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Antecedentes coloniales
Durante la época de la dominación española en nuestro territorio se aplicaron las Leyes de Indias (normas creadas especialmente para las colonias americanas) y supletoriamente las Leyes de Castilla. -
Creacion consulado de Buenos Aires
Este organismo actuaba como tribunal en asuntos mercantiles y seguía la tendencia
continental europea de separar la jurisdicción civil de la mercantil.
Cumplía una doble función: judicial y administrativa. Se ocupaba de los juicios mercantiles y de los problemas de policía del comercio y establecía el orden de prelación de las normas aplicables: Ordenanzas de Bilbao, Leyes de Indias y por último
las Ordenanzas Reales de Castilla -
Antecedentes anteriores a la codificacion
Producida la Revolución de 1810, cabe señalar los siguientes antecedentes: -
Creación por la Asamblea del Año 1813 de la matrícula para comerciantes Nacionales
normas sobre las consignaciones y el nombramiento de contadores peritos en los litigios comerciales. -
Se creó la Bolsa Mercantil
que se instaló en 1822 y funcionó por breve
lapso y se dictó la Ley reglamentaria de corredores y martilleros. -
Por inspiración de Rivadavia, se dictaron tres decretos
sobre actos de
comercio, y sobre causas de comercio y alzada de comercio. -
Por decreto, Rosas suprimió los concursos de acreedores.
Esto fue
derogado en 1858. -
Sanción del Código de Comercio
El Estado de Buenos Aires, segregado de la Confederación, confió al jurista uruguayo asilado en el país, Eduardo Acevedo, la tarea de preparar un proyecto , que contó con la colaboración de Dalmasio Vélez Sarsfield. El proyecto se presentó al poder ejecutivo del Estado en 1857. Luego de varias tentativas para acelerar su consideración legislativa, se obtuvo que se aprobara en 1859, para comenzar a regir, solo en la Provincia
de Buenos Aires, en 1860. -
sancion codigo civil
la creación de este , planteo la necesidad de reformar el Código de Comercio. -
la primera gran reforma del Código de Comercio
modificaciones introducidas fueron: 1) El valor de los usos y
costumbres como fuente de derechos; 2) Se suprimió el requisito de la inscripción en la matrícula para adquirir la calidad de comerciante; 3) cambios
en la reglamentación sobre: corredores, empresas de transporte, bolsas, sociedades, compraventa, fianza, letras de cambio, cheques, derecho marítimo, quiebras; y 4) se ajustaron los contratos de mutuo, depósito y prenda,
quitando el material que se consideraba civil -
Se sanciona el Decreto-Ley 5965/63
incorpora al viejo código de
comercio un nuevo régimen sobre letras de cambio y pagarés. -
Se sanciona la Ley N° 17.418
incorpora al viejo código de comercio un nuevo régimen de seguros -
Se sanciona la Ley 19.550
incorpora al viejo código de comercio
un nuevo régimen sobre sociedades -
Se sanciona la Ley 20.094
incorpora al viejo código de comercio
un nuevo régimen para la navegación y la Ley 20.266 que incorpora un nuevo régimen para los martilleros -
Se sanciona la Ley 24.452
incorpora al viejo código de comercio
un nuevo régimen de cheques y la Ley 24.522 que incorpora un nuevo régimen de concursos y quiebras -
Se sanciona la Ley 26.579
entre otras cosas, modifica la edad
para adquirir la mayoría de edad, pasando de 21 a 18 años. -
Entrada en Vigencia del Nuevo Código Civil y Comercial de la República Argentina
En esta oportunidad, el
código de comercio fue derogado y pasó a regir en el país el Código Civil y Comercial de la Nación. Este código puso fin al proceso de unificación del derecho privado
en argentina. Este código es el que se encuentra vigente en la actualidad en nuestro país y es la principal fuente del derecho comercial en nuestros días.