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Normas internacionales de información financiera

  • Decreto 2784

    Periodo de preparación: Dentro de los dos primeros meses de este período, deberán presentar a los supervisores un plan de implementación de las nuevas normas, la capacitación debe ser aprobado por la Junta Directiva u órgano equivalente,
    Fecha de transición: Es el inicio de la aplicación por primera vez del nuevo marco, momento a en el cual se iniciara el primer año de información financiera que servirá como base para la presentación de estados financieros comparativos.
  • Decreto 2706- grupo 3

    Periodo de preparación obligatoria: Es el tiempo en el cual las microempresas realizaran actividades relacionadas con el
    proyecto, tratándose de manera obligatoria, la información debe ser suministrada con todos los efectos legales
    Fecha de aplicación: Es la fecha en la que cesará la utilización de la normatividad contable actual y comenzará la aplicación de los nuevos estándares para todos los efectos, incluyendo la contabilidad oficial, libros de comercio y presentación de estados financieros.
  • Decreto 3022- Grupo 2

    Periodo de preparación obligatoria: Empieza el 1 de enero del 2014 y termina el 31 de diciembre del 2014, las entidades deberán presentar a los supervisores un plan de implementación de las nuevas normas.
    Fecha de aplicación: En el caso de la aplicación del nuevo marco técnico normativo este periodo esta comprendido entre el primero de enero del 2016 y el 31 de diciembre del 2016