Revisión Histórica del Sistema Constitucional Mexicano

  • Las siete leyes de 1836

    Las siete leyes de 1836
    -Régimen centralista
    -Tendencia conservadora
    -4 poderes (ejecutivo, legislativo, judicial, Supremo Poder Conservador)
    -Se cierra la corte suprema y se da privilegio al poder Ejecutivo
    -Derechos de los ciudadanos
    -Para ser considerado ciudadano y tener derecho a voto. Se debía saber leer y escribir, y debía tener un ingreso mínimo.
    -Altera la división territorial
  • Acta constitutiva y reformas de 1847

    Acta constitutiva y reformas de 1847
    -México se considera una República Federal y Representativa
    - Es considerado ciudadano, toda persona mayor de 20 años que tenga modo honesto de vivir.
    - Se fijan garantías de libertad, seguridad, propiedad e
    igualdad.
    -Se elimina el cargo de vicepresidente
    -Los tribunales de la Federación ampararán a cualquiera
    habitante del abuso de los tres poderes.
  • Constitución Federal de los Estados Unidos Mexicanos de 1857

    Constitución Federal de los Estados Unidos Mexicanos de 1857
    -Nació como consecuencia de la Revolución de Ayutla.
    -Corte liberal y federal
    -Derechos a la libertad de expresión, asociación y portación de armas; reafirma la abolición de la esclavitud y eliminaba la prisión por deudas civiles, las formas crueles de castigo y la pena de muerte.
    -Prohibe los títulos de nobleza y se establecen los principios de legalidad e irretroactividad.
    -Iba en contra de los intereses de la Iglesia Católica y de los sectores conservadores de la sociedad
  • Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos

    Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos
    -Organiza política, legal y jurídicamente a la nación mexicana en la actualidad
    -Ciudadanía a los 18 años.
    -República representativa, democrática y federal.
    -Se elimina la reelección del presidente
    - libertad de culto, la enseñanza laica y gratuita y la jornada de trabajo máxima de 8 horas
    -Reconoce la libertad de expresión y la libertad de asociación de los trabajadores.