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La construcción del derecho de acceso a la información en México (DAI)

  • El derecho a la información

    El DAI se deriva de las reformas al artículo 6º constitucional, relativas al derecho a la información, que se promulgaron en 1977, a fin de que los mexicanos ejercieran su derecho de conocer la información producida y controlada por los actores públicos.
  • Transición a la democracia

    Se implementaron diseños institucionales, políticas y nuevas prácticas democráticas con miras a la consolidación de un Estado más responsable ante la ciudadanía, es decir, la rendición de cuentas.
  • Transparencia y acceso a la información

    Transparencia y acceso a la información
    Promulgación de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental (LFTAIP) tuvo dos componentes fundamentales:
    1) El reconocimiento de que los ciudadanos pueden solicitar información al gobierno federal y que éstos deben entregarla, es decir, el reconocimiento legal del DAI y;
    2) La construcción de un complejo entramado de instituciones y de procesos para implementar dicho derecho.
  • Declaración de Guadalajara

    Las diferencias entre los marcos legales estatales y el federal tuvieron como resultado que dentro del Primer Congreso Nacional de Transparencia Local, los gobernadores de Aguascalientes, Chihuahua y Zacatecas firmaran la Declaración de Guadalajara, promoviendo una reforma constitucional en materia de transparencia.
  • Modificaciones a la Constitución

    Se publicó en el DOF el decreto que modificaba la Constitución para incluir al DAI en este nivel.
    En este decreto se adicionó un segundo párrafo con siete fracciones al artículo 6° de la Constitución, entre los que sobresalen:
    - El acceso a la información como un derecho fundamental en México.
    - La información gubernamental como bien público.
    - El principio de máxima publicidad de la información gubernamental.
    - La especificación de los sujetos del derecho de acceso a la información.
  • Reformas al artículo 6 Constitucional

    Se garantizaron, en correspondencia con lo dispuesto por los tratados internacionales en la materia, el derecho de toda persona al libre acceso a la información plural y oportuna, así́ como a buscar, recibir y difundir información e ideas de toda índole por cualquier medio de expresión.
  • Publicación en el DOF

    Publicación en el DOF
    Se publica en el Diario Oficial de la Federación otra reforma al artículo 6º constitucional para renovar los mecanismos de acceso a la información pública y protección de datos personales, a través de la implementación de un sistema integral en la materia que garantizara, homogéneamente, los alcances de dichos derechos en México.
  • Promulgación de la LGTAIP

    Promulgación de la LGTAIP
    La finalidad de este instrumento jurídico fue ampliar y fortalecer los mecanismos de acceso a la información para que el Estado mexicano adoptara el nuevo paradigma de gobierno abierto.
    Buscaba reducir espacios de opacidad y discrecionalidad en la gestión pública y ampliar la participación ciudadana en favor de la transparencia.