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- Incorporación de Normas de las Ordenanzas de Bilbao de 1737. Regulaban comercio terrestre y marítimo.
- Actuaba de tribunal en asuntos mercantiles y separaba la jurisdicción civil de la mercantil.
- Cumplía una doble función: Judicial y Administrativa.
- Establecía orden de prelación de las normas que se aplicaban: Ordenanzas de Bilbao, Leyes de India y ultimo las Ordenanzas Reales de Castilla.
- El régimen jurídico implementado se aplicó hasta 1859 sin grandes cambios.
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- Normas sobre las consignaciones.
- Nombramiento de contadores peritos en los litigios comerciales.
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- Funciono por breve lapso.
- Se dictó Ley reglamentaria de corredores y Martilleros.
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- Sobre Actos de Comercio.
- Sobre Causas de Comercio.
- Sobre Alzada de Comercio.
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- Suprimió los concursos de acreedores.
- Fué derogado en 1858.
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- Estuvo vigente hasta 2015.
- Por medio de la sanción de la Ley 15 del año 1862 se adopta para toda Nación Argentina el Código de Comercio que hasta ese momento regía solo en la Provincia de Buenos Aires desde 1860.
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- Esto originó el primer planteo de reforma del Código de Comercio.
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Principales modificaciones introducidas, por la Sanción del Código Civil:
- Valor de usos y costumbres como fuentes de derechos.
- Se suprime requisito inscripción en matricula para comerciantes.
- Cambios en la Reglamentación de:
* Corredores.
* Empresas de Transporte.
* Bolsas.
* Sociedades.
* Compraventa.
* Fianza.
* Letras de Cambio.
* Cheques.
* Derecho Marítimo.
* Quiebras.
- Se ajustaron los Contratos de Mutuo, Deposito y Prenda, sacando lo considerado como materia del Derecho Civil. -
Por Decreto-Ley Nº 5.965 se incorpora nuevo régimen sobre Letras de Cambio y Pagarés.
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Por Ley Nº 17.418 se incorpora nuevo régimen de Seguros.
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Por Ley Nº 19.550 se incorpora nuevo régimen sobre Sociedades.
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- Por Ley Nº 20.094 se incorpora nuevo régimen para la Navegación.
- Por Ley Nº 20.266 se incorpora nuevo régimen para los Martilleros.
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- Por Ley Nº 24.452 se incorpora nuevo régimen de Cheques.
- Por Ley Nº 24.522 se incorpora nuevo régimen de Concursos y Quiebras.
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Por Ley Nº 26.579 se modifica, entre otras cosas, la edad para Adquirir Mayoría de Edad, pasando de 21 a 18 años.
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- Se produce la otra gran reforma del Código de Comercio, con la entrada en vigencia a partir del 01/08/2015.
- Es la Reforma mas importantes hasta nuestros días.
- Se deroga el anterior Código de Comercio vigente desde 1862.
- Puso fin al proceso de unificación del Derecho Privado.
- Vigente en la actualidad, es la principal fuente del Derecho Comercial.
- Considera a las "Personas" en forma unificada. Las clasifica en "Humanas" y "Jurídicas", sin diferenciar entre "Comerciales" y " Civiles".
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