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Aprobacion de Leyes
Entre el 21 y el 22 de Noviembre la Asamblea Legislativa aprueba las leyes -
Period: to
Remisión a Ejecutivo
Art. 135: 10 días máximos para enviar para observación, sanción o veto -
Period: to
Devolución de Ejecutivo
Art. 137: Ejecutivo tiene 8 días para devolver con observaciones o vetar las leyes. -
Period: to
Publicación en Diario Oficial
Art. 139: SI no hay veto u observación el ejecutivo tiene 15 días para publicarlo en díario oficial. en su defecto presidente de Asamblea Legislativa puede remitirlo a publicación. -
Entrada en Vigencia
Entrada en vigencia 8 días de 4 leyes y una en 90 días despues de la publicación en diario oficial