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Desarrollo del Derecho Procesal Mercantil

  • Independencia Española

    Independencia Española
    Una vez lograda la independencia de españa, los juicios mercantiles se rigieron por las ordenanzas de Bilbao, dejando de lado otros ordenamientos españoles que regulaban de manera mas completa a los juicios mercantiles.
  • Comercio Español

    Comercio Español
    Comercio Español de 30 de mayo de 1829 y su complemento El nuevo Código, formado por 1219 artículos, fue decretado, sancionado y promulgado por Fernando VII el 30 de mayo de 1829 con el objetivo de dar al comercio un sistema de legislación uniforme, completo y fundado sobre los principios inalterables de la justicia y las reglas seguras de la conveniencia del mismo comercio.
  • La Ley de Enjuiciamiento sobre negocios y causas de comercio

    La Ley de Enjuiciamiento sobre negocios y causas de comercio
  • LEY DE BANCAROTAS

    LEY DE BANCAROTAS
    Se publicó el 31 de mayo de 1853, por el presidente Antonio López de Santa Anna.
    Constituye el primer ordenamiento sistematizado que reguló la quiebra exclusivamente de comerciantes.
  • Las Ordenanzas de Bilbao

    Las Ordenanzas de Bilbao
    Las Ordenanzas de Bilbao estuvieron vigentes hasta 1854, cuando se expidió el primer código de comercio, siendo presidente del país, Antonio López de Santa Anna y ministro de justicia, D. Teodosio Lares, a quien se le atribuye la paternidad de dicho código, de ahí el calificativo de "Código Lares”. En este ordenamiento jurídico en materia de comercio, el Libro V ya regulaba lo relativo a la administración de justicia en los negocios de comercio.
  • El Código Lares

    El Código Lares
    El Código Lares tuvo escasa vigencia, ya que fue derogado por los artículos 12 y 16 de la Ley Juárez de 23 de noviembre de 1855, retomándose la aplicación de las Ordenanzas de Bilbao, hasta que logró cristalizarse el proyecto de un nuevo código de comercio.
  • CÓDIGO DE COMERCIO DE 1884

    CÓDIGO DE COMERCIO DE 1884
    Durante el gobierno de Manuel González, se expidió un nuevo Código de Comercio cuyas disposiciones eran aplicables en toda la República.
    Observa un esquema diferente en cuanto a metodología para reglamentar la materia de quiebras
  • CÓDIGO DE COMERCIO DE 1889

    CÓDIGO DE COMERCIO DE 1889
    El actual Còdigo de Comercio.
    Código publicado en el Diario Oficial de la Federación los días lunes 7 de octubre al viernes 13 de diciembre de 1889. Expedido por el Presidente de los estados Unidos Mexicanos. Porfirio Díaz.
    Estaba compuesto de cinco libros, en el Cuarto de ellos se regulaban las quiebras y el Quinto estaba reservado para los juicios mercantiles, en el que se incluía el especial de quiebras
  • LEY GENERAL DE TÍTULOS Y OPERACIONES DE CREDITO

    LEY GENERAL DE TÍTULOS Y OPERACIONES DE CREDITO
    Fue creada con la finalidad de establecer regulaciones entre los clientes y los prestadores de servicios financieros.
  • LEY GENERAL DE SOCIEDADES MERCANTILES

    LEY GENERAL DE SOCIEDADES MERCANTILES
    Ley publicada en el Diario Oficial de la Federación el 4 de agosto de 1934.
    Actualizada con la reforma publicada el 24 de diciembre de 1996.
  • LEY GENERAL DE INSTITUCIONES DE CRÉDITO Y ORGANIZACIONES AUXILIARES.

    LEY GENERAL DE INSTITUCIONES DE CRÉDITO Y ORGANIZACIONES AUXILIARES.
    Reguló las actividades bancarias.
  • LEY DE QUIEBRAS Y SUSPENCIÓN DE PAGOS.

    LEY DE QUIEBRAS Y SUSPENCIÓN DE PAGOS.
    Fue publicada en el Diario Oficial de la Federación del 20
    de abril de 1943, entró en vigor el 20 de julio de ese año.
    Reglamenta con detalle la quiebra, y finalmente, contiene el desarrollo relativo a su prevención, con la figura de la suspensión de pagos.
  • Gran reforma

    Gran reforma
    La gran reforma procesal del 24 de mayo de 1996, en la que la justificación fue el no “afectar” a los deudores de la banca, con la tramitación más rápida o expedita de los juicios en los que eran demandados, producto, sobre todo, de la crisis financiera del país de fines de 1994 y principios de 1995.
  • Reformas procesales

    Reformas procesales
    En nuestro derecho procesal mercantil debemos distinguir dos momentos: antes y después del decreto de 24 de abril de 2003, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 13 de junio del mismo año, en el que sustancialmente cambia el régimen de supletoriedad, de los códigos procesales civiles locales al Código Federal de Procedimientos Civiles
  • REforma de Junio 2003

    REforma de Junio 2003
    la reforma de 13 de junio de 2003, en la que se excluyen, de igual manera, todos los procesos surgidos con motivo de créditos contratados antes de la misma. La reforma de 13 de junio de 2003, obedeció, sobre todo, a las críticas que se habían venido haciendo al régimen de supletoriedad anterior, en el sentido de que si el Código de Comercio.