Línea de tiempo del derecho a la educación en Colombia

  • Ley orgánica de Educación

    Ley orgánica de Educación
    Se estipula una ley que formalice la enseñanza oficial en los niveles de primaria, secundaria, industrial, profesional y artística. De igual forma, asgnó la responsabilidad de la educación primaria (gratuita mas no obligatoria) a la iglesias católica.
  • Ley 39 de 1903 La Instrucción Pública en Colombia organizada y dirigida acorde a la Religión Católica

    Ley 39 de 1903 La Instrucción Pública en Colombia organizada y dirigida acorde a la Religión Católica
    La educación se divide en: Primaria, que es financiada con fondos públicos, gratuita, no obligatoria y supervisada por el Poder Ejecutivo nacional. La Secundaria, será responsabilidad de la Nación cuando los colegios funcionen en la capital del país y también estará bajo la supervisión del Poder Ejecutivo. Por último, la Educación Industrial y Profesional será financiada por la Nación en la capital, o por los Departamentos en otras localidades.
  • Decreto 491 de 1904 - Creación del Ministerio de Instrucción Pública - Reglamentación de la ley 89 de 1903

    Decreto 491 de 1904 - Creación del Ministerio de Instrucción Pública - Reglamentación de la ley 89 de 1903
    Según la legislación colombiana de 1904, la enseñanza primaria en escuelas urbanas duraba seis años, mientras que en las rurales solo tres. Además, siguiendo las normas de la iglesia, los varones y las mujeres estudiaban en aulas separadas, práctica que se mantuvo hasta 1960.
  • Ley 114 de 1913 - Que crea pensiones de jubilación a favor de maestros de escuela

    Ley 114 de 1913 - Que crea pensiones de jubilación a favor de maestros de escuela
    Los maestros de escuelas primarias oficiales que hayan cumplido al menos veinte años de servicio en el magisterio, podrán acceder a una pensión de jubilación vitalicia. Este derecho está establecido de acuerdo con las disposiciones detalladas en la presente Ley.
  • Ley 0025 de Noviembre 6 de 1917

    Ley 0025 de Noviembre 6 de 1917
    En la capital de la República se establecerá un Instituto Pedagógico Nacional, uno para institutores y otro para institutoras. Estos institutos formarán a maestros y maestras de escuelas inferiores, superiores y normales, así como a profesores capacitados para la enseñanza didáctica y para la dirección e inspección de la educación pública nacional.
  • 1930 - Educación Mínima Obligatoria

    1930 - Educación Mínima Obligatoria
    Incorporación de la educación para niños mayores de 5 años en el nivel preescolar del sector privado.