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1 CE
Publicación del Aviso (Artículo 2)
Día 1 al Día 5: Publicar un aviso durante cinco días seguidos en el Boletín Oficial y en uno o más periódicos locales donde opera el establecimiento a transferir. -
2
Entrega de Información al Comprador (Artículo 3)
Antes de la transferencia: Entregar al posible comprador una nota firmada que incluya el detalle de los créditos adeudados, nombre y domicilio de los acreedores, monto de los créditos adeudados y fechas de vencimiento. -
3
Oposición de Acreedores (Artículo 4)
Día 6 al Día 15: A partir de la última publicación, los acreedores tienen 10 días para notificar su oposición a la transferencia. -
4
Traba de Embargo Judicial (Artículo 5)
Día 16 al Día 35: Desde la notificación de la oposición, el acreedor tiene 20 días para solicitar un embargo judicial. -
5
Otorgamiento del Documento de Transferencia (Artículo 4)
Día 16 en adelante: Después de 10 días desde la última publicación y si no hay oposición de acreedores, se puede firmar el documento de transmisión. -
6
Inscripción en el Registro Público
Dentro de los 10 días posteriores al otorgamiento: Inscribir el documento de transferencia en el Registro Público para que tenga efectos frente a terceros.