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Se dicta la Real Orden
Por Carlos III, siendo la primera disposición española que contuvo los derechos intelectuales sobre obras literarias, en la cual se destacaban la sucesión los derechos de autor a un tercero para la reimpresión de una obra literaria, esto solo si el derecho de autor hubiera caído en el dominio público por falta de renovación del mismo. -
Avances en la constitución de Apatzingán
En comparación a La Real Orden de 1764 esta no requirió de permiso o censura alguna para la publicación de una obra. -
El Código Civil reconoce la reserva de derechos en México
Siendo también el primer ordenamiento que distinguió con precisión la diferencia entre la propiedad industrial y el derecho de autor, consideró a los derechos de autor como bienes muebles e hizo extensivo el registro al traductor y editor. -
El código civil regula la materia autoral
en su Libro II, Título VIII; destacando disposiciones fundamentales como 50, 30 y 20 años de derecho exclusivo para los autores de libros científicos, obras literarias y obras dramáticas respectivamente, protección de 3 días para las noticias y la introducción de la protección de las reservas de derechos. -
Se inicia la propuesta para transferir los derechos de autor al ámbito de competencia federal
Siendo Jaime Torres Bodet quien ejecuta dicha acción -
México suscribe la Convención Interamericana sobre el derecho de autor
celebrada en Washington -
Se da origen a la primera Ley Federal sobre el Derecho de Autor
aportando innovaciones en lo relativo a los contratos de edición -
Se amplía el término de protección de los derechos de autor a favor de sus sucesores
hasta 75 años después de la muerte de autor. -
Surge la actual Ley Federal del Derecho de Autor
estableciendo una serie de definiciones respecto de algunas actividades e instituciones que regula -
Se publica el Diario Oficial de la Federación
un decreto por el que se hacen reformas a la Ley Federal del Derecho de Autor, dentro de las que destacan la jurisdicción concurrente, criterios para la reparación de daño moral y la precisión de este último.