Linea de tiempo FEyC

  • Primera huelga General.

    En agosto de 1878 se creó el primer sindicato argentino: la Unión Tipográfica, que al mes siguiente, declaró también la primera huelga, en reclamo de un aumento de salarios y la reducción de la jornada de trabajo a 12 horas en verano y 10 en invierno. La huelga sorprendió a los empleadores y logró que se aceptaran las exigencias obreras. Pero al poco tiempo el sindicato desapareció y se restablecieron las viejas condiciones de trabajo.
  • Fundación de la Federación Obrera Argentina.

    Varios sindicatos socialistas y anarquistas crearon la Federación Obrera Argentina (FOA). A partir de ese momento el movimiento obrero argentino tuvo siempre al menos una central sindical de máxima conducción. Se destacó por su enfoque revolucionario y anarquista en sus primeros años. Defendía la acción directa y la lucha sindical como medios para alcanzar mejoras en las condiciones laborales y sociales de los trabajadores.
  • Regulación del trabajo de niños y mujeres.

    Se creo la Ley N° 11.317, trabajo de las mujeres y los niños, que dice que quedaba prohibido en todo el territorio de la República, ocupara menores de 12 años de edad, en cualquier clase de trabajo, por cuenta ajena, incluso los trabajos rurales, ocupación, de mujeres y de menores de 18 años y se protegían a la madres.
  • Fundación de la Confederación General del Trabajo.

    La Confederación General del Trabajo fue fundada como resultado de un acuerdo entre Socialistas y Sindicalistas, al que luego se sumaron otras corrientes y asociaciones.
  • Descanso dominical y “ley silla”.

    La ley silla dice que los establecimientos deberán estar provistos de un asiento individual con respaldo por cada empleado que deba o pueda ejecutar su trabajo principal permaneciendo sentado.
    La Ley del descanso dominical, aprobada por el Congreso de los Diputados, es una ley que sirvió para que en la España de principios del siglo XX se avanzara en favor de los derechos de los trabajadores. Es la que obliga a que no se trabajara los domingos.
  • Incorporación del Art. 14 bis a la constitución Nacional

    Derogada la Constitución de 1949, la Convención Nacional Constituyente de 1957 incorporó el artículo 14 bis a través del cual se garantiza que "El Estado otorgará los beneficios de la seguridad social, que tendrá carácter de integral e irrenunciable.
  • Adopción de la ley 23.551.

    Las asociaciones sindicales no podrán recibir ayuda económica de empleadores, ni de organismos políticos nacionales o extranjeros.
  • Fundación de la Central de Trabajadores Argentinos.

    Es una central sindical argentina que surgió como una alternativa a la Confederación General del Trabajo, buscando representar a sectores específicos del trabajo y adoptando una postura más independiente en comparación con las estructuras sindicales tradicionales.