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Fundación de la Ciudad de Buenos Aires.
Este hecho marcó el inicio del desarrollo del comercio en la región del Río de la Plata, ya que la ciudad se convirtió en un importante centro de intercambio de productos entre las regiones del interior y el exterior. -
Ordenanzas de Burgos.
Esta normativa, dictada por la Corona española, reguló por primera vez el comercio en las Indias. Las Ordenanzas establecían normas sobre la organización de los gremios, el sistema de pesos y medidas, la contratación y el transporte de mercaderías, entre otros aspectos. -
Ordenanzas de Bilbao.
Estas ordenanzas, promulgadas en España, tuvieron una gran influencia en el desarrollo del derecho comercial en el Rio de la Plata. Las Ordenanzas regulaban en detalle las actividades mercantiles, incluyendo el derecho marítimo, el derecho cambiario y el derecho concursal. -
Creación del Consulado de Buenos Aires.
Este tribunal especializado en asuntos comerciales fue creado por la Corona española para resolver las disputas que surgían entre comerciantes. El Consulado tenía jurisdicción sobre las provincias de Buenos Aires, Paraguay, Uruguay, Potosí, Charcas y Tucumán. -
Reglamento de Comercio Libre.
Esta normativa, dictada por la Primera Junta de Gobierno, eliminó los monopolios comerciales y estableció la libertad de comercio. El Reglamento también creó la Aduana General de Buenos Aires y dispuso la creación de un Tribunal de Apelaciones en materia comercial. -
Código de Comercio Napoleonico.
Este código, promulgado en Francia, tuvo una gran influencia en el desarrollo del derecho comercial en Argentina. El Código Napoleónico introdujo principios como la libertad de contratación, la igualdad de los contratantes y la presunción de buena fe. -
Constitución Nacional.
La Constitución Nacional estableció la competencia federal en materia comercial. Esto significa que el gobierno federal tiene la facultad de dictar leyes sobre temas comerciales y de resolver las disputas que surjan entre las provincias en esta materia. -
Código de Comercio de la Nación Argentina.
Este código, sancionado durante la presidencia de Domingo Faustino Sarmiento, fue el primer cuerpo legal sistemático sobre derecho comercial en Argentina. El Código reguló una amplia gama de temas, incluyendo la capacidad de las personas para realizar actos de comercio, las obligaciones y contratos comerciales, las sociedades comerciales, los instrumentos negociables, la quiebra y la competencia desleal. -
Codigo Civil de la Nacion Argentina.
Este código, sancionado durante la presidencia de Carlos Pellegrini, incorporó normas sobre materia comercial, complementando al Código de Comercio. Las normas del Código Civil sobre materia comercial se refieren, entre otros temas, a la compraventa, el contrato de locación, el mandato y la fianza. -
Reforma del Codigo de Comercio.
Esta reforma, realizada durante la presidencia de Agustín P. Justo, modernizó el derecho comercial argentino. La reforma introdujo nuevas normas sobre las sociedades comerciales, los instrumentos negociables, la quiebra y la competencia desleal. -
Ley de Sociedades Comerciales.
Esta ley, sancionada durante el gobierno de Juan Domingo Perón, reguló la constitución y funcionamiento de las sociedades comerciales en Argentina. La ley estableció diferentes tipos de sociedades, como las sociedades anónimas, las sociedades de responsabilidad limitada y las sociedades en comandita, y reguló en detalle sus derechos y obligaciones. -
Ley de Defensa del Consumidor.
Esta ley, sancionada durante el gobierno de Raúl Alfonsín, protegió los derechos de los consumidores en el ámbito comercial. La ley estableció normas sobre la publicidad, la venta de productos y servicios, la protección de los consumidores contra las prácticas abusivas y el acceso a la justicia. -
Reforma del Código Civil y Comercial.
Esta reforma, sancionada durante el gobierno de Cristina Fernández de Kirchner, unificó el Código Civil y el Código de Comercio, creando un cuerpo legal único en materia civil y comercial. La reforma introdujo nuevas normas sobre una amplia gama de temas, incluyendo el derecho de las personas, el derecho de familia, el derecho de las obligaciones y contratos, el derecho de las cosas y el derecho de las sucesiones.