Derecho comercial

Derecho Comercial: Antecedentes Históricos Argentinos

  • Period: 1536 to

    ANTECEDENTES COLONIALES

    Durante la época de la dominación española en nuestro territorio se aplicaron las Leyes de Indias (normas creadas especialmente para las colonias americanas) y supletoriamente las Leyes de Castilla.
  • CONSULADO DE COMERCIO BUENOS AIRES

    CONSULADO DE COMERCIO BUENOS AIRES
    INCORPORACION DE ORDENANZAS DE BILBAO 1737
    Este organismo actuaba como tribunal en asuntos mercantiles y seguía la tendencia continental europea de separar la jurisdicción civil de la mercantil.
  • REVOLUCION DE MAYO

    REVOLUCION DE MAYO
  • ASAMBLEA DE 1813

    ASAMBLEA DE 1813
    Creación de la matrícula para Comerciantes Nacionales; normas sobre las consignaciones y el nombramiento de contadores peritos en los litigios comerciales.
  • BOLSA MERCANTIL

    BOLSA MERCANTIL
    Se creó la Bolsa Mercantil que se instaló en 1822 y funcionó por breve lapso y se dictó la Ley reglamentaria de corredores y martilleros
  • ACTOS, CAUSAS Y ALZADA DE COMERCIO

    ACTOS, CAUSAS Y ALZADA DE COMERCIO
    Por inspiración de Rivadavia, si dictaron tres decretos: sobre actos de comercio, y sobre causas de comercio y alzada de comercio.
  • SUPRIME CONCURSO DE ACREEDORES

    SUPRIME CONCURSO DE ACREEDORES
    Por decreto, Rosas suprimió los concursos de acreedores. Esto fue derogado en 1858.
  • CODIGO DE COMERCIO

    CODIGO DE COMERCIO
    El Estado de Buenos Aires, segregado de la Confederación, confió en 1856 al jurista uruguayo asilado en el país, Eduardo Acevedo, la tarea de preparar un proyecto de Código de Comercio, que contó con la colaboración de Dalmasio Vélez Sarsfield.En 1862 se adoptó para toda la Nación el Código de Comercio que hasta dicho momento regía en la Provincia de Buenos Aires.
  • CODIGO CIVIL

    CODIGO CIVIL
    En 1869 se sancionó el Código Civil lo que planteo la necesidad de reformar el Código de Comercio.
  • PRIMERA REFORMA CODIGO DE COMERCIO

    PRIMERA REFORMA CODIGO DE COMERCIO
    1) El valor de los usos y costumbres como fuente de derechos; 2) Se suprimió el requisito de la inscripción en la matrícula de comerciante; 3) cambios en la reglamentación: corredores, empresas de transporte, bolsas, sociedades, compraventa, fianza, letras de cambio, cheques, derecho marítimo, quiebras. 4) se ajustaron los contratos de mutuo, depósito y prenda, quitando el material que se consideraba civil. Esta reforma encontró su causa principal en la sanción del código civil.
  • DECRETO-LEY 5965/63

    DECRETO-LEY 5965/63
    Se sanciona el Decreto-Ley 5965/63 que incorpora al viejo código de comercio un nuevo régimen sobre letras de cambio y pagarés.
  • LEY 17.418

    LEY 17.418
    Se sanciona la Ley N° 17.418 que incorpora al viejo código de comercio un nuevo régimen de seguros.
  • LEY 19.550

    LEY 19.550
    Se sanciona la Ley 19.550 que incorpora al viejo código de comercio un nuevo régimen sobre sociedades.
  • LEY 20.094

    LEY 20.094
    Se sanciona la Ley 20.094 que incorpora al viejo código de comercio un nuevo régimen para la navegación y la Ley 20.266 que incorpora un nuevo régimen para los martilleros.
  • LEY 24.452

    LEY 24.452
    Se sanciona la Ley 24.452 que incorpora al viejo código de comercio un nuevo régimen de cheques y la Ley 24.522 que incorpora un nuevo régimen de concursos y quiebras.
  • LEY 26.579

    LEY 26.579
    Se sanciona la Ley 26.579 que, entre otras cosas, modifica la edad para adquirir la mayoría de edad, pasando de 21 a 18 años.
  • NUEVO CODIGO CIVIL Y COMERCIAL

    NUEVO CODIGO CIVIL Y COMERCIAL
    En 2015, más precisamente, el 01/08/2015, se produjo otra gran reforma del código de comercio (quizá la más importante hasta nuestros días). En esta oportunidad, el código de comercio fue derogado y pasó a regir en el país el Código Civil y Comercial de la Nación. Este código puso fin al proceso de unificación del derecho privado en argentina. Este código es el que se encuentra vigente en la actualidad en nuestro país y es la principal fuente del derecho comercial en nuestros días.
  • Period: to

    PANORAMA ACTUAL DEL DERECHO COMERCIAL

    Este nuevo Código Civil y Comercial de la Nación, no dedica ningún capítulo especial a la materia “comercial”, “empresario” o a la “empresa”. Tampoco hace referencia “acto de comercio”, ni al “comerciante”, ni a las “obligaciones comerciales”, “jurisdicción mercantil”.
    Considera a las “personas” en forma unificada y las clasifica como “personas humanas” o como “personas jurídicas”, no existe más la sociedad civil ni tampoco la sociedad comercial.