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Period: 1200 to 1500
Época Precolombina.
Durante el periodo de 1200 a 1500 los aztecas imponían el pago de tributos a los pueblos sometidos llevando un debido control de las mercancías, además se encargaban de distribuirlo de forma adecuada entre gobernantes, sacerdotes, guerreros y personalidades importantes. -
1519
Época Virreinal. Primer Ayuntamiento.
En 1519 se funda el primer ayuntamiento de la Vera Cruz y se nombra como contador a don Alfonso de Ávila. -
1524
Época Virreinal. Primer cabildo.
En 1524 se forma el primer cabildo metropolitano por el alcalde mayor Francisco de las Casas. -
1533
Época Virreinal. Se crea Tesorería General.
En 1533 se establece la oficina de la Tesorería general y se otorga título de tesorero a Julio Alderete y González, se establece el impuesto del “Quinto Real”. -
1536
Época Virreinal. Se establece Casa de Moneda.
En 1536 el virrey Antonio de Mendoza estableció la contabilidad de la Casa de Moneda donde se conserva el libro de contabilidad más antiguo de América. -
Época Independiente. Primera Regencia.
En 1821 se crea por decreto la primera regencia circulada por el Ministerio de Justicia y Negocios Eclesiásticos. -
Época Independiente. Decreto 70.
En 1824 el mismo Ministerio dispone de encargado de las rentas del estado al secretario de la regencia. Se emite el decreto 70 llamado “clasificación de rentas”. -
Época Independiente. Primer reglamento de rentas.
En 1825 se decreta el primer reglamento provisional de rentas, se establecen también los departamentos de gobierno. -
En 1856 se expide la Ley para la Deuda Pública y la Administración de las Aduanas Marítimas y Fronterizas.
En 1856 se expide la Ley para la Deuda Pública y la Administración de las Aduanas Marítimas y Fronterizas. -
Época Porfirista. Se denomina la Secretaría de Hacienda, Crédito Público y Comercio.
En 1891, se designan a la Hacienda Pública atribuciones en lo relativo a comercio, por lo que se denominó Secretaría de Hacienda, Crédito Público y Comercio. La Casa de Moneda, así como la acuñación de moneda quedó a cargo del Estado y no de particulares. -
Época Porfirista. Se crea la Dirección de Contabilidad y Glosa.
En 1910 se creó la Dirección de Contabilidad y Glosa asignándole funciones de registro, glosa y contabilidad de las cuentas sobre el manejo de los fondos, para integrar la Cuenta General de la Hacienda Pública. -
Época Porfirista. Se crea el antecedente de la Dirección General de Crédito Público.
En 1913 se facultó al entonces Departamento de Crédito y Comercio, para el manejo del Crédito Público, lo que constituye el antecedente de la actual Dirección General de Crédito Público. -
Época Postrevolucionaria. Se crea el Departamento de Contraloría.
En 1917 se estableció la creación del Departamento de Contraloría, el cual asumió las funciones desempeñadas por la Dirección de Contabilidad y Glosa. -
Época Postrevolucionaria. Se expide la Ley del Centenario.
En 1921, como antecedente del Impuesto sobre la Renta se expidió la Ley del Centenario y el 27 de febrero de 1924 la Ley para la Recaudación de los Impuestos establecidos en la Ley de Ingresos vigente sobre Sueldos, Salarios, Emolumentos, Honorarios y Utilidades de las Sociedades y Empresas. -
Época Postrevolucionaria. Fundación del Banco de México.
En 1925, se fundó el Banco de México, S.A., como Banco Central, con el propósito de terminar con la anarquía en la emisión de billetes. -
Época Contemporánea. Creación de la Dirección General de Egresos.
En 1934 se creó la Dirección General de Egresos quitando las atribuciones para la autorización de egresos a la Tesorería de la Federación. -
Época Contemporánea. Se expide Ley que regula la Contabilidad.
En 1935 de la Contaduría de la Federación, expidiéndose la ley que regula su funcionamiento, así como la contabilidad, el presupuesto, el manejo de fondos públicos, la inspección fiscal, creándose la dirección de inspección fiscal. -
Época Contemporánea. Se crea formalmente la Procuraduría Fiscal.
En 1947 se decreta que la Procuraduría Fiscal sea una dependencia de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público. -
Época Contemporánea. Se publica la Ley de Secretarías de Estado.
En 1958 se publicó la Ley de Secretarías y Departamentos de Estado, siendo transferidas las funciones relativas a inversiones y control de organismos descentralizados y empresas de participación estatal, a las Secretarías de la Presidencia y del Patrimonio Nacional, respectivamente. -
Época Contemporánea. Se crea Ley de vigilancia de Fondos.
En 1959 se publicó la Ley sobre el Servicio de Vigilancia de Fondos y Valores de la Federación. -
Época Contemporánea. Se crea la Dirección de Contabilidad Gubernamental.
En 1977 inicia la descentralización de la contabilidad gubernamental, se asignan las funciones a la Contaduría de la Federación a la Secretaría de Programación y Presupuesto; se crea la Dirección General de Contabilidad Gubernamental, se promulga la Ley Presupuesto Contabilidad y Gasto Público Federal, y la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal. -
Época Actual. Se crea la Unidad de Procedimientos Legales.
En 1981 se suprime la Subtesorería de Ingresos cambiando de denominación la Subtesorería de Egresos por Subtesorería de Operación y se crea la Unidad de Procedimientos Legales. -
Época Actual. Reformas al reglamento de la SHCP.
En 1990 se reforma el Reglamento Interior de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, la Dirección General de Auditoría y Revisión Fiscal de la Subsecretaría de Ingresos, cambió su denominación por Dirección General de Auditoría Fiscal Federal. -
Época Actual. Se crea la normatividad de la Contabilidad Gubernamental.
En 1992 la Secretaría de Programación y Presupuesto se fusiona a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público. La Dirección General de Contabilidad Gubernamental se encarga de la dirección de la Cuenta Pública y Normatividad que fija las normas mediante manuales de operación. -
Época Actual. Se crea nueva estructura orgánica de la SHCP.
En 1996 se registra una nueva estructura orgánica básica de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, cambia de adscripción la Unidad de Contraloría Interna, de la Oficialía Mayor al área del C. Secretario.