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TRANSFERENCIA DE FONDO DE COMERCIO

  • 1 CE

    Publicación en el boletín oficial

    Previamente a la transferencia de un fondo de comercio se deberá publicar un aviso por 5 días en el Boletín Oficial, y en uno de los diarios del lugar donde funciona el establecimiento que se pretende transferir. El anuncio debe incluir:
    - clase y ubicación del negocio
    - nombre y domicilio del vendedor y comprador
    - nombre y domicilio del rematador y del escribano (si intervienen)
  • 2

    Nota firmada del vendedor

    El vendedor debe entregar previamente una nota firmada al presunto comprador, que contenga:
    - detalle de los créditos adeudados
    - nombre y domicilio de los acreedores
    - monto de los créditos adeudados
    - fecha de vencimiento (si hay)
  • 3

    Presentación de oposiciones

    Los acreedores tendrán 10 días desde la ultima publicación en el Boletín Oficial para oponerse a la transferencia, dicha notificación debe realizarse en el domicilio del presunto comprador , o bien, al rematador o escribano interviniente.
    Recibida la notificación el comprador debe retener el importe que le corresponde y depositar el monto en una cuenta judicial, en el banco correspondiente.
  • Period: 3 to 5

    OPOSICIONES

  • 4

    Embargo

    Desde la notificación de la oposición, el acreedor interesado tiene 20 días para trabar el embargo judicial. transcurrido el plazo, el depositante podrá retirar el monto depositado en la cuenta judicial.
  • 5

    Documento de Transferencia

    Transcurridos 10 días desde la ultima notificación en el Boletín Oficial, el documento de transmisión podrá firmarse (siempre que no existan oposiciones o de haber existido, ya se hayan realizado las correspondientes retenciones y depósitos).
    Para que produzca efectos frente a terceros, el documento de transferencia debe:
    - ser escrito
    - inscribirse en el Registro Publico