-
Period: to
Dia 1 a 5: publicación del aviso
el que desee transferir un fondo de comercio primero debe publicar un aviso en el Boletín Oficial y un periódico del lugar -
Period: to
Dia 1 a 10: plazo de notificación a oposición de transferencia
Desde la última publicación realizada, los acreedores tendrán 10 días para notificar su oposición a la operación de transferencia -
Entrega de Nota firmada
Quien desee transferir un fondo de comercio deberá, previamente, entregar al presunto comprador una nota firmada que contenga, al menos, la siguiente información:
Detalle de los créditos adeudados.
Nombre y domicilio de los acreedores.
Monto de los créditos adeudados.
Fechas de vencimiento (si las hay). -
Dia 5: ocurre la oposición a la transferencia (ejemplo)
-
Period: to
Dia 5 a 25: plazo para trabar embargo judicial
-
Dia 11: podrá firmarse Documento de Transmisión
siempre y cuando no exista oposición de parte de los acreedores y/o, siempre y cuando, existiendo oposición, se hubieran realizado las correspondientes retenciones y depósitos. -
Period: to
Dia 11 a 21: inscripción en Registro Publico en caso de que no haya oposición
-
Dia 26: retiro de suma depositada
Si el acreedor no trabase el embargo judicial en el plazo indicado, transcurrido el plazo de 20 días, el depositante podrá retirar las sumas depositadas en la cuenta -
Period: to
Dia 26 al 4: inscripción en Registro Publico en caso de que exista oposición