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Antecedentes:
1736: Sínodo del Monte Líbano de los maronitas, aprobado 1 de septiembre de 1741.
1835: Sínodo Aintracense de los griegos-melquitas. -
1862: El Papa Pío IX creó un grupo especial de Padres cardenales
6 de enero de 1862El Papa Pío IX creó un grupo especial de Padres cardenales, llamado Congregación para la Propaganda de la Fe para los Asuntos de Rito oriental, por la constitución apostólica Romani Pontifices. -
SÍNODOS EN ORIENTE:
1888: Sínodo Sciarfense de los sirios.
1882: Sínodo de los Alba-Julienses.
1891: Sínodo Leopoliense de los rutenos.
1898: Sínodo Alejandrino de los coptos.
1900: Sínodo de los rumenos.
1911: Sínodo de los armenios: sobre los derechos de los Patriarcas y de los Obispos, la recta administración de los fieles, la disciplina del clero, los institutos de los monjes, las necesidades de las misiones, el decoro del culto divino, la S. Liturgia -
30 de noviembre de 1894: León XIII resalta la variedad de la liturgia y de la disciplina oriental aprobada por el derecho en Carta Orientalium dignitas
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1904: Letras Apostólicas Arduum Sane Munus.
El 19 de marzo el Papa San Pio X da inicio a la elaboración del Código de Derecho Canónico para la Iglesia latina. -
1 de mayo de 1917: Benedicto XV instituyó la Sagrada Congregación para la Iglesia Oriental, Dei providentis.
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15 de septiembre de 1917: Promulgó el Código de Derecho Canónico Cum iuris canonici
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15 de octubre de 1917: Mando constituir el Instituto Pontificio de Estudios Orientales, Orientis catholici
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1929: Comienza la codificación de la disciplina canónica de los orientales.
5 de enero, consulta a los dignatarios de Oriente. 20 de julio, mandó a los Patriarcas elegir un sacerdote para colaborar en esta obra. 27 de abril, constituyó «Consejo de Presidencia» añadiéndole una pequeña comisión de consultores 4 de julio, se presentó al Papa la opinión Oriente favorable a realizar el estudio. 13 de julio: Se añadieron dos colegios de peritos. 23 de noviembre: el Papa, puso al frente una Comisión para los estudios preparatorios de la codificación oriental, -
1934: Las fuentes antiguas y recientes de la disciplina canónica.
1934: Las fuentes antiguas y recientes de la disciplina canónica, ya seleccionadas, son publicadas por la Sagrada Congregación para la Iglesia Oriental en trece volúmenes. -
17 de julio de 1935: el Sumo Pontífice, estableció:
1) que se preparasen estudios histórico-canónicos, sobre las leyes y las costumbres de cada una de las Iglesias;
2) que los esquemas de los cánones se enviasen a los ordinarios para que éstos pudieran formular observaciones sobre los mismos;
3) que las fuentes jurídicas de cada una de las Iglesias se buscasen y se publicasen bajo la dirección de expertos en la ciencia del Derecho canónico y en Historia.
Se creó la Comisión Pontificia para la Redacción del Código de Derecho Oriental -
Cardenal Máximo Massimi
7 de febrero de 1936: Fallecido el cardenal Luis Sincero el, se nombró el 17 del mismo mes como presidente de la Comisión el cardenal Máximo Massimi. -
En 1939 termina la última sesión de consultores
3 de noviembre de 1939: El Colegio de consultores, termina la última sesión de setenta y ocho con la tarea de examinar las observaciones de los Obispos orientales enviadas a los «esquemas» anteriormente redactados y añadir sus consideraciones. -
1943 y 1944: Este cuerpo legal, fue sometido a un cuidadosísimo trabajo de «coordinación» por los preclaros Acacio Coussa; Emilio Hermann y Arcadio Larraona,
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20 de noviembre de 1945: Aprobaron y publicación
20 de noviembre de 1945: Reunidos en la Asamblea Plenaria se aprobaron los títulos del código según la voluntad de los Sumos Pontífices Pío XI y Pío XII. Se publica el texto de todo el Código. -
Corrección del texto
1948: Los Padres cardenales realizan una nueva corrección y en el mes de enero lo presentan al Papa. -
Aprobación de cánones sobre el matrimonio
22 de febrero de 1949: Se promulgan los cánones sobre «el sacramento del matrimonio» por las letras apostólicas Crebrae allatae sunt, dadas motu. -
1950: Letras apostólicas Sollicitudinem nostram,
6 de marzo de 1950: Por las letras apostólicas Sollicitudinem nostram, se promulgaron los cánones sobre los procesos», que permanecieron vacantes durante un año entero y que obtuvieron fuerza jurídica el 6 de enero del siguiente año. -
1952 Cánones sobre los religiosos y los bienes temporales
9 de febrero de 1952: Se promulgaron los cánones sobre «los religiosos», «los bienes temporales de la Iglesia» y «el significado de los términos», que comenzaron a estar vigentes el 21 de noviembre. -
1957 Cánones sobre los Ritos y las Personas
2 de junio de 1957: Pío XII promulgó los cánones sobre «los ritos orientales» y «las personas», que comenzaron a estar vigentes el día de la fiesta de la Anunciación de la Bienaventurada Virgen María del siguiente año. -
1962 al 6 de mayo de 1971: El cardenal Pedro XV Agagianian,
Presidió la Iglesia católica de los armenios y dirigió la Comisión. -
1972: Institución de la Comisión Pontificia para la Revisión del Código de Derecho Canónico Oriental
16 de junio de 1972: El Sumo Pontífice San Pablo VI instituyó la Comisión Pontificia para la Revisión del Código de Derecho Canónico Oriental y, al mismo tiempo, estableció que la Comisión precedente, que había sido erigida en el año 1935 para la «Redacción» del Código, finalizase. -
1974: La ¨Carta Magna¨
18 de marzo de 1974: El Sumo Pontífice San Pablo VI, estableció firmemente la «Carta Magna» y solicitó principalmente una doble atención a toda la Comisión: que el Derecho canónico de las Iglesias orientales católicas fuera revisado según la mente de los Padres del Concilio Vaticano II y según la verdadera tradición oriental. -
1974: Los principios generales
18-23 de marzo de 1974: La asamblea plenaria de los miembros de la Comisión aprobó casi por unanimidad algunos principios que debían guiar a los consultores de la Comisión en los diversos «grupos de estudio» para componer los esquemas de los cánones. -
1974: Los Principios
1) Todo lo que se ha sugerido sobre un único Código para todas las Iglesias orientales debe ser congruente también con las actuales circunstancias de la vida.
2) El carácter del Código debe ser verdaderamente oriental, debe ser conforme a los postulados del Concilio Vaticano II sobre la observancia de las propias disciplinas de las Iglesias orientales -
1974 Los Principios
3) El Código debe ser completamente conveniente para la peculiar misión, confiada por el Concilio Vaticano II a las Iglesias orientales católicas, de favorecer la unidad de todos los cristianos.
4) El Código debe tener, un carácter jurídico -
1974: Los Principios
5) El Código debe tener en cuenta la caridad y la humanidad, la temperancia y la moderación, para favorecer sobre todo la salvación de las almas en la atención pastoral.
6) El denominado principio de «subsidiaridad» debe observarse en el Código. -
1978: San Juan Pablo II
Confirma la comisión de estudios del Código para las Iglesias Orientales. -
1980: El culto divino, los monjes y demás religiosos.
Junio de 1980: Se envían los Esquemas de los cánones sobre el culto divino y, especialmente, sobre los sacramentos.
Diciembre del mismo año igualmente se envían los Esquemas de los cánones sobre los monjes y los restantes religiosos y los miembros de otros institutos de vida consagrada -
1981: Evangelización, Magisterio, Ecumenismo, Normas Generales, Bienes temporales y Sanciones penales.
Junio: Se envían los Esquemas de los cánones sobre la evangelización de las gentes, el magisterio eclesiástico y el ecumenismo esquemas se enviaron a los órganos de consulta por este orden:
Septiembre: Se envían los Esquemas de los cánones sobre las normas generales y los bienes temporales de la Iglesia.
Noviembre: Se envían los Esquemas de los cánones sobre las sanciones penales en la Iglesia. -
1982: Se envían los Esquemas de los cánones sobre los clérigos y laicos.
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1984: Constitución Jerárquica
Octubre de 1984: Se envían los Esquemas de los cánones sobre la constitución jerárquica de las Iglesias orientales. -
1986: Esquema del Código Canónico Oriental
Octubre de 1986: El Esquema del Código de Derecho Canónico Oriental, ya impreso, fue entregado al Sumo Pontífice quien mandó que se enviase a los miembros de la Comisión para su examen y juicio. -
1987: Nuevo Presidente de la Comisión
20 de febrero de 1987: El cargo de Presidente de la Comisión fue confiado al cardenal José Parecattil, arzobispo de la Iglesia Ernaculamense de los malabares. -
Noviembre de 1988: Los miembros de la Comisión en el Prefacio aprobaron el orden de los títulos del Código a tenor de «Reglamento de procedimiento».
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1988: Examen del documento y Prefacio
Julio de 1988: Todo esto, recogido conjuntamente y el XXXII Prefacio transmitido a los miembros de la Comisión, fue sometido a su juicio y examen. -
1988: Votación del Código
3 al 14 de noviembre de 1988: En la asamblea plenaria de los miembros de la Comisión discutió y realizó la votación definitiva del Código. -
1989: Código de Cánones de las Iglesias orientales.
28 de enero de 1989: El esquema novísimo, enmendado según los deseos de los miembros de la Comisión y adornado con el título de «Código de Cánones de las Iglesias Orientales», fue entregado al Sumo Pontífice con el ruego de que fuera promulgado. -
1990:Impresión y Promulgación
1 de octubre: El Sumo Pontífice mandó imprimirlo
18 de octubre: El Sumo Pontífice decretó la promulgación del nuevo código. -
1993: Directorio de los Principios
1993: Directorio para la aplicación de los principios y las normas sobre el ecumenismo, publicado por el Consejo Pontificio para la Promoción de la Unidad de los Cristianos. -
1995: Que todos sean Uno
1995: Juan Pablo II publica la Carta encíclica Ut unum sínt y la Carta apostólica Orientale lumen. -
1996: Aplicación de normas litúrgicas.
1996: Instrucción de la Congregación para las Iglesias orientales acerca de la aplicación de las prescripciones litúrgicas del Código.