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1519
Época Prehispánica
Los pueblos indígenas, como los aztecas y mayas, tenían sistemas de propiedad comunal de tierras, donde las tierras eran del pueblo y su explotación se realizaba de manera colectiva. -
1521
Periodo Colonial
Con la conquista española, se introdujo el régimen de la encomienda y las mercedes reales. Se estableció la propiedad privada de grandes extensiones de tierra (latifundios), principalmente en manos de españoles, y los indígenas fueron desplazados. -
Leyes de Reforma
Esta ley promovió la desamortización de los bienes comunales y eclesiásticos, exigiendo la venta de tierras de corporaciones civiles y religiosas, lo que afectó a las tierras comunales de las comunidades indígenas. -
Revolución Mexicana
La Revolución Mexicana tuvo como uno de sus principales motores la demanda de tierras. Los campesinos y revolucionarios como Emiliano Zapata exigían la restitución de tierras a los campesinos y comunidades indígenas. -
Constitución de 1917
El artículo 27 de la nueva constitución estableció que las tierras y aguas dentro del territorio nacional pertenecen originariamente a la Nación, y que la propiedad privada quedaba condicionada a las necesidades sociales. Se reconoció el derecho de las comunidades a la restitución de tierras y el Estado quedó facultado para expropiar tierras en beneficio del interés público. -
Reforma Agraria
Durante el gobierno de Lázaro Cárdenas, se implementó una vasta reforma agraria que distribuyó grandes extensiones de tierras a ejidos y comunidades agrarias. Cárdenas promovió la propiedad comunal y fortaleció el ejido como núcleo de la vida rural. -
Ley Agraria de 1942
Esta ley consolidó el sistema ejidal y protegió los derechos de los campesinos al uso de la tierra. El Estado mantenía la propiedad original, pero cedía el uso a los ejidatarios. -
Reforma de 1992 al Artículo 27
Se introdujo una reforma que permitió la privatización de tierras ejidales, permitiendo que los ejidatarios vendieran sus parcelas. Esto marcó un cambio fundamental en la política agraria, al abrir la posibilidad de convertir tierras comunales en propiedad privada.