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20,000 BCE
Época Primitiva
La agrupación como primera "forma" de seguridad.
La solidaridad como "principio" de salud. -
3200 BCE
Egipto
Instituciones de defensa y ayuda mutua que prestaban auxilio en caso de enfermedad, como un servicio de salud pública, financiado con un impuesto especial -
1200 BCE
Babilonia
Se basaba en la protección militar y a sus familias en caso de muerte
Auxilio a los limitados físicos
Erans: Asociaciones de trabajadores con fines de ayuda mutua -
776 BCE
Grecia
La salud se basaba en la protección de los militares; auxilio a los limitados físicos.
Erans: Asociaciones de trabajadores con fines de ayuda mutua -
753 BCE
Roma
La salud como protección a los militares
Los collegia corpora ofice eran asociaciones de artesanos con propósitos mutuos, religiosos y de asistencia a sus colegiados y familia. Era de al menos tres individuos con aportaciones de entrada y posteriormente periódicas, el fin era contribuir para formar el fondo común. -
476
Edad Media
Creación de hospitales y lazaretos
Protección basada en el nivel de indigencia probado
Protección de vejez, fallecimiento, a las viudas y huérfanos, el dote matrimonial, etc.
El fondo común además era engrosado con las multas que la autoridad podía imponer a los cofrades por faltas cometidas contra la asociación -
1520
Renacimiento y Edad Moderna
En Inglaterra se estableció un impuesto obligatorio a nivel nacional para la asistencia parroquial asegurando la responsabilidad comunitaria
Privy Council: eran instituciones dirigidas al alivio y socorro interino de jornaleros, pobres desocupados, enfermos y convalecientes, eran financiadas con limosnas, subvenciones estatales y pagos dominicales.
Creación de las primeras cajas de ahorro -
1521
Época Prehispánica en México
Aztecas
Medicina botánica avanzada
Protección a guerreros que recibían atención médica
Centros para atender ancianos e impedidos (por asuntos políticos/militares)
En tiempos de hambre por epidemias, inundaciones, sequías, etc. los gobernantes repartían abastecimientos y semillas (producto del pago de los pueblos como tributo a la guarda del fruto de las cosechas) -
Revolución Industrial
Al producirse, el trabajador se encontraba en el más absoluto desamparo, pues empleador no se consideraba responsable de solventar los gastos de enfermedad, accidentes de trabajo, etc., dando entonces pie a los sistemas iniciales de protección, respecto a: ahorro, mutualismo, seguro privado, responsabilidad civil, asistencia pública. -
Simón Bolivar
Simón Bolivar: "El sistema de gobierno más perfecto es el que produce mayor suma de felicidad posible, mayor suma de seguridad social y mayor suma de estabilidad política". -
Dirección General de Beneficencia (México)
Benito Juárez decreta su creación para centralizar los servicios hospitalarios para organizar, coordinar y sostener los medios de beneficencia pública, a fin de convertirlo en un servicio público dependiente del Estado. -
Porfiriato (México)
En esta época se fomentó la creación de fundaciones de carácter privado. Tal fue su éxito y el crecimiento de sus Centros Hospitalarios, que para 1885, el Gobierno tuvo que controlarlas a través de Gobernación y en 1889 apareció una Ley que daba personalidad jurídica a las Asociaciones Filantrópicas y en 1904 se dictó la Ley de Beneficencia Privada para el Distrito Federal y Territorios Federales -
Bismarck
Canciller alemán, quien presentó un proyecto aprobado, que protegía al trabajador industrial de forma obligatoria contra riesgos de enfermedad y contingencia de maternidad. Fue el primer régimen de seguridad social, luego se extendió a trabajadores de agricultura (1886) y trabajadores de transporte (1892) -
Teoría del Riesgo
Francia
amparaba a los trabajadores víctimas de accidentes laborales. Luego se desarrolló la teoría del riesgo de autoridad, donde la responsabilidad del empleador se extendía a todos los accidentes laborales -
Constitución de 1917 (México)
Entre los artículos que ratificaron la postura social del Estado Mexicano, está el 123 y su fracción XIX y su posterior reforma de 1929, en la que se previó la necesidad de crear el Seguro Social, siguiendo las tradicionales coberturas de enfermedades y maternidad, riesgos de trabajo, invalidez, vejez, cesantía en edad avanzada y muerte, si bien no fue hasta, diciembre de 1942 cuando se materializó la previsión -
Organización Internacional del Trabajo (OIT)
Declaración XIII del Tratado de Versalles
formula normas internacionales del trabajo, que revisten la forma de convenios y de recomendaciones, por las que se fijan unas condiciones mínimas en materia de derechos laborales fundamentales: libertad sindical, derecho de sindicación, derecho de negociación colectiva, abolición del trabajo forzoso, igualdad de oportunidades y de trato, etc. -
Social Act Security
Promulgada por Franklin D. Roosvelt
Subsidio a desempleados, asistencia a viudas, ancianos e indigentes, seguros de vejez, invalidez y muerte para trabajadores
Primera ley que consagró la seguridad social como sistema de concepción integral -
Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS)
(Presidente Ávila Camacho)
Por las cuestiones laborales ya se habían previas manifestaciones, cuando se anunció la creación de la Secretaria del Trabajo y Previsión Social. Atendiendo a la tónica del momento, su función inicial fue limar asperezas y procurar la conciliación obrero-patronal.
Su finalidad era garantizar el derecho humano de la salud, asistencia médica, protección de medios de subsistencia y servicios sociales necesarios para el bienestar individual y colectivo -
Declaración Universal de los Derechos Humanos
Artículos 22 y 25 enfocados en seguridad social; hablan de que mediante esfuerzo nacional y cooperación internacional, toda persona tiene derecho a la seguridad social, que debe obtener la satisfacción de derechos económicos, sociales y culturales. Hablan también de salud, bienestar para el individuo y su familia, derecho a seguros, derechos de maternidad, etc. -
Norma Mínima de Seguridad Social
Convenio 102 de la OIT
Como consecuencia de la Carta de Libertad Europea
Recoge los objetivos de la Declaración de Filadelfia, de acción protectora integral a los que pueden acogerse todos los países