Evolución normativa del Derecho a la Protección de Datos Personales en México

  • Nace la Ley Federal de Acceso a la Información Publica

    Nace la Ley Federal de Acceso a la Información Publica
    EL primer instrumento normativo en materia de protección de datos personales es la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 11 de julio de 2002.
    En este ordenamiento se contempló un capítulo de protección de datos personales, en el cual se establecieron los principios generales que rigen el tratamiento de datos personales en posesión de los entes públicos.
  • Period: to

    Inicia el Plan Nacional de Desarrollo

    Se prevé la necesidad de contar con una ley federal que garantice la protección de datos personales en poder de los particulares, tomando como base lo dispuesto en los principios y tratados internacionales.
  • Se Presenta a la Cámara de Diputados el Proyecto Concreto Para Reformar el Articulo 73 y Legislar la Ley

    Se Presenta a la Cámara de Diputados el Proyecto Concreto Para Reformar el Articulo 73 y Legislar la Ley
    Se presentó ante el Pleno de la Cámara de Diputados un proyecto de decreto para reformar el artículo 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, el cual tiene por objeto dotar de facultades al Congreso Federal para que legisle en materia de protección de datos en posesión de los particulares.
  • Reunión de Comisión de Puntos Constitucionales

    Reunión de Comisión de Puntos Constitucionales
    Reunión de Comisión de Puntos Constitucionales se llevó a cabo una reunión de la Comisión de Puntos constitucionales del Senado de la República, en la cual se discutió y aprobó el pre dictamen con una pequeña modificación en la numeración de la fracción añadida, la cual no implicó modificar el contenido del texto.
  • El Dictamen es Aprobado en la Cámara de Diputados

    El Dictamen es Aprobado en la Cámara de Diputados
    Dicho dictamen fue aprobado por el Pleno de la cámara de Senadores el 4 de diciembre de 2008, turnándose la minuta a las legislaturas de los estados, a fin de que lo votaran.
  • Se Agenda la Primera Lectura de la Ley en el Senado y en la Cámara de Diputados

    Se Agenda la Primera Lectura de la Ley en el Senado y en la Cámara de Diputados
    El dictamen correspondiente se agendó para primera lectura el 11 de diciembre de 2008 y le fueron dispensados los trámites correspondientes. Finalmente, se discutió y aprobó en lo general y en lo particular con 340 votos a favor, 0 en contra y 0 abstenciones sin modificación alguna, turnándose a las legislaturas de los estados.
  • Se le da Reconocimiento Pleno a la Protección de Datos Como Derecho Fundamental y Autónomo

    Se le da Reconocimiento Pleno a la Protección de Datos Como Derecho Fundamental y Autónomo
    El senado realizó el conteo de los votos de las legislaturas de los estados y emitió la declaratoria de aprobación del proyecto de decreto, publicándose en el Diario Oficial de la Federación el 30 de abril de 2009. Derivado de lo anterior, el Estado Mexicano reconoció el derecho a la protección de datos personales como un derecho fundamental y autónomo; asimismo, se establecieron las bases para expedir legislación que regulara el tratamiento de datos personales en posesión de particulares.
  • La Cámara de Senadores Turna el Dictamen Aprobado a la Cámara de Diputados

    La Cámara de Senadores Turna el Dictamen Aprobado a la Cámara de Diputados
    La Cámara de Senadores turnó el dictamen aprobado a la Cámara de Diputados radicando su estudio y valoración en las Comisiones Unidas de Gobernación, Función Pública y Justicia.
  • Se Publica Finalmente la Ley de Protección de Datos Personales

    Se Publica Finalmente la Ley de Protección de Datos Personales
    Esta Ley fue publicada en el Diario Oficial de la Federación el 5 de julio de 2010 y su objetivo es proteger los datos personales en posesión de los particulares, con la finalidad de regular su tratamiento legítimo, controlado e informado, a efecto de garantizar la privacidad y derecho a la autodeterminación informativa de las personas.