Origen y evolución del concepto de propiedad intelectual

  • MAYTE GUADALUPE FLORES VELAZQUEZ

    UNIVERSIDAD DE GUADALAJARA
    CENTRO UNIVERSITARIO DE CIENCIAS ECONOMICO-ADMINISTRATIVAS
    MATERIA: PROPIEDAD INTELECTUAL
    PROFESOR: RUBEN OSVALDO LEDEZMA SAAVEDRA
    14/08/2024
  • Se reconocen por primera vez los derechos de autor

    Se reconocen por primera vez los derechos de autor
    Las Cortes de Cádiz, a imitación de la Revolución francesa, reconocen por vez primera los derechos de autor al decretar que solo los autores o a quienes ellos autorizasen podían imprimir sus obras, así como sus herederos durante 10 años.
  • Una real orden instituyó el principio

    Una real orden instituyó el principio
    Una real orden instituyó el principio por el cual la propiedad intelectual pertenecía a los autores de por vida y a sus herederos pasados diez años de la muerte del autor.
  • Se publica la primera ley

    Se publica la primera ley
    Se publica la primera ley que reconoció de forma extensa y clara los derechos del autor durante 25 años. Los beneficiarios eran tanto los autores literarios y científicos como los traductores, compositores musicales, calígrafos, dibujantes, pintores y escultores.
  • Se aprueba una nueva ley

    Se aprueba una nueva ley
    Se aprueba una nueva ley, que incluye la creación del Registro de la Propiedad Intelectual. Se fijan los derechos de los autores en 80 años tras su fallecimiento. Los editores fueron el colectivo más opuesto.
  • Convenio de París

    Convenio de París
    Surge el Convenio de París para la Protección de la Propiedad Industrial. Este acuerdo internacional representa el primer paso tomado para asegurar a los creadores que sus obras intelectuales estén protegidas en otros países. La necesidad de protección internacional de la propiedad intelectual se hizo patente en 1873.
  • Se adoptó el Convenio de Berna para la Protección de las Obras Literarias y Artísticas.

     Se adoptó el Convenio de Berna para la Protección de las Obras Literarias y Artísticas.
    Fue gracias al impulso del escritor francés Victor Hugo, y su Association littéraire et artistique internationale, que se adoptó el Convenio de Berna para la Protección de las Obras Literarias y Artísticas. Su objetivo es dar a los creadores, en el plano internacional, el derecho a controlar el uso de sus obras creativas y a recibir un pago por ese uso.
  • Artículo 19 del Convenio de París

    Artículo 19 del Convenio de París
    El artículo 19 del Convenio de París establece que los países se reservan el derecho de concertar entre sí arreglos particulares para la protección de la propiedad industrial.
  • OMPI

    OMPI
    Las dos secretarías encargadas de administrar los Convenios de París y Berna se fusionaron conformando la entidad precursora de la OMPI: las Oficinas Internacionales Reunidas para la Protección de la Propiedad Intelectual, mejor conocidas por sus siglas en francés, BIRPI. Esta organización, compuesta por siete funcionarios, tenía su sede en Berna (Suiza).
  • Se establece la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual

    Se establece la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual
    Al entrar en vigor el Convenio que establece la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual , las BIRPI se convierten en la OMPI, una nueva organización intergubernamental con sede en Ginebra (Suiza), en la que la iniciativa la llevan sus Estados miembros.
  • La OMPI ingresa en la familia

    La OMPI ingresa en la familia
    La OMPI ingresa en la familia de organizaciones de las Naciones Unidas (NN.UU.) en calidad de organismo especializado. Todos los Estados miembros de las NN.UU. están habilitados, aunque no obligados, a ser miembros de los organismos especializados.
  • Sistema internacional de patentes

    Sistema internacional de patentes
    El Sistema internacional de patentes en virtud del PCT comienza a funcionar. Gracias a una fuerte expansión, en la actualidad el Sistema del PCT ha pasado a ser el más importante sistema internacional de presentación de solicitudes de derechos de P.I.
  • Rebaja los derechos de autor

    Rebaja los derechos de autor a 70 años tras la muerte del creador. Se contempla por vez primera el canon digital.
  • Se crea en la OMPI

    Se crea en la OMPI
    Se crea en la OMPI el Centro de Arbitraje y Mediación (CAM) para ofrecer servicios extrajudiciales de solución de controversias comerciales internacionales entre partes privadas.
  • Se crea la Academia de la OMPI

    Se crea la Academia de la OMPI
    Se crea la Academia de la OMPI para impartir cursos generales y especializados en materia de propiedad intelectual. Los cursos de la Academia siguen un enfoque interdisciplinario y están destinados a una amplia gama de profesionales de la P.I.
  • Se aprueba el canon digital

    Se aprueba el canon digital
    Se aprueba el canon digital, que se aplica a los CDs y DVDs vírgenes, gracias a un acuerdo entre la patronal Asimelec y las entidades de gestión de derechos de autor.
  • Se modifica la Ley de Propiedad Intelectual

    Se modifica la Ley de Propiedad Intelectual donde se recoge la decisión de extender el canon a nuevos soportes que permitan la duplicación y reproducción de las obras protegidas.
  • La OMPI adoptó oficialmente su Agenda

    La OMPI adoptó oficialmente su Agenda
    La OMPI adoptó oficialmente su Agenda para el Desarrollo con el propósito de asegurarse la integración de la dimensión de desarrollo en todas las actividades de la Organización.
  • El Gobierno del PP aprueba el reglamento

    El Gobierno del PP aprueba el reglamento que desarrolla la ley Sinde, que contempla la creación de una comisión administrativa para perseguir la piratería. Se suprime el canon digital y se sustituye por una compensación fija a las entidades de gestión a través de los Presupuestos Generales del Estado.
  • Se publica en el BOE

    Se publica en el BOE
    Se publica en el BOE la ley Sinde, que establece por primera vez medidas contra la piratería.
  • Se modifica el Código Penal

    Se modifica el Código Penal
    Se modifica el Código Penal, que incorpora penas de prisión para quienes se lucren por enlazar a páginas protegidas por derechos de autor. Se inicia el proceso para reformar la Ley de Propiedad Intelectual.
  • Resumen

    En resumen, mientras que el derecho intelectual de Pickard se centra en el vínculo personal entre el autor y su creación, la propiedad intelectual moderna prioriza la protección legal y el valor económico de esas creaciones.
  • Referencias

    https://onesolution.mx/testonesolution2.ph
    OMPI. (2004). ¿Qué es la propiedad intelectual?. 2018, de OMPI Sitio web: http://www.wipo.int/publications/es/details.jsp?id=99&plang=ES EL PAÍS. (2014). Historia de la propiedad intelectual. 2018, de EL PAÍS Sitio web: https://elpais.com/cultura/2014/02/14/actualidad/1392383448_372212.html
  • Conclusión

    En cambio, la "propiedad intelectual" es un concepto más amplio y actual, que incluye leyes que permiten a los creadores tener control exclusivo sobre sus creaciones durante un tiempo determinado. Aquí, el énfasis está más en la parte legal y económica, asegurando que las ideas y obras puedan ser explotadas de manera comercial, fomentando la innovación y la competencia.
  • Conclusión

    La diferencia entre el "derecho intelectual" según Edmund Pickard y la "propiedad intelectual" radica en cómo se entiende y se protege lo que creamos con la mente. El "derecho intelectual" se enfoca en los derechos que surgen del hecho de que una persona haya creado algo original, resaltando la conexión directa entre el autor y su obra.
    Para Pickard, proteger lo que alguien crea es un derecho natural que surge de su intelecto, casi como una extensión de sí mismo.