REVISORIA FISCAL EN COLOMBIA

  • la ley 57 de 1887

    Este artículo facultaba al Gobierno, respecto de las sociedades anónimas, para nombrar un Comisario, pagado por las compañías
  • Junta de Vigilancia Obligatoria

    Debía estar compuesta por lo menos por cinco accionistas, a la cual correspondía
    *Examinar si la sociedad había sido legalmente constituida
    *Inspeccionar los libros
    *Comprobar la existencia de los valores sociales en caja, en documentos o en cualquier otra forma
    *Presentar a fin de cada año a la asamblea una memoria acerca de los inventarios y de las proposiciones que hiciera el gerente para la distribución de dividendos.
  • Lley 27 de 1888

    Fue derogado por la ley 27 de 1888
  • ley 58 de 1931

    Esta ley estableció normas sobre el revisor fiscal de las sociedades anónimas.
    Así, en su artículo 26, estipuló que dicho funcionario no podía ser accionista de la respectiva compañía, ni ser pariente del gerente, el cajero o el contador de la misma. De otro lado, en el artículo 41, consagró la responsabilidad solidaria de los administradores y el revisor fiscal por los daños que causaren a los socios y acreedores de la sociedad, al faltar a sus deberes
  • ley 73

    El revisor fiscal se convirtió en obligatorio para todas las sociedades anónimas. En los artículos 6º y 7º de dicha ley se fijaron sus funciones y estableció lamforma de elegirlo.
  • Deberes del Revisor Fiscal

    *Examinar todas las operaciones, inventarios, actas, libros, correspondencia y negocios de la compañía, sus comprobantes de cuentas, sus balances y “demás cuentas”
    *Autorizar con su firma los balances mensuales y semestrales de la sociedad.

    *Cerciorarse del cumplimiento de los estatutos, de las disposiciones de la asamblea y de la junta directiva.
    *Denunciar oportunamente las irregularidades que notara en los actos de la sociedad.
  • Decreto 1946

    Se ordenó a las Cámaras de Comercio abstenerse de practicar o renovar la inscripción de las sociedades anónimas cuando la compañía no tuviese revisor fiscal
  • Entra en vigencia La ley 58 de 1931

    Entra en vigencia La ley 58 de 1931
  • Superintendencia de Sociedades Anónima

    Exigió que los balances que se le enviaran fueran suscritos por las firmas autógrafas del gerente, el secretario, el revisor fiscal y el contador de la sociedad, norma que debe considerarse como antecedente de la figura de estados financieros certificados que hoy consagran nuestras leyes.
  • Se exige firma del revisor fiscal en los balances

    La Superintendencia de Sociedades Anónimas, mediante su resolución 204, ordenó que la firma del revisor fiscal en los balances de las sociedades anónimas debía precederse de la declaración de que ellos estaban fielmente tomados de los libros y que las operaciones se habían efectuado conforme a la ley, los estatutos y las disposiciones de la asamblea y de la junta.
  • decreto 1357 de 1941

    El Gobierno Nacional aprobó el reglamento de la institución de contadores juramentados cuya organización autorizó la ley 58 de 1931
  • Se derrogo el decreto 1357 de 1941

    El decreto en cuestión representa el primer intento de regulación legal sobre la profesión contable colombiana. Su vigencia fue corta, debido a que el 27 de marzo de 1943 la Corte Suprema de Justicia declaró inconstitucional la norma en que se basó su expedición.
  • Decreto 2373 de 1956

    *El Gobierno Nacional reguló la profesión de contador juramentado. En él se distinguía entre contadores inscritos y contadores públicos. Este último fue facultado para imprimir fe pública.
    *Por primera vez se exigió que los revisores fiscales obligatorios fuesen contadores, razón por la cual el régimen de dicho funcionario vino a quedar adicionado con las disposiciones de la citada profesión
  • La ley 145 de 1960

    Se derogó el decreto 2373 de 1956.
    Suprimió las categorías de contador inscrito y contador público. Desde esa fecha todos los contadores lo son públicos.
    Estableció que la dependencia laboral inhabilitaba al contador público para dar fe pública, salvo en el caso de los revisores fiscales
  • Decreto 2368 de 1960

    Se exigió a las sociedades administradoras de inversión someter las cuentas de los fondos por ellas administrados a la revisión de contadores o de firmas u organizaciones profesionales independientes.
  • Decreto 1651 de 1961

    Se consagró la pena de cancelación de la inscripción profesional de los contadores públicos, incluyendo entonces a los revisores fiscales obligatorios, que autorizaran o intervinieran en la elaboración de declaraciones de renta inexactas, que sería impuesta por la Junta Central de Contadores
  • Decreto ley 410 de 1971

    entró en vigencia el decreto mediante el cual se adoptó un nuevo código de comercio, que reguló íntegramente la materia, derogándose, en consecuencia todas las disposiciones anteriores sobre las sociedades comerciales,
  • Decreto ley 410 de 1971

    Este código impuso la revisoría fiscal obligatoria solamente a las sociedades por acciones y a las sucursales de sociedades extranjeras o la vinculación con las subordinadas.
    Dispuso que el período fuese igual al de la junta directiva. Actualizó las funciones del revisor fiscal consagrando la colaboración con el Estado, la facultad de impartir instrucciones en materia contable y de control sobre los bienes,
  • El decreto 2073 de 1973

    El decreto 2073 de 1973 reguló la presencia de la revisoría fiscal al interior de las empresas comunitarias.
  • El decreto 2815 de 1974

    Consagró la responsabilidad del revisor fiscal, solidaria con los administradores y contadores, por los mayores valores que en materia del impuesto sobre las ventas estableciera la Autoridad Tributaria.
    la Sala de Consulta y Servicio Civil del Consejo de Estado conceptuó que si un balance certificado era firmado por un revisor fiscal que fuese contador público no sería necesaria la firma del contador que los hubiese preparado.
  • El decreto 1520 de 1978

    Dispuso que en los estatutos de las Cámaras de Comercio se regule la revisoría fiscal.
  • El decreto 80 de 1980

    Exigió que las instituciones de educación post-secundaria consagraran en sus estatutos la figura del revisor fiscal, sometido a los requisitos previstos para las sociedades anónimas.
  • El decreto 2463 de 1981

    Se estableció un régimen de inhabilidades especial para los revisores fiscales de las Cajas de Compensación Familiar.
  • La ley 21 de 1982

    Se estableció un régimen propio de funciones para los revisores fiscales de las Cajas de Compensación Familiar.
  • La ley 23 de 1982

    Se exigió la presencia de un fiscal en las asociaciones de autores.
  • El decreto 2920 de 1982

    Este decreto modificó el régimen sancionatorio en materia contravencional aplicable por la Superintendencia Bancaria y decidió indexar el monto de las multas que dicha entidad puede imponer. Estas sanciones podían aplicarse a los revisores fiscales
  • El decreto 3541 de 1983

    Confirmó la obligación de los revisores fiscales de certificar los pagos
    bimestrales del impuesto a las ventas.
  • La ley 9ª de 1983

    Reformó las sanciones a imponer a los contadores en caso de inexactitud en las declaraciones tributarias.
    Fijó un límite de materialidad equivalente al 20%, en todo caso no inferior a una suma fija.
    Estableció que primero se suspendería por un año la facultad de firmar declaraciones, hasta dos años en la segunda oportunidad y definitivamente en la tercera oportunidad.
  • El decreto 3410 de 1983

    Exigió la firma del revisor fiscal en la declaración de renta y
    complementarios.
    Dispuso que tal firma reemplazara la obligación de enviar ciertas pruebas, anexos y
    certificados a la Administración Tributaria. Reguló la expresión de salvedades del revisor fiscal en
    estas materias.
  • El decreto 3116 de 1984

    Se estableció que los fiscales de las asociaciones de autores serían
    contadores públicos elegidos para períodos de dos años.
  • La ley 55 de 1985

    Estableció que la firma del revisor fiscal reemplazaría adicionalmente el envío de las relaciones y anexos sobre los costos y gastos laborales y certificaría que se hubiesen practicado la totalidad de las retenciones en la fuente ordenadas por las leyes.
  • El decreto 2503 de 1987

    Exigió la firma del revisor fiscal en las declaraciones de renta, de
    ingresos y patrimonio, de ventas y de retenciones en la fuente y estableció que su falta daría lugar
    a considerar no presentadas tales declaraciones. Integró en un solo texto las distintas normas sobre
    el contenido y alcance de tal firma para efectos tributarios.
  • La ley 79 de 1988,

    Se remplaza la figura de auditor, dispuso la obligatoriedad de la revisoría fiscal en todas las entidades cooperativas. Simultáneamente mantuvo las juntas de vigilancia.
    Facultó al Departamento Administrativo Nacional de Cooperativas para admitir casos de excepción y para autorizar a organismos de segundo grado, instituciones auxiliares y cooperativas de trabajo asociado para prestar los servicios de revisoría.
  • 1989

    El decreto 1333 normatizó la revisoría fiscal de las precooperativas.
    El decreto 1481 se ocupa de los revisores fiscales de los fondos de empleados.
    El decreto 1482 dictó normas sobre los revisores fiscales de las administraciones públicas cooperativas.
    La resolución 2053 la Superintendencia Bancaria adicionó el dictamen de los revisores fiscales con un pronunciamiento expreso sobre el cumplimiento de las normas sobre evaluación de cartera.
  • El decreto 1529 de 1990

    Se exige que en los estatutos de las asociaciones, fundaciones e
    instituciones de utilidad común se contemple la revisoría fiscal y que, en las dos últimas entidades
    citadas, sea contador público.
  • La ley 43 de 1990

    Reformó el estatuto de la profesión contable. Mantuvo al revisor fiscal excluido de los casos en que la dependencia laboral impide dar fe pública. Catalogó la revisoría fiscal como una actividad relacionada con la ciencia contable en general.
    Dispuso que los contadores deban observar las normas de auditoría de general aceptación. Ordenó la elaboración de papeles de trabajo y su conservación por cinco años.
    Estableció un código de ética.
  • La ley 45 de 1990

    Se exige la presencia de revisor fiscal en cualquier institución vigilada por la
    Superintendencia Bancaria o la Superintendencia de Valores. Consagró que su elección
    corresponde al Ministro de Hacienda y Crédito Público en las entidades estatales en las cuales la
    junta directiva cumpla las funciones de asamblea.
  • La ley 42 de 1993

    Eliminó la intervención de la Contraloría General de la República en la elección de los revisores fiscales de las entidades del Estado, pero lo obligó a remitirle los correspondientes informes a la asamblea con antelación de 10 días a la fecha de sus reuniones y a presentarle las demás informes que le solicite.
  • La ley 100 de 1993

    Hizo obligatoria la revisoría fiscal para todas las entidades promotoras de salud y las instituciones prestadoras de servicios de salud. Los revisores están obligados a posesionarse y deberán contar con un presupuesto. La Superintendencia de Salud goza de un régimen propio en materia contravencional.
  • Pronunciamiento sobre Revisoría Fiscal.

    Se definió como “un órgano de fiscalización que, en interés de la comunidad, bajo la dirección y responsabilidad del revisor fiscal y con sujeción a las normas de auditoría generalmente aceptadas, le corresponde dictaminar los estados financieros y revisar y evaluar sistemáticamente los componentes y elementos que integran el control interno, en forma oportuna e independiente en los términos que señala la ley, los estatutos y los pronunciamientos profesionales.”.
  • 1994

    La ley 132 dispuso que los revisores fiscales de los fondos ganaderos tendrán un período de 2 años y no podrán ser reelegidos en más de tres oportunidades.
    La ley 142 , en adición a la revisoría fiscal, exigió a las empresas de servicios públicos contratar una auditoría externa de gestión y de resultados.
  • La ley 190 de 1995

    Se obliga a los revisores fiscales de los contratistas del Estado a velar porque durante los procesos de contratación no ocurran desembolsos en favor de funcionarios oficiales. Esta misma ley lo sanciona penalmente si usa indebidamente información privilegiada o comete receptación, legalización u ocultamiento de bienes provenientes de actividades ilegales.
  • La ley 222 de 1995

    Reguló la figura de estados financieros dictaminados y estableció su autenticidad, contempla la publicidad de sus dictámenes u opiniones, consagra el deber de indemnizar los perjuicios derivados de la ausencia de estados financieros, esclarece la responsabilidad penal, extiende el derecho de inspección de los socios a los dictámenes e informes del revisor fiscal
  • La ley 223 de 1995

    La inscripción del nombramiento de un revisor fiscal en la Cámara de Comercio causa impuesto de registro y anotación, entre dos y cuatro salarios mínimos diarios legales, según lo determine la respectiva asamblea departamental.