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Constitución 29 de abril de 1963
Articulo 123
Juan Bosch y Gaviño; se concibió una nación fundamentada en el trabajo promoviendo la eliminación de los obstáculos para una efectiva participación de los trabajadores en la organización política, económica y social del país; se prohibía la existencia de más de un sindicato por industria o establecimiento comercial y más de una confederación a nivel nacional. -
Constitución 28 de noviembre 1966
Articulo 49
Joaquín Balaguer Ricardo; se estableció la reelección ilimitada; se instauró la deportación de dominicanos que había sido prohibida en la Constitución de 1963; se concedió atribución a las Fuerzas Armadas para garantizar el orden público; se concedió poderes ilimitados al Presidente para designar y destituir a los funcionarios y empleados públicos de todo el escalafón gubernamental. -
Constitución 14 de agosto 1994
Articulo 49
Joaquín Balaguer Ricardo; Acuerdo de Santo Domingo; reducción del período presidencial actual a dos (2) años; prohibición de la reelección presidencial inmediata; separación del período presidencial de la elección de autoridades congresuales y municipales con un intervalo de dos años; creación de los colegios electorales cerrados. -
Constitución 25 de julio 2002
Articulo 49
Hipólito Mejía Domínguez, se restableció la reelección que había sido prohibida en la Constitución de 1994. -
Constitución 26 enero 2010
Articulo 124
Leonel Fernández Reyna; se prohibió la reelección, se instituyó el Tribunal Constitucional, el Superior Electoral y el Defensor del Pueblo; se introdujeron nuevos derechos sociales, económicos, culturales y colectivos, tales como los medioambientales; se introdujo el referéndum como mecanismo de expresión directa de la voluntad del pueblo. -
Constitución 15 de julio 2015
Articulo 124
Danilo Medina Sánchez; se reformó el artículo 124 para permitir la reelección añadiendo el nunca jamás.