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Declaración Universal de los Derechos Humanos
Artículo 12. Nadie será objeto de injerencias arbitrarias en su vida privada, su familia, su domicilio o su correspondencia, ni de ataques a su honra o a su reputación. Toda persona tiene derecho a la protección de la ley contra tales injerencias o ataques.
https://www.youtube.com/watch?v=fcbB4qvbWRI -
Avances tecnológicos e informáticos
En los años 80's, se crea e introduce al mercado la computadora personal con lo cual se empieza a almacenar los datos personales -
DUDH Tercera Generación
En la Cumbre de Barcelona de 1992, se agregan los Derechos Humanos de Tercera Generación, y se da la importancia de la protección de los datos personales, quedando de la siguiente manera:
Derecho a la protección de los datos personales: llama la atención sobre los eventuales peligros y abusos a los que se exponen las personas ante el cada vez más extendido proceso de informatización -
México/APEC
En 1993 México se unió al Foro Cooperación Económica de Asia y el Pacífico. Ya que se participa en el sistema transfronterizo de protección de datos de la APEC, sobre todo a la protección del comercio electrónico. -
México OCDE
México se une a la OCDE, al igual que en la APEC, la OCDE tiene sus directrices sobre la protección de la privacidad y flujos transfronterizos de datos personales -
México TLC Unión Europea
México celebra el Tratado del Libre Comercio con la Unión Europea así mismo el acuerdo ante la protección de los datos personales -
Creación de la primera Ley de Transparencia en México
Se crea esta ley como respuesta a la legislación de otros países en el tema del acceso a la información, México no se podía quedar rezagado en un mundo globalizado y tecnológico. -
México/ASPAN
Se firma en Waco,Texas. Surgió con la necesidad de mejorar las relaciones entre México, Estados Unidos y Canadá, para enfrentar los nuevos retos de la sociedad internacional en todos los niveles. -
Lineamientos en PDP
A continuación se muestran los lineamientos publicados en el DOF: http://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5511540&fecha=26/01/2018 -
Plan de Desarrollo Nacional
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Reforma Art.6 y 73 Constitucional
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Artículo 16 Constitucional
ARTÍCULO 16. .
Toda persona tiene derecho a la protección de sus datos personales, al acceso,
rectificación y cancelación de los mismos y su oposición, -
Reforma al Artículo 73 Constitucional
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