-
1973
En Suecia entra en vigor la primera ley en el mundo para la protección de la información de particulares por un organismo llamado Data Inspektion Board -
1974
Estados Unidos genera una ley de carácter general titulada Privacy Act -
1977-1979
Países como Canadá, Francia, Dinamarca, Noruega, Austria y Luxemburgo publicaron leyes referentes a la protección de datos personales -
1980
La Organización para la Cooperación y el desarrollo Económico se pronuncia las pautas relativas a la protección de la privacidad y límites de transferencia de datos personales -
1981
Se aprobó un convenio para la protección de las personas con respecto al tratamiento automatizado de datos de carácter personal -
1997
Brasil como primer país latinoamericano promulga la Ley de Protección de datos -
2000
Le sigue Argentina en el 2000, año en el que se aprueba la Carta de Derechos Fundamentales de la Unión Europea en donde se realzó la protección de datos personales como derecho fundamental -
2002
México toma la iniciativa con la entrada en vigor de la ley federal de transparencia y acceso a la información publica y gubernamental y la creación del Instituto Federal de Acceso a la Información y Protección de Datos (IFAI) así como también los organismos autónomos como el Instituto Federal Electoral (IFE), la Comisión Nacional de Derechos Humanos,(CNDH) y el Banco de México -
2006
En México el 6 de Marzo de 2006 se presenta al pleno de la Cámara de Diputados un proyecto que reforma al artículo 6° en donde se formula como regente del ejercicio de acceso a información la protección de datos personales y lo referente a la vida privada -
2007
El 27 de Marzo de 2007 el Pleno de la Cámara de Diputados decretó que reforma el artículo 73 de la constitución el cuál tiene por objeto dotar de facultades al congreso federal para legislar la protección de datos en posesión de los particulares -
2007
El 20 de Septiembre del mismo año el dictamen aprueba por unanimidad y el 25 de Septiembre del 2007 el Senado recibe la minuta en cuestión para los efectos constitucionales conducentes -
2008
El 25 de Noviembre de 2008 el Pleno de la Cámara de Senadores adiciona un párrafo al articulo 16 constitucional con la finalidad de reconocer el derecho a la protección de datos personales como derecho fundamental y autónomo -
2008
El 9 de diciembre de 2008 recibió la minuta la cuál fue turnada a la Comisión de Puntos Constitucionales,el 11 de Diciembre se agenda la primera lectura -
2008
El 12 de Noviembre de 2008 se llevó a cabo una reunión de la Comisión de Puntos Constitucionales del Senado de la República en la cuál se debatió y aprobó el predictamen con una modificacion -
2009
Hasta el año 2009 cuando la mayoría de las legislaturas locales aprobaron la reforma constitucional propuesta por el congreso federal la cual fue publicada en el Diario de la Federación el 01 de Junio de dicho año -
2010
Desde Julio de 2007 se comienza la protección de datos personales en posesión de las empresas particulares, después de 3 años se produce la transformación como un organismo público descentralizado de la Administración Pública Federal,para lograr en Julio de 2020 el decreto que expide la LFPDPPP -
2018
La más destacada es la Ley de protección de datos personales de la india 2018 cuyo borrador fue publicado en julio de 2018 por el Comité Srikrishna. -
2018
En la normativa internacional, el Estado mexicano adoptó el Convenio 108 del Consejo de Europa, aprobado por decreto el 12 de junio de 2018, forma parte de la Red Iberoamericana de Protección de Datos, cuyo principal es promover políticas, tecnologías y metodologías para garantizar el derecho a la protección de datos. (Red Iberoramericana de Protección de Datos, 2008). -
2019
Con las disposiciones que proporcionan la creación de la Autoridad Nacional de Protección de Datos (ANPD), el órgano encargado de la aplicación de la nueva legislación, finalmente promulgada en 2019, la LGPD está ahora lista para seguir los pasos de la GDPR. -
2020
Los consumidores de California pueden ejercer su derecho privado de acción a partir del día 1 de enero de 2020 los consumidores que deseen iniciar un litigio deben anunciar sobre la infracción y tienen 30 días para rectificarla, si la compañía logra resolver la infracción en ese marco de tiempo, el consumidor no podrá reclamar los daños legales del litigio.