Principales antecedentes del derecho comercial argentino.

  • Creación del consulado de Buenos Aires.

    Administra la justicia comercial. Normas que se aplicaban: •Ordenanzas de Bilbao.
    •Leyes de indias.
    •Leyes de Castilla.
  • Creación de la Asamblea del año XIII

    Matrícula para comerciantes nacionales, normas sobre consignaciones y nombramiento de contadores peritos en litigios comerciales.
  • Creación de la Bolsa Mercantil.

    Dictó la ley reglamentaria de corredores y martilleros.
  • Se dictaron tres decretos.

    Decretos sobre causas, actos y alzada de comercio, fueron inspirados por Rivadavia.
  • Decreto de Rosas.

    Suprimió los concursos de acreedores. Esto fue derogado en 1858
  • Sanción de la Constitución Argentina.

  • Sanción del Código de Comercio de 1862.

    Fue desarrollado por el jurista Eduardo Acevedo quien contó con la colaboración de Dalmacio Velez Sarfield.
  • Reforma al Código de Comercio.

    Las principales modificaciones fueron: 1)El valor de los usos y costumbres como fuente de derechos. 2)Se suprimió el requisito de la inscripción en la matrícula para adquirir la calidad de comerciante. 3)Cambios en la reglamentación sobre: corredores, empresas de transportes, bolsas, sociedades, derecho marítimo, quiebras, etc. 4)Se ajustaron los contratos de mutuo, depósito y prenda.
  • Decreto - Ley 5965/63

    Incorpora al Código de comercio de 1862 un nuevo régimen sobre letras de cambio y pagarés.
  • Ley N° 17418

    Incorpora al Código de Comercio de 1862 un nuevo régimen de seguros.
  • Ley N° 19550

    Incorpora al Código de Comercio de 1862 un nuevo régimen sobre sociedades.
  • Ley N°20094 y 20226

    Incorpora al Código de Comercio de 1862 un nuevo régimen para la navegación y para los martilleros respectivamente.
  • Ley N° 24452 y 24552

    Incorpora al Código de Comercio de 1862 un nuevo régimen de cheques y de concursos y quiebras respectivamente.
  • Ley N° 26579

    Modifica la edad para adquirir la mayoría de edad, pasando de 21 a 18 años.
  • Nuevo Código Civil y Comercial.

    Se deroga el Código de Comercio de 1862 mediante el art. 4 de la ley N° 26994. Entra en vigencia el 1ro de Agosto de 2015 el nuevo Código Civil y Comercial que pone fin al proceso de unificación del Derecho Privado.
  • Actualmente.

    El nuevo Código Civil y Comercial considera a las personas en forma unificada y las clasifica como personas "jurídicas" y "humanas", no hace referencia directamente a todo lo relacionado con la actividad mercantil, es decir, al "acto de comercio", ni al "comerciante", etc.sin embargo, la materia comercial subsiste con su configuración normativa, con sus contenidos diferenciados y con sus finalidades.