la Dirección General de Auditoría Fiscal Federal, en el que establecía en su artículo 7° la obligación de los contribuyentes a dictaminar sus estados financieros.
  • Se expide el oficio número 102-1139 en el DOF

    Se expide el oficio número 102-1139 en el DOF
    En el que señala que el contribuyente que hubiere sido dictaminado por un Contador Público ya no sería revisado por la Dirección de Auditoría Fiscal Federal, en materia del ISR, en los ejercicios dictaminados.
  • Entra en vigor el nuevo CFF

    Publicado en el DOF el 19/01/1967, en el que establece en su artículo 85° los lineamientos sobre el dictamen fiscal, en consecuencia se deroga el decreto del 30/04/1959.
  • Se emite el Reglamento del Funcionamiento de la Dirección General de Auditoría Fiscal Federal.

  • Reglamento del artículo 85° del CFF

    Reglamento del artículo 85° del CFF
    Se publica en el DOF el Reglamento del artículo 85° del CFF en el que contiene las disposiciones aplicables al dictamen fiscal.
  • Se publica las reformas al CFF en el DOF

    Se publica las reformas al CFF en el DOF
    En el que se incorpora el artículo 32-A, el cual establece la obligación de dictaminar a cierto tipo de personas, físicas o morales, para fines fiscales de sus estados financieros, cuando terminen sus ejercicios fiscales a partir de 31/12 del mismo año.
  • Artículo 32-A del CFF

    Artículo 32-A del CFF
    Entro en vigor las disposiciones del artículo 32-A del CFF que establece la obligatoriedad de dictaminar fiscalmente sus estados financieros, a los contribuyentes que se ubiquen en alguno de los supuestos previstos en dicho artículo
  • Se emitio un decreto que autorizaba la presentación del dictamen fiscal en dispositivo magnético

    Se emitio un decreto que autorizaba la presentación del dictamen fiscal en dispositivo magnético
  • la opción de presentar el dictamen en dispositivo magnético se vuelve obligatorio

    la opción de presentar el dictamen en dispositivo magnético se vuelve obligatorio
  • 1992-2000

    1992-2000
    La presentación del dictamen se hizo en forma manual, mediante la entrega de un disquete y un cuadernillo impreso, con la opinión fiscal del contribuyente firmada por el Contador Público Registrado (CPR).
  • Disco magnético flexible

    Disco magnético flexible
    Se publicaron las reglas generales de integración y presentación en " Disco magnético flexible" de la información de los dictámenes fiscales
  • boletín 4010 “Dictamen del Auditor”

    boletín 4010 “Dictamen del Auditor”
    en la revista “Contaduría Pública” se publico el boletín 4010 “Dictamen del Auditor”, el cual fue aprobado para su promulgación por el comité Ejecutivo Nacional del Instituto Mexicano de Contadores Públicos, A.C.
  • reformas fiscales

    Se dieron a conocer en el DOF diversas reformas fiscales relacionadas con el dictamen fiscal en las que exponían el dictamen relativo a los estados financieros, discos magnéticos y los documentos a presentar dentro de los siete meses a la terminación del ejercicio fiscal de que se trate.
  • Entran en vigor el boletín 4010 “ Dictamen del Auditor”

    Entran en vigor el boletín 4010 “ Dictamen del Auditor”
  • Se publica en el DOF las disposiciones sobre el dictamen fiscal

    Se publica en el DOF las disposiciones sobre el dictamen fiscal
    en el que se destaca el hecho de presentar un disquete del dictamen del ejercicio 1990 , en vez presentarlo en forma impresa.
  • Se modifica la RMF en la regla 2.11.1

    Se modifica la RMF en la regla 2.11.1
    se anexó la disposición para presentar el dictamen fiscal del ejercicio 2000 por medio de internet de forma obligatoria.
  • Se modifica el artículo 52°,fracción , inciso a) del CFF

    Se modifica el artículo 52°,fracción , inciso a) del CFF
    que incorpora el requisito para el contador público tener registro ante la AGAFF , para obtener ello debe estar certificado ante un colegio u organismo profesional ante la SEP, y se le brindará dos años a quienes no cumplan la obligación de estar certificados.
  • Sistema de Presentación del Dictamen Fiscal

    Sistema de Presentación del Dictamen Fiscal
    El SAT dio a conocer a través de su portal de Internet, el Sistema de Presentación del Dictamen Fiscal (SIPRED 2009). En ese sentido, es importante mencionar que la entrega del dictamen fiscal vía Internet representa un avance en la modernización del país, pues hace más amigable el cumplir con esta obligación en forma más sencilla y oportuna, aun y cuando éste presenta algunos problemas.
  • Se publica en el DOF el Decreto de facilidades administrativas

    Se publica en el DOF el Decreto de facilidades administrativas
    y en su artículo tercero, en simetría con el segundo transitorio del Decreto permite a los contribuyentes obligados al dictamen fiscal presentar por el ejercicio 2010 un informe que se denomina “Información Alternativa al Dictamen”; por lo tanto, en los hechos el dictamen fiscal se vuelve optativo.
  • “Información Alternativa al Dictamen”

    “Información Alternativa al Dictamen”
    Se generó en México un software como SIPIAD que era para ejercer la opción de “Información Alternativa al Dictamen”
  • Decreto que compila beneficios fiscales publicado en el DOF.

    Decreto que compila beneficios fiscales publicado en el DOF.
  • DOF la modificación de la RMF

    DOF la modificación  de la RMF
    Se publica en el DOF la modificación de la RMF en el menciona que contendrá el dictamen del ejercicio 2012 , además que este deberá enviar a mas tardar el 3 de julio de 2013
  • Se modifica de nuevo la RMF en la regla 1.39.2

    Se modifica de nuevo la RMF en la regla 1.39.2
    que precisa sobre la obtención de autorización sobre el recibir donativos deducibles para el ISR, entre los requisitos se menciona el presentar el dictamen fiscal de estados financieros.
    También se modifica la regla II.2.11.13 en la que puntualiza la presentación de los impuestos diferidos para sociedades controladores correspondientes al ejercicio 2012
  • Se reforma el artículo 32-A del CFF,

    Se reforma el artículo 32-A del CFF,
    que expone que el dictamen fiscal de los estados financieros deja de ser obligatorio para todo tipo de contribuyentes, y solo lo podrán realizar la persona morales o físicas en el caso que se encuentren dentro de los preceptos legales que indiquen.
  • Se deroga el decreto del 30/03/2012

  • Se publicó la RMF 2014

    en donde expone las reglas inherentes a asuntos sobre dictamen fiscal, además, ante la derogación del dictamen se hizo necesario adicionar al Libro primero de la RMF un Capitulo, el I.2.19, para normar lo relacionado con el dictamen fiscal del ejercicio 2013
  • En el DOF se publicaron las reglas de facilidades administrativas

    En el DOF se publicaron las reglas de facilidades administrativas
    para contribuyentes del sector primario y de autotransporte para el ejercicio 2014, y en las reglas 2.7 (del Título 2) y 3.9 (del Título 3) se establece la obligación de dictaminar fiscalmente la enajenación de acciones emitida por empresas del autotransporte.
  • Se publica los montos de ingresos acumulabres y valores activos

    Se publica los montos de ingresos acumulabres y valores activos
    Se publica los montos de ingresos acumulabres ( $100 millones) y valores activos ( $79 millones) que debe tener el contribuyente en su ejercicio para opta por el dictamen fiscal en el Anexo 5 de la RMF
  • Se divulgan los formatos para dar aviso de enajenación de acciones y para la presentación de ese dictamen

    Se divulgan los formatos para dar aviso de enajenación de acciones y para la presentación de ese dictamen
  • Se enuncia un acuerdo

    en el que se delega las diversas atribuciones a Servidores Públicos de la Administración Tributaria y se delega al Coordinador de Operación de la Fiscalización Nacional la facultad de “Otorgar, modificar, renovar, suspender o cancelar la inscripción en el registro de los contadores públicos para formular dictámenes”.
  • Anexo 1-A

    Anexo 1-A
    se publica el Anexo 1-A que se refiere a los “trámites fiscales de diversa índole, los cuales se denominan fichas y se identifican con las reglas de la ley respectiva, y como parte de éstos se encuentran los relacionados con asuntos de dictámenes fiscales.
  • Anexo 21

    Anexo 21
    Se promulga el Anexo 21 de la RMF en el DOF, que contiene los instructivos y formatos guía para la presentación de información alternativa al dictamen fiscal aplicable a empresas en general, personas físicas con actividad empresarial, y las dedicadas al sector primario y del autotransporte, así como para las personas morales que tributen en el régimen simplificado, para el ejercicio 2013.
  • Anexo 16

    Anexo 16
    se publica el Anexo 16 de la RMF 2014, y se refiere a los instructivos y formatos guía y sus cuestionarios fiscales que deben utilizar las empresas en general, personas físicas con actividad empresarial, las donatarias, las sociedades de régimen simplificado, las personas físicas del sector primario, así como las dedicadas al autotransporte, para el ejercicio 2013.
  • Anexo 21-A

    Anexo 21-A
    se publica el Anexo 21-A de la RMF 2014 que contiene los instructivos y formatos guía para presentar la información alternativa al dictamen fiscal aplicable a los contribuyentes del sector financiero, asegurador y afianzador, y en general a los intermediarios financieros no bancarios, así como para controladoras de grupos financieros, para el ejercicio 2013
  • Anexo 16-A

    se publica en DOF el Anexo 16-A de la RMF 2014 que contiene los instructivos y formatos guía aplicables a los contribuyentes del sector financiero, asegurador y afianzador, en general a intermediarios financieros no bancarios, controladoras y controladas, para presentar el dictamen fiscal del ejercicio 2013.
  • Se publica un nuevo reglamento del CFF

    Se publica un nuevo reglamento del CFF
    , que contiene el Capitulo II denominado De los Dictámenes del Contador Publico Inscrito y el artículo Sexto Transitorio dice que la obligación de enviar los papeles de trabajo al SAT será aplicable a partir de las auditorías correspondientes al ejercicio fiscal 2014.
  • Se modifican RMF las reglas que refiere a los asuntos del dictamen fiscal

    Se modifican RMF las reglas que refiere a los asuntos del dictamen fiscal
    , que son: I.2.19.8 presentación del dictamen que hubieren cancelado su RFC ; en las reglas I.2.19.9., I.2.19.16. y I.2.19.17. se adecuan las referencias al RCFF y al Decreto del 9-XII-2013; I.2.19.10. indica el fundamento para determinar el ISR e IMPAC por desincorporación de sociedades; se derogan las reglas I.2.19.11., I.2.19.2. y I.2.19.3., en la regla I.2.19.15. se publica el calendario para presentar el dictamen fiscal del ejercicio 2013
  • Anexo 1-A

    Anexo 1-A
    Se publica el anexo A-1 de la RMF “Trámites Fiscales” y las fichas que refieren a los asuntos del dictamen fiscal.
  • Capitulo II.2.9 Dictamen del Contador Público

    Capitulo II.2.9 Dictamen del Contador Público
    Se modifica la RMF en la que se deroga el Capitulo II.2.9 Dictamen del Contador Público, y las reglas que lo integran se reubican al Capítulo I en las que abordan asunto sobre dictámenes con efectos fiscales
  • Anexo 1-A Trámites fiscales

    Anexo 1-A Trámites fiscales
    Se modifica el anexo 1-A “trámites fiscales ;las fichas 10,11,17,18,24,25,26,29,30,98,100,101,102,103,104,106,108,104 del CFF que hablan sobre el dictamen fiscal donatarias y el 87 del ISR que refiere a asuntos de dictamen fiscal.
  • RMF 2015

    RMF 2015
    Se publica la RMF 2015, y las que tratan de manera directa asuntos sobre dictamen fiscal (ya sea de estados financieros o enajenación de acciones) se agrupan en dos bloques, siendo el primero el Capítulo 2.13., Dictamen de Contador Público ;el segundo bloque de reglas sobre dictamen fiscal se encuentra en el Capítulo 2.19 que habla sobre las opciones y metodología del dictamen fiscal a los estados financieras,
  • Anexo 1-A Trámites fiscales

    Anexo 1-A Trámites fiscales
    se publicó el Anexo 1-A, denominado “Trámites Fiscales”, de la RMF 2015, y las que se refieren a asuntos relacionados con dictamen fiscal son de la 92 al 101, del 140 al 143, la 147, 170 del CFF y el 19 y 81 del ISR.
  • Anexo 16

    se publicó el Anexo 16 de la RMF 2015 que contiene el instructivo y los formatos guía para empresas en general, personas físicas y personas morales del régimen de coordinados y del sector primario.
  • Anexo 16-A

    se publicó el Anexo 16-A de la RMF 2015 que contiene los instructivos y formatos guía para controladoras, entidades del sector financiero y entidades del sector asegurador y de fianzas
  • Reglamento Interior del Servicio de Administración Tributaria

    Reglamento Interior del Servicio de Administración Tributaria
    se publica el nuevo Reglamento Interior del Servicio de Administración Tributaria, Las disposiciones que tratan sobre cuestiones relacionadas con el registro de contadores públicos y la revisión de dictámenes fiscales
  • RISR ART. 116°

    RISR ART. 116°
    se publica el nuevo RISR en su artículo 116 menciona que los contribuyentes que opten por el dictamen fiscal lo informarán a la asamblea de accionistas en la sesión ordinaria siguiente a la presentación del dictamen , en el artículo 215 se contienen los lineamientos sobre el dictamen fiscal de enajenación de acciones
  • se publica en DOF el Decreto que reforma diversas leyes fiscales

    se publica en DOF el Decreto que reforma diversas leyes fiscales
    las que contienen asuntos relacionados con el dictamen fiscal donde se establece un estímulo fiscal o reducción en la tasa del ISR adicional de 10% tratándose de personas morales cuyas acciones no coticen en bolsa, para tener derecho al estímulo fiscal (que en esencia es una reducción en la tasa) deben optar por dictaminar para efectos fiscales sus estados financieros revisión secuencial del dictamen fiscal, cuando el contribuyente
  • se publica en DOF la Quinta modificación RMF 2015

    se publica en DOF la Quinta modificación RMF 2015
    se reorganizan y por lo mismo se reubican diversas disposiciones, lo que conlleva reasignar números a algunas reglas a las disposiciones sobre dictamen fiscal requisito para los proveedores de certificación de CFDI presentar dictamen fiscal de estados financieros,proveedores de certificación de recepción de documentos digitales a presentar dictamen fiscal de estados financiero al beneficio en reducción de multas a contribuyentes que hayan dictaminado para efectos fiscales sus estados financieros
  • se publica el Anexo 1-A “Trámites Fiscales”

  • DOF

    DOF
    DOF se publican las reglas de facilidades para los contribuyentes que señalan la obligación de dictaminar fiscalmente la enajenación de acciones emitidas por empresas del sector autotransporte.
  • El DOF publicó el Anexo 1-A, denominado “Trámites Fiscales” de la RMF 2016

    El DOF publicó el Anexo 1-A, denominado “Trámites Fiscales” de la RMF 2016
  • DOF publica el Manual de Organización General del SAT,

    DOF publica el Manual de Organización General del SAT,
    se menciona las facultades de las Administraciones como revisar los dictámenes fiscales de estados financieros, de enajenación de acciones, u otros con efectos fiscales que emitan esos profesionales.
  • RMF 2016

    se publica en DOF la segunda modificación a la RMF 2016, y en lo tocante a las reglas que se relacionan con el dictamen fiscal no hay cambios de fondo
  • Anexo 16-A

    Anexo 16-A
    , DOF se publicó el Anexo 16-A de la RMF 2016 que contiene los instructivos y formatos guía para controladoras, entidades del sector financiero y entidades del sector asegurador y de fianzas, casas de bolsa y establecimientos permanentes de residentes en el extranjero.
  • Anexo 16

    Anexo 16
    En DOF se publicó el Anexo 16 de la RMF 2016 que contiene el instructivo y los formatos guía para empresas en general, personas físicas, y personas morales del régimen de coordinados y del sector primario; así como para casas de cambio, intermediarios financieros no bancarios, uniones de crédito, almacenes generales de depósito, SOFOMES, SOFIPOS y fondos de inversión de capitales.
  • ARTICULO 32-H CFF

    se publican reformas al CFF se modifica el artículo 32-H para indicar que la declaración informativa sobre la situación fiscal (DISIF) se debe de presentar como parte de la declaración anual, lo cual significa que se presenta en el mes de marzo de cada año, en lugar de hacerlo en junio de cada año. Y en el artículo sexto transitorio CFF, se precisa que la declaración informativa del ejercicio 2016 se presenta en el mes de junio de 2017.
  • RMF 2016

    EL DOF publica la RMF 2016, y las disposiciones que tienen que ver de manera directa con el dictamen fiscal de estados financieros, o con el de enajenación de acciones y de manera colateral en algunas otras reglas se alude al dictamen fiscal como requisito a cumplir para determinada situación; tratan de: El aviso y el dictamen sobre enajenación de acciones se presentarán por Internet Opción de fecha de presentación del dictamen fiscal del ejercicio 2015, el 1o. de agosto de 2016
  • se publica la RMF las disposiciones que tienen que ver de manera directa con el dictamen fiscal de estados financieroS

    se publica la RMF las disposiciones que tienen que ver de manera directa con el dictamen fiscal de estados financieroS
    o con el de enajenación de acciones y de manera colateral en algunas otras reglas se alude al dictamen fiscal como requisito a cumplir para determinada situación. Además que por el ejercicio 2016 ya no se remite análisis de las pérdidas fiscales, aun cuando se amortizan en ese año
  • DOF

    DOF
    DOF se publica las reglas de facilidades aplicables a los contribuyentes que en éstas se mencionan la obligación de dictaminar fiscalmente la enajenación de acciones emitidas por empresas del sector autotransporte.
  • se publicó el Anexo 1-A, denominado “Trámites Fiscales” de la RMF 2017

  • Anexo 1-A

    se publicaron, como parte del Anexo 1 de la RMF 2017, los formatos para presentar el aviso del dictamen fiscal de enajenación de acciones y el de la presentación del dictamen.
  • se publicó el Anexo 16 de la RMF 2017

    que contiene el instructivo y los formatos guía para empresas en general, personas morales del régimen de coordinados y del sector primario; así como para casas de cambio, intermediarios financieros no bancarios, uniones de crédito, almacenes generales de depósitos,SOFOMES,SOFIPOS,y los aplicables para fondos de inversión de capitales, de renta variable y en instrumentos de deuda; así como para personas físicas que se dediquen exclusivamente a las actividades del autotransporte de carga o pasaje
  • Anexo 16-A

    Anexo 16-A
    se publicó el Anexo 16-A de la RMF 2017, que contiene los instructivos y formatos guía para controladoras, entidades del sector financiero y entidades del sector asegurador y de fianzas, casas de bolsa y establecimientos permanentes de residentes en el extranjero, sociedades integradas e integradoras.
  • RMF regla 2.1.13., el artículo 32-A del CFF

    RMF regla 2.1.13., el artículo 32-A del CFF
    Se realizan modificaciones a la RMF regla 2.1.13., el artículo 32-A del CFF que permiten la opción del dictamen fiscal que contiene para ejercer la opción de dictaminar el año 2017, el monto de ingresos acumulables y el valor de activos en el año 2016 debe ser por $109,990,000.00, y $86,892,100.00, respectivamente.
  • RMF 2018

    RMF 2018
    se publica la RMF 2018 disposiciones que tienen que ver de manera directa con el dictamen fiscal de estados financieros, o con el de enajenación de acciones, y de manera colateral en algunas otras reglas se alude al dictamen fiscal como requisito a cumplir para determinada situación
  • Anexo 1

    En DOF se publicaron, como parte del Anexo 1 de la RMF 2018, los formatos para presentar el aviso del dictamen fiscal de enajenación de acciones y el de la presentación del dictamen
  • DOF

    DOF
    DOF publica las reglas de facilidades aplicables a los contribuyentes que en éstas se mencionan para el año 2018 señalan la obligación de dictaminar fiscalmente la enajenación de acciones emitidas por empresas del sector autotransporte.
  • se publicó el Anexo 1-A, denominado “Trámites Fiscales” de la RMF 2017,

  • Anexo 16

    se publicó el Anexo 16 de la RMF 2018 que contiene el instructivo y los formatos guía para empresas en general, personas morales del régimen de coordinados y del sector primario;
  • Anexo 16

    para PF que se dediquen exclusivamente a las actividades del autotransporte de carga o pasaje; casas de cambio, intermediarios financieros no bancarios, uniones de crédito, almacenes generales de depósitos, arrendadoras financieras, empresas de factoraje financiero SOFOMES,SOFIPOS,y los aplicables para fondos de inversión de capitales, de renta variable y en instrumentos de deuda; así como para PF que se dediquen exclusivamente a las actividades del autotransporte de carga o pasaje
  • Anexo 16-A

    se publicó el Anexo 16-A de la RMF 2018, que contiene los instructivos y formatos guía para controladoras y controladas, entidades del sector financiero y entidades del sector asegurador y de fianzas, casas de bolsa y establecimientos permanentes de residentes en el extranjero, sociedades integradas e integradoras.
  • el SAT publicó en su portal otra versión de la Primera Modificación a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2019

    el SAT publicó en su portal otra versión de la Primera Modificación a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2019
    Se modificó el primer y segundo párrafo de regla 2.13.2. “Presentación del dictamen fiscal 2018, Se adiciona un Sexto artículo transitorio y Se modifica el Anexo 24 “Contabilidad en Medios Electrónicos”.
  • en el DOF, el anexo 16 de la RMF para el ejercicio 2020

    en el DOF, el anexo 16 de la RMF para el ejercicio 2020
    . En este documento se proveen los instructivos de integración y de características, los formatos guías para la presentación del dictamen de estados financieros para efectos fiscales emitidos por contador público inscrito, así como de los cuestionarios relativos a la revisión efectuada, aplicables a los distintos tipos de dictámenes existentes. . utilizando el Sistema de Presentación del Dictamen 2019
    (SIPRED’2019).
  • ANEXO 16

    Dicho documento, exhibe modificaciones con respecto al ejercicio fiscal inmediato anterior, que deberán considerar los contribuyentes que se encuentren obligados a presentar el dictamen fiscal, u opten por éste
  • PRESENTACIÓN DEL DICTAMEN FISCAL

    PRESENTACIÓN DEL DICTAMEN FISCAL
    LA PRESENTACIÓN SE INTEGRA POR:
    · LOS ANEXOS DEL DICTAMEN GENERADO A TRAVÉS DEL SIPRED'2019.
    · LA OPINION DEL CONTADOR PUBLICO INSCRITO QUE DICTAMINA Y EL INFORME SOBRE LA REVISIÓN DE LA SITUACION FISCAL DEL CONTRIBUYENTE, ASÍ COMO:
    Ø EL CUESTIONARIO DE DIAGNOSTICO FISCAL ELABORADO POR EL CONTADOR PUBLICO.
    Ø EL CUESTIONARIO EN MATERIA DE PRECIOS DE TRANSFERENCIA ELABORADO POR EL CONTADOR PUBLICO.
    · EN SU CASO, INFORMACION ADICIONAL AL DICTAMEN.
  • FUENTES

    FUENTES
    López, F. (2018). "Dictamen fiscal", Ciudad de México, Instituto Mexicano de Contadores Públicos
    Avendaño Perez Gerardo (1987)"DICTAMEN PARA EFECTOS FISCALES"( Tesis de pregrado), FACULTAD DE CONTADURÍA Y ADMINISTRACIÓN,UNAM, MÉXICO,D.F. Recuperado en: http://132.248.9.195/pmig2018/0076904/Index.html
    Santillan Velasco Jose Luis (1995)"EL DICTAMEN FINANCIERO" (Tesis de pregrado)FACULTAD DE CONTADURÍA Y ADMINISTRACIÓN, UNAM, MÉXICO,D.F.Recuepera en: http://132.248.9.195/ppt1997/0230159/Index.html
  • FUENTES

    Hernández Rodríguez Norma Araceli (2005) "DICTAMEN FINANCIERO" (Tesis de pregrado) FACULTAD DE ESTUDIOS SUPERIORES CUAUTITLÁN, UNAM, EDO.DE MEX., CUAUTITLÁN IZCALLI
    Recuperado en:
    http://132.248.9.195/ptd2005/10621/0344803/Index.html C.P.C. Luis Raúl Michel Domínguez(2012) "Dictamen fiscal Pasado, presente y futuro", Contaduría pública.
    Recuperado en: http://contaduriapublica.org.mx/2012/04/01/dictamen-fiscal-pasado-presente-y-futuro/
  • FUENTES

    Figueroa Mendoza Teodulo Alejandro (1983) "EL DICTAMEN FISCAL" (Tesis de pregrado)FACULTAD DE CONTADURÍA Y ADMINISTRACIÓN, UNAM, MÉXICO,D.F.
    Recueperado en: http://132.248.9.195/pmig2019/0201630/Index.html Gómez García Victor Rene (2000)"ESTUDIO FISCAL INTEGRAL.DICTAMEN FISCAL"(Tesis de pregrado) FACULTAD DE ESTUDIOS SUPERIORES CUAUTITLÁN, UNAM, EDO.DE MEX., CUAUTITLÁN IZCALLI.
    Recupera en : http://132.248.9.195/pd2000/283055/Index.html
  • FUENTES

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    Recuperado en: http://imcp.org.mx/wp-content/uploads/2013/02/BOLETIN_Conferencia-de-Prensa-IMCPMayo10.pdf DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN (2019)Anexo 16 de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2020, SEGOB
    Recuperado en: https://dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5584394&fecha=20/01/2020