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Tribual Fiscal la Federación
Entro en vigor la ley de justicia fiscal y con ella inicia las actividades del entonces Tribunal fiscal de la federación.
El tribunal estaba integrado por 15 magistrados que podrían actuar en pleno o atreves de cinco salas. las cuales estaban formadas por tres magistrados cada una. su competencia era estrictamente fiscal -
Código Fiscal de la Federación
un año después de haber entrado en vigor la Ley de Justicia Fiscal fue derogada por el Código Fiscal de la Federación, conservando igual competencia para el Tribunal -
Ley de Depuración de Créditos
La Ley de Depuración de Créditos otorga competencia para conocer de esta en materia a cargo del gobierno federal -
Creación de dos Salas más en el TFJA
Se crean dos salas mas, que aumenta el numero de magistrados a veintiuno. -
Nueva Ley Orgánica del Tribunal Fiscal de la Federación
Se expide una nueva Ley Orgánica del Tribunal Fiscal de la Federación, en el que se previeron los aspectos orgánicos del propio Tribunal, incrementándose a veintidós magistrados, integrando las siete salas que ya existían, mas el presidente que no integraría sala.
Se introduce el concepto de Organismos Fiscales autónomos y se otorga el Tribunal facultades para conocer los juicios de lesividad. -
Ley Orgánica del Tribunal Fiscal de la Federación 1978
A la anterior la sustituye una nueva que se expide con el mismo nombre en el año de 1978 en la que se prevé la Regionalización del Tribunal, creándose las Salas Regionales y la Sala Superior así mismo se prevé el recurso de revisión, con el que se otorga a la Sala Superior facultades para revisar las sentencias dictadas por las Salas Regionales. -
Nuevo Código Fiscal
Cuando se expide el nuevo Código Fiscal posteriormente se incluye en este ordenamiento las disposiciones relativas a la queja, para lograr el adecuado cumplimiento de las sentencias. -
Código Fiscal y la Ley Orgánica del Tribunal modificados
Se modifica el Código Fiscal y la Ley Orgánica del Tribunal, con el objetivo de promover la simplificación administrativa y se suprime la competencia que hasta ese entonces otorgaba la ley para quela sala Superior revisara las resoluciones de las Salas Regionales a través del recurso de revisión. -
Ley Orgánica del Tribunal Fiscal de la Federación
Entra en vigor la Ley Orgánica del Tribunal Fiscal de la Federación, conservando su nombre y competencia, pero modificando su integración de la Sala Superior de nueve magistrados once, así como su forma de operación a través de pleno o secciones. Estos últimos conforme a la ley son dos y se integran cada una con cinco magistrados. -
Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa
El Congreso de la Unión aprueba el cambio de nombre de la Ley Orgánica así como el del Tribunal, quedando como Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, con competencia para conocer de los juicios que se promuevan contra resoluciones dictadas por autoridades que pongan fin a un procedimiento Administrativo. -
Reformas (Diario Oficial de la Federación del 31 de diciembre de 2000).
Las reformas a la Ley Orgánica del Tribunal Fiscal de la Federación y al Código Fiscal de la Federación:
Cambio de nombre del Procedimiento Contencioso Administrativo, por el de Juicio Contencioso Administrativo; Que el actor debe señalar domicilio para oír y recibir notificaciones en la jurisdicción de la sala regional ; Se establece como facultad de las salas y a petición de parte, el otorgamiento de la suspensión de la ejecución del acto impugnado. -
Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa
Cambio de nombre del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, por Tribunal Federal de Justicia Administrativa, así como la Ley Orgánica del Tribunal de Justicia Administrativa, así mismo conocerá de los juicios promovidos contra las resoluciones definitivas; actos administrativos; de las responsabilidades de los servidores públicos, contará con salas especializadas para atención a responsabilidades administrativas -
Tribual Federal de Justicia Administrativa
El Tribunal tendrá: Magistrados de Sala Superior y de Sala Ordinaria; Secretarios Generales de Acuerdos; Secretario General de Compilación y Difusión; Titular de la Secretaria General de Atención Ciudadana; Director General de Administración; Secretarios de Estudio y Cuenta de la Sala Superior; Secretarios de Acuerdos de Salas Ordinarias; Actuarios; Oficiales Jurisdiccionales; Titular del Órgano Interno de Control; Director del Instituto de Especialización en Justicia Administrativa