Fondodcoem

Transferencia de fondo de comercio - Ley N° 11.687.

  • Period: 1 CE to 5

    Paso 1 - Publicacion.

    Conforme surge del art. 2 de la Ley N° 11.687 el proceso alli previsto se aplica a toda transmision de un establecimiento comercial o industrial o, lo que es lo mismo, un fondo de comercio. Art. 2:“La transferencia del fondo de comercio deberá publicarse por cinco (5) días en el diario de publicaciones legales que corresponda al lugar donde el fondo está situado y en otro diario de amplia circulación en dicho lugar".
  • 3

    Datos que debe contener la publicacion:

    El anuncio debera indicar al menos lo siguiente:
    - La clase y ubicación del negocio.
    - Nombre y domicilio del vendedor y del comprador.
    - Nombre y domicilio del rematador y del escribano con cuya actuación se realizará el acto. (En caso de que interviniesen).
  • Period: 5 to 10

    Paso 2 - Notificar.

    Conforme lo plantea el art. 3 de la Ley N° 11.687, el enajenante entregará en todos los casos al presunto adquirente una nota firmada, enunciativa de:
    - Los créditos adeudados.
    - Los nombres y domicilios de los acreedores.
    - Monto de los créditos adeudados.
    - Fechas de vencimientos (si las hay.)
  • Period: 5 to 15

    Paso 3 - Oposiciones.

    Art 4: El documento de transmisión sólo podrá firmarse después de transcurridos diez días desde la última publicación, y hasta ese momento, los acreedores afectados por la transferencia, podrán notificar su oposición al comprador en el domicilio denunciado en la publicación, o al rematador o escribano que intervengan en el acto reclamando la retención del importe de sus respectivos créditos y el depósito, en cuenta especial en el Banco correspondiente, de las sumas necesarias para el pago.
  • 10

    En caso de oposicion:

    Art 5: Desde la notificacion de la oposicion a la transferencia, en los terminos del art. 4, el acreedor que se opone, tendra 20 dias para trabar embargo judicial. Si el acreedor no traba el embargo judicial en el plazo indicado, transcurrido el plazo, el depositante podra retirar las sumas depositadas en la cuenta.
  • 15

    El documento de transferencia para producir efectos frente a 3ros debera:

    • Extenderse por escrito.
    • Inscribirse en el Registro Publico, dentro de los 10 dias de su otorgamiento.
  • Period: 15 to 20

    Paso 4 - Otorgamiento del documento de transferencia.

    Art 7: El documento de transmision solo podra firmarse despues de trancurridos 10 dias desde la ultima publicacion realizada, en los terminos del art. 2, y siempre y cuando no exista oposicion de parte de los acreedores y/o siempre y cuando existiendo oposicion, se hubiesen realizado las correspondientes retenciones y depositos.
  • 20

    Consecuencias de su incumplimiento:

    Las omisiones o transgresiones a lo establecido en la Ley N° 11.687 haran solidariamente responsables al comprador, al vendedor y al martillero o al escribano que las hubieran cometido, por el importe de los creditos impagos.
  • Period: 20 to 25

    Paso 5 - Condiciones de transferencia.

    Para que el documento sea valido las condiciones son: Que la transferencia del fondo de comercio, en ningun caso, se efectue por un precio inferior al de los creditos constitutivos del pasivo confesado por el vendedor (en oportunidad de presentar la nota a que se refiere el art 3) mas el importe de los creditos no confesados por el vendedor, pero cuyos titulares hubieran hecho oposicion, en los terminos del art 4, salvo conformidad unanime de todos los acreedores.