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1 CE
ARTICULO 2 - PUBLICACIÓN
Publicar un aviso por 5 días en el diario oficial y en uno o más diarios locales. -
2
ARTICULO 3 - INFORMACIÓN AL COMPRADOR
Entregar al comprador una nota firmada con detalles de los créditos adeudados, acreedores, montos y fechas de vencimiento. -
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ARTÍCULO 4 - OPOSICIONES DE LOS ACREEDORES
Los acreedores tienen 10 días para notificar cualquier oposición a la transferencia -
4
ARICULO 5 - EMBARGO DE ACREEDORES
Los acreedores tienen 20 días desde la notificación de oposición para trabar embargo judicial -
5
ARICULO 6 - FIRMA DE DOCUMENTO DE TRANSFERENCIA
Pasados 10 días de la última publicación y resueltas las oposiciones, se firma el documento de transferencia. -
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INSCRIPCIÓN DEL DOCUMENTO EN EL REGISTRO PUBLICO
El documento debe inscribirse en el Registro Público dentro de los 10 días posteriores a su otorgamiento