Los principales momentos comprendidos en las etapas de creación, desarrollo y consolidación de nuestra constitución

  • CONSTITUCION DE CADIZ

    CONSTITUCION DE CADIZ
    Aprobada el 19 de marzo de 1812 y popularmente
    conocida como “La Pepa”, este texto legal fue la primera constitución liberal del país. La constitución de 1812 es uno de los grandes textos liberales de la historia, siendo muy célebre en su tiempo. Los diputados liberal Agustín Argüelles, Diego Muñoz Torrero y Pérez de Castro son las figuras más destacadas en su elaboración.
  • SENTIMIENTOS DE LA NACIÓN

    SENTIMIENTOS DE LA NACIÓN
    María Morelos y Pavón, quien escribio Sentimientos de la Nación (1813).
    Contiene las bases de la organización política y las ideas de lo que debe ser un buen gobierno. En él se establece que el pueblo debe ser libre y soberano, es decir, capaz de decidir quién lo gobierna También dice que todos los hombres deben ser libres y no esclavos: propone dividir el poder en tres: el Ejecutivo, el Legislativo y el Judicial, y declara la independencia de los mexicanos de la corona española.
  • CONSTITUCION DE APATZINGAN

    CONSTITUCION DE APATZINGAN
    La Constitución de Apatzingán (formalmente: Decreto Constitucional para la Libertad de la América Mexicana), fue promulgada el 22 de octubre de 1814, por el Congreso de Chilpancingo reunido en la ciudad de Apatzingán a causa de la persecución de las tropas de Félix María Calleja
  • INDEPENDENCIA DE MEXICO

    INDEPENDENCIA DE MEXICO
    Mexico alcanzó su independencia cuando Agustín de Iturbide logro el acuerdo de todos, incluso de Vicente Guerrero.
    La independencia de momento favoreció a los criollos acaudalados, a la iglesia y al ejercito.
    Se decidió que se siguieran aplicando las leyes españolas, hasta ser sustituidas por las mexicanas, así que siguió vigente la Constitución de Cádiz.
  • CONSTITUCION DE 1824

    CONSTITUCION DE 1824
    El 5 de octubre de 1824 entró en vigor la primera Constitución Federal de los Estados Unidos Mexicanos, siendo este un documento de carácter jurídico y político que estableció el sistema político federal y tuvo como fin principal el de declarar el carácter independiente de México como país
  • CONSTITUCION DEL REGIMEN CENTRALISTA

    CONSTITUCION DEL REGIMEN CENTRALISTA
    “Las Siete Leyes” fueron proclamadas en 1836. La primera ley hablaba sobre ciudadanía y derechos, la segunda del Supremo Poder Conservador; en la ley número tres se indagó sobre el poder legislativo, la cuatro correspondió al ejecutivo y la quinta al judicial.
  • LEYES DE REFORMA

    LEYES DE REFORMA
    Las Leyes de Reforma fueron un conjunto de leyes promulgadas en México entre 1855 y 1863, durante los gobiernos de Juan Álvarez, Ignacio Comonfort y Benito Juárez. El objetivo principal de estas leyes era la separación de la Iglesia y el Estado y la eliminación del fuero eclesiástico y militar.
  • CONSTITUCION DE 1857

    CONSTITUCION DE 1857
    La Constitución Política de la República Mexicana de 1857 fue una constitución de ideología liberal redactada por el autor del Congreso Constituyente de 1857 durante la presidencia de Ignacio Comonfort. Fue jurada el 5 de febrero de 1857. Estableció las garantías individuales a los ciudadanos mexicanos], la libertad de expresión la libertad de asamblea, la libertad de portar armas.
  • CONSTITUCION DE 1917

    CONSTITUCION DE 1917
    La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos de 1917 es carta magna y norma fundamental, establecida para regir jurídicamente al país, la cual fija los límites y define las relaciones entre los poderes de la federación: poder legislativo, ejecutivo y judicial, entre los tres órdenes diferenciados del gobiernoː el federal, estatal y municipal, y entre todos aquellos y los ciudadanos.
  • NUEVAS REFORMAS A LA CONSTITUCIÓN

    NUEVAS REFORMAS A LA CONSTITUCIÓN
    Se han echo las nuevas modificaciones en materia de energética, otra en telecomunicaciones, laboral, educativa, derechos humanos, en competencia económica, financiera, hacendaria y una en procedimientos penales.