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Paso 1-Publicación
Articulo 2-Ley N°11.687
Para transferir un fondo de comercio, se debe publicar un aviso por 5 dias, en diario de publicaciones legales en el Boletín Oficial y en uno o más diarios del lugar en donde funciona el establecimiento a trasnferir. -
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Paso 2-Nota firmada
El articulo 3 de la Ley 11.687.
Quien quiera transferir un fondo de comercio debe entregar una nota firmada que contenga:
-detalle de créditos adeudados.
-Nombre y domicilio de los acreedores.
-Monto de créditos adeudados.
-Fecha de vecimiento. -
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Paso 3-Oposiciones
Artículo 4-Ley N° 11.687
Los acreedores tendran 10 días para notificar su oposición a la operación de transferencia al comprador ,en el domicilio denunciado en la publicación, al rematador o escribano que intervenga en el acto.El comprador, cuando recibe la notificación, esta obligado a retener el importe de su credito y a depositar ese monto en cuenta judicial, en banco q corresponda. -
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Paso 4-Embargo
Articulo 5-Ley 11.687
El acreedor que hubiera opuesto, tendra 20 días para trabar embargo judicial, si no lo hace en ese tiempo estipulado, el depositante podrá retirar las sumas depositadas en su cuenta. -
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Paso 5-Otorgamiento del Documento de Transferencia.
Este documento solo podrá firmarse despues de transcurrido 10 días desde la última publicación realizada y siempre que no exista oposición por parte de acreedores, o en el caso que existiera oposición, se hubiesen realizado las retenciones y depósitos correspondientes.