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Ley 100 de 1993
Artículo 154 (Intervención del Estado): "El Estado intervendrá en el servicio público de Seguridad Social en Salud".
* Busca:
- La ampliación progresiva de la cobertura de la Seguridad Social en Salud permitiendo el acceso a los servicios de información, fomento de la salud, protección y recuperación de la salud.
- Establecer la atención básica en salud que se ofrecerá en forma gratuita y obligatoria,
- Organizar los servicios de salud en forma descentralizada, por niveles de atención -
Decreto 806 de 198
Define el Plan de Atención Básica (PAB) que es de carácter obligatorio y gratuito, dirigido a todos los habitantes del territorio nacional, prestado directamente por el Estado y sus
entidades territoriales o por particulares mediante contrato con el Estado. -
Ley 1122 de 2007
Art 33: Establece que el Plan de Salud Pública de Intervenciones Colectivas reemplazará al Plan de Atención Básica, señalando, además que "Las actividades colectivas que estén a cargo de la Nación y de las entidades territoriales con recursos destinados para ello, deberán complementar las acciones previstas en el Plan Obligatorio de Salud. -
Resolución 0425 de 2008
Define la metodología para la elaboración, ejecución, seguimiento, evaluación y control del plan de salud territorial y las acciones que integran el PIC a cargo de las entidades territoriales. -
Ley 1438 de 2011
Para hablar de los principios del PIC debemos conocer los principios del SGSSS (Ley 100 de 1993) Modificados en la Ley 1438 de 2011.
Universalidad
Solidaridad
Igualdad
Obligatoriedad
Prevalencia de derechos
Enfoque diferencial
Equidad
Calidad
Eficiencia
Participación Social
Progresividad
Libre escogencia
Sostenibilidad
Transparencia
Descentralización administrativa
Complementariedad y Concurrencia
Corresponsabilidad
Irrenunciabilidad
Intersectorialidad
Prevención
Continuidad -
¿Qué contiene la Resolución 0518 de 2015?
TITULO I Disposiciones Generales TITULO II Aspectos generales sobre la Gestión de la Salud Pública TITULO III
Plan de Salud Pública de Intervenciones Colectivas - PIC TITULO IV
Disposiciones relativas a los recursos financieros destinados a la ejecución de los procesos de Gestión de la Salud Pública y del Plan de Salud Pública de Intervenciones Colectivas - PIC -
Resolución 0518 de 2015
El febrero 24 de 2015 se establecen directrices para la ejecución, seguimiento y evaluación del Plan de Salud
Pública de Intervenciones Colectivas - PIC -
¿ En que consiste el PIC ?
Es un plan complementario al Plan Obligatorio de Salud (POS) y a otros beneficios, dirigido a impactar positivamente los determinantes sociales de la salud e incidir en los resultados en salud, a través de la ejecución de intervenciones colectivas o individuales de alta externalidad en salud definidas en la resolución. -
Objeto de la Resolución
Establecer disposiciones en relación con la Gestión de la Salud Pública y directrices para la elaboración del PIC.
Igualmente, establecer las Intervenciones, Procedimientos, Actividades e Insumos a ser financiados con recursos del Plan de Salud Pública de Intervenciones Colectivas. -
Principios del PIC (Res 0518 de 2015)
Además de los principios consagrados y tratados en la Ley 1438 de 2011; la ejecución y evaluación del PIC estará orientada por
los siguientes principios: Estatal: El PIC es dirigido y administrado por el Estado. Su proceso está a cargo de los Departamentos, Distritos y Municipios. Gratuidad:Las intervenciones colectivas que constituyen el PIC son gratuitas y están dirigidas a la totalidad de la población. Territorialidad: El PIC se rige por los procesos de autonomía y poder local. -
(Primera Parte) Características de calidad de las intervenciones colectivas
ACCESIBILIDAD: Las personas, reciben las intervenciones del PIC, sin ninguna clase de barrera. OPORTUNIDAD: El PIC identifica e interviene en el momento apropiado los aspectos que potencian la salud de las personas. SEGURIDAD: Velar por que durante la ejecución no se ponga en riesgo la salud y la vida de las personas. PERTINENCIA: Reconocer las condiciones específicas y diferenciales de la población y su realidad territorial. -
(Segunda Parte) Características de calidad de las intervenciones colectivas
CONTINUIDAD: Las intervenciones colectivas se ejecutan de forma lógica y secuencial, sin interrupción en el tiempo. INTEGRALIDAD: Consiste en el trabajo de diferentes actores con competencias en promoción de la salud y gestión del riesgo. ADAPTABILIDAD: El PIC, debe realizarse en función de los resultados del análisis de situación de salud. -
Resolución 1536 de 2015
Establece las disposiciones para el proceso de planeación integral para la salud a cargo de los entes territoriales.
Además que trata sobre los procesos relacionados con los que los entes territoriales cumple con sus obligaciones con el desarrollo de la planeación integral.