Actividad Obligatoria Nº 2

  • 1794

    Creación del Consulado de Buenos aires.
    Se incorporaron las normas de las ordenanzas de Bilbao.
  • 1813

    Creación de la matrícula para comerciantes nacionales, normas sobre las consignas y el nombramiento de contadores peritos en los litigios comerciales
  • 1821

    Se creó la bolsa mercantil que se instaló en 1822 y funcionó por breve lapso y se dictó la ley reglamentaria de corredores y martilleros.
  • 1822

    Por inspiración de Rivadavia se dictaron decretos: Sobre actos de comercio, sobre causas de comercio y alzada de comercio.
  • 1836

    Por decreto, Rosas suprimió los concursos de los acreedores
  • 1859

    El régimen jurídico implementado por el consulado se aplicó sin grandes cambios hasta ésta fecha.
  • 1862

    Se adoptó para toda la Nación el código de comercio que hasta dicho momento regía en la provincia de Buenos Aires.
  • 1869

    Se sancionó el código civil. Lo que planteó la necesidad de reformar el código de comercio.
  • 1889

    Se produce la primera reforma del código de comercio.
  • 1963

    Se sanciona el decreto-ley Nº 5965/63 que incorpora al viejo código de comercio un nuevo régimen sobre letras de cambio y pagarés.
  • 1967

    Se sanciona la ley Nº 17.418 que incorpora el viejo código de comercio un nuevo régimen de seguros.
  • 1972

    Se sanciona la ley Nº 19.550 que incorporará al viejo código de comercio un nuevo régimen sobre sociedades.
  • 1973

    Se sanciona la ley Nº 20.094 que incorporará al viejo código de comercio para la navegación y la ley 20.266 que incorporará un nuevo régimen para los martilleros.
  • 1995

    Se sanciona la ley Nº 24.452 que incorpora al viejo código de comercio un nuevo régimen de cheques y la ley 24.522 que incorpora un nuevo régimen de concursos y quiebras.
  • 2009

    Se sanciona la ley Nº 26.579 que, entre otras cosas, modifica la edad para adquirir la mayoría de edad, pasando de 21 a 18 años.
  • 2015

    El código de comercio fue derogado y pasó a regir en el país el código civil y comercial de la Nación.
  • Actualidad

    En la actualidad, este código civil y comercial de la Nación no dedica ningún capítulo a la materia “comercial” ni “empresarios” o “empresas”. Tampoco hace referencia a ningún acto de comercio y desaparece la diferencia entre contratos civiles y fiscales.