-
438
Codex Theodosianus
Teodosio II (409-450) encargó a una comisión la recogida de todas las leges (Constituciones imperiales) promulgadas tras el mandato de Constantino.
A pesar de ser una obra de legislación romana, fue usualmente empleada y estuvo bastante tiempo en vigor en tiempos del reino visigodo, de aquí que se incluya en esta línea temporal. -
476
Código de Eurico (466-484)
Se conoce parcialmente y se trata de un conjunto de leyes promulgadas por el rey Eurico, que no constituye, ni pretendía un ordenamiento jurídico completo, si no que responde a la necesidad de dar respuesta a los nuevos problemas que no tienen solución en el derecho romano. Eurico promulga esta obra en el año 476 como rey visigodo de Aquitania. Existe controversia sobre a quienes fue aplicable el código de Eurico, para todos los romanos o sólo para los visigodos. (Personalidad-Territorialidad) -
506
Breviario de Alarico
El breviario es aprobada en una asamblea formada por obispos y representantes provinciales. Es conocido como " ley romana de los visigodos". Pretende resolver la inseguridad juridica de epoca.
El breviario es una coleccion de derecho romano, tiene como fuentes: el Codigo Teodosiano, epitome de Gayo, sentencias de Paulo, libri responsorum de Papiniano y los codigos Hermogeniano y Gregoriano. Cada parte tiene su correspondiente explicación.
Se establece esta obra como la unica aplicable en juicio -
580
Codex Revisus (568-586)
Creado por el rey visigodo Leovigildo. Este reformó el Código de Eurico (corrigió, eliminó y añadió algunas leyes). De este código no se conserva ningún fragmento directamente, sino que es conocido a través de referencias en el código promulgado con posterioridad por Recesvinto, el Liber Iudicorum. Es por este motivo que algunos autores dudan de su existencia. -
654
Liber Iudiciorum
El Liber iudiciorum es la primera obra jurídica que plasma una separación del derecho visigodo con el derecho romano aunque tenga rasgos del desarrollo de este último. Fue aplicada a todos los ciudadanos por igual(carácter territorial). Este libro era obligatorio en juicios, de obligada aplicación por los jueces y es importante en el derecho de la alta edad media española en los primeros reinos cristianos. Estuvo vigente en la Península Ibérica hasta mediados de la Baja Edad Media(Siglo XIII). -
654
Liber Iudiciorum