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artículo 6
La manifestación de las ideas no será objeto de ninguna inquisición judicial o administrativa, sino en el caso de que ataque a la moral, la vida privada o los derechos de terceros, provoque algún delito, o
perturbe el orden público; el derecho de réplica será ejercido en los términos dispuestos por la ley. El derecho a la información será garantizado por el Estado(http://www.ordenjuridico.gob.mx/Constitucion/articulos/6.pdf) -
reforma 1977
inician las propuestas parlamentarias para que se considere un derecho el acceso a la información producida y controlada por los actores públicos -
apertura electoral
en las mismas reformas del 77 y hasta el 85 se fue consolidando una puerta de acceso a la minoría, o a la oposición del gobierno en turno. Con las reformas se instaló la Ley Federal de organizaciones políticas y procedimientos electorales. Fue entonces que se sumaron a la cámara de diputados otras expresiones, quienes buscarían que se abriera e hiciera pública la información de los recursos nacionalices. (visto en Huerta Cuevas Enrique2012.imagenrecuperada en http://slideplayer.es/slide/140 -
creación del IFE
Como resultado de las Reformas realizadas a la Constitución en materia electoral, el Congreso de la Unión expidió el Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales (COFIPE) y ordena la creación del Instituto Federal Electoral (IFE), a fin de contar con una institución imparcial que dé certeza,www.ine.mx/archivos3/portal/.../menuitem.cdd858023b32d5b7787e6910d08600a0/ -
transición o alternancia
a partir de la transición a la democracia en el año 2000, que se han implementado diseños institucionales, políticas y nuevas prácticas democráticas con miras a la consolidación de un Estado más responsable ante la ciudadanía, es decir, que rinda cuentas.(visto en texto de apoyo UnADM) -
Declaración de Oaxaca
Promulgación de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental (LFTAIP) en el año 2002. -
IFAI
derivado de la promulgación de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental (LFTAIP) tuvo dos componentes fundamentales: 1) El reconocimiento de que los ciudadanos pueden solicitar información al gobierno federal y que éstos deben entregarla, es decir, el reconocimiento legal del DAI y; 2) La construcción de un complejo entramado de instituciones y de procesos para implementar dicho derecho- IFAI(visto en Textod e apoyo UnADM) -
COMAIP
conferencia mexicana para el acceso a la información pública -
adición de siete fracciones al artículo 6°
entre otros importantes puntos destacan:El acceso a la información como un derecho fundamental en México.
La información gubernamental como bien público.
El principio de máxima publicidad de la información gubernamental. -
gobierno abierto
se responsabiliza a la mayoría de actores en diferentes niveles de gobierno. también re transformó el IFAI, dándole autonomía constitucional -
Sistema Nacional de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales
formarán el consejo: INAI,ASF,AGN, INEGI -
plataforma nacional de transparencia
INFOMEX antes, ahora plataforma, los ciudadanos accedemos a solicitar información, y deben respondernos o meteriamos un recurso al INAI -
gobierno electrónico
uso intensivo de las nuevas tecnologías de la información y la comunicación (NTIC) en los asuntos que le competen, tanto en el gobierno como en el conjunto de los servicios públicos que prestan a la sociedad a través de la administración pública y que le allegan legitimidad y razón de ser.(visto en ta del UnADM) imagen vista en http://www.udgvirtual.udg.mx/paakat/index.php/paakat/article/view/253/376