-
Period: to
Luego de la última Publicacion
10 dias para:
1- Sin oposición de acreedores y/o, siempre y cuando, existiendo oposición, se realizaron las retenciones y depósitos, se procede a firmar el documento de transmisión; o
2- Los acreedores podrán notificar su oposición a la operación de transferencia, notificacion que cursa al presunto comprador en el domicilio de la publicación reclamando la retencion de su credito y deposito en banco. El comprador, recibida la notificacion, debe retener el credito y depositar en cuenta judicial -
Entregar al presunto comprador nota firmada con datos
Quien desee transferir debera entregar al presunto comprador, una nota firmada con al menos estos datos:
. Detalle de los creditos adeudados
. Nombre y domicilio de los acreedores
. Monto de los creditos adeudados
. Fechas de vencimiento (si las hay) -
Period: to
Quien desee transferir un fondo de comercio deberá publicar un aviso por 5 dias en el Boletin Oficial y algun periodico de la localidad donde se encuentre el establecimiento
En este anuncio debera indicar al menos:
1- Clase y Ubicacion del Negocio
2- Nombre y domicilio del Vendedor Y Comprador
3- Nombre y domicilio del rematador y del escribano, si estos intervienen -
Period: to
Si se firmó el documento de Transferencia
Para producir efectos frente a terceros deberá:
1-Extenderse por escrito; y
2- Inscribirse en el Regitro Público, dentro de los 10 dias de su otorgamiento. -
Period: to
si hubo oposicion a la transferencia
Desde la notificacion a la oposicion, el acreedor que se hubiera opuesto, tendrá 20 dias para trabar embargo judicial. -
Acreedor no traba embargo en plazo indicado
transcurrido los 20 dias, el depositante podrá retirar las sumas depositadas en la cuenta