La Administración Pública Federal

  • 2016 BCE

    La Ley Orgánica de la Administración Pública Federal (LOAPF, 2016)

    En sus artículos primero, 26 y 45, establece que la Oficina de la Presidencia de la República, las Secretarías de Estado (18), la Consejería Jurídica del Ejecutivo Federal y los Órganos Reguladores Coordinados integran la Administración Pública Centralizada.
  • 2016 BCE

    Administración Pública Federal

    Los organismos descentralizados, las empresas de participación estatal, las instituciones nacionales de crédito, las organizaciones auxiliares nacionales de crédito, las instituciones nacionales de seguros y de fianzas y los fideicomisos, componen la administración pública paraestatal.
  • 2016 BCE

    APF sirve de soporte para asumir las responsabilidades designadas al Presidente de la República,

    Quien se apoya para ello directamente en las Secretarías y Dependencias del Estado. Como cualquier sistema de administración, la Administración Pública Federal realiza procesos relacionados con la Planeación, la Organización, la Administración de Personal, Dirección y Control.
  • 2016 BCE

    Administración Pública es:

    Un instrumento de Estado que opera el Gobierno para lograr los propósitos de la comunidad, que determina como se distribuye y ejerce la autoridad política y la económica.
  • 2016 BCE

    Administración Pública:

    La atribución del Poder Ejecutivo como responsabilidad directa del Presidente de la República, quien lo realiza con apoyo de: Secretarías de Estado, Departamentos Administrativos, Consejería Jurídica que integran la Administración Pública Centralizada y las Entidades que integran la Administración Pública Paraestatal.
  • 2016 BCE

    APF

    Administración Pública se divide en: Administración Pública Centralizada y Paraestatal, de acuerdo con el Art. 90 de La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
  • 2016 BCE

    APF

    Todas las actividades que la Administración Pública realiza están ligadas con, por lo menos, dos instrumentos: la constitución y las leyes que de ella emanen, y el Sistema Nacional de Planeación Democrática, mediante el cual se crea el Plan Nacional de Desarrollo.
  • 2016 BCE

    SNPD

    Toda la información que genera el SNPD hace posible que el gabinete que dirige la administración pública federal pueda diseñar una visión y una misión del país que queremos, al mismo tiempo, ayuda a la formulación de las políticas del Plan Nacional de desarrollo (Secretaría de la Función Pública, 2016), en las siguientes vertientes: La política social, La política económica, La política interior, La política exterior
  • 2016 BCE

    LOAPF (artículo 31, fracción primera).

    El artículo 9 de la LOAPF, “Las dependencias y entidades de la Administración Pública Centralizada y Paraestatal realizaran sus actividades forma programada, en base en las políticas para el logro de los objetivos de la planeación nacional del desarrollo, del Ejecutivo Federal”; y la Secretaría de Hacienda y Crédito Público debe, “Proyectar y coordinar la planeación nacional del desarrollo elaborar, con la participación de los grupos sociales interesados, el Plan Nacional correspondiente”
  • 2016 BCE

    LOAPF

    La citada Ley, establece directamente las bases de organización de la Administración Pública Federal, centralizada y paraestatal, mediante la implementación de manuales de organización de cada dependencia gubernamental. En este sentido, es una obligación jurídica que cada dependencia cuente con un manual de organización y de sus procedimientos.
  • 2016 BCE

    LOAPF

    En estos manuales y con base en la LOAPF y en la Ley Federal de la Responsabilidad de los Servidores Públicos, se regula (en parte) al personal administrativo, sus derechos, obligaciones y relaciones laborales a que se sujeta todo servidor público, así como los diferentes requisitos que debe reunir –como el Servicio Profesional de Carrera (SPC)-
  • 2016 BCE

    Ley Orgánica de la Administración Pública Federal

    La administración pública tiene un ordenamiento jurídico, mismos que limita las acciones. Una de las más importantes en términos de la organización de la administración pública es la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, la cual estudiaremos de manera resumida en las siguientes líneas. La ley orgánica de la administración pública federal, ha ido transformándose, y se ha venido adaptando a las circunstancias políticas en las que se ha encontrado México.
  • 2016 BCE

    Administración Pública

    Han sido varías las etapas en la que se ha venido adecuando la Ley; como la primera etapa en 1821, en el que por motivos de poner todo en orden en cuanto a la Administración Pública se establecen cuatro ministerios (antes así llamados): Secretaría de Relaciones Exteriores e Interiores, de Justicia y Negocios Eclesiásticos, de Hacienda Pública, de Marina y, de Guerra (Sierra, s.f.).
  • 2016 BCE

    LOAPF, 2016

    Los organismos descentralizados, las empresas de participación estatal, las instituciones nacionales de crédito, las organizaciones auxiliares nacionales de crédito, las instituciones nacionales de seguros y de fianzas y los fideicomisos, componen la administración pública paraestatal” (LOAPF, 2016).
  • 2016 BCE

    LOAPF 18 secretarías

    Secretaria de Gobernación, Secretaria de Relaciones Exteriores, Secretaría de la Defensa, Nacional, Secretaría de Marina, Secretaría de Hacienda y Crédito Público, Secretaría de Desarrollo Social, Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, Secretaría de Energía, Secretaría de Economía, Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación
  • 2016 BCE

    LOAPF 18 secretarías

    Secretaría de Comunicaciones y Transportes, Secretaría de la Función Pública, Secretaría de Educación Pública, Secretaría de Salud, Secretaría del Trabajo y Previsión Social, Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano, Secretaría de Cultura, Secretaría de Turismo, Consejería Jurídica del Ejecutivo Federal.
  • 2016 BCE

    ART. 45

    De acuerdo con el artículo 45 de la LOAPF “son organismos descentralizados las entidades creadas por Ley o Decreto del Congreso de la Unión, o por Decreto del Ejecutivo Federal, estos organismos están conformados con personalidad jurídica patrimonios propios, cualquiera que sea la estructura legal que adopten” (Administración Pública Federal, s.f.:10).
  • 2016 BCE

    ART. 46

    Las Empresas de Participación Estatal Mayoritarias, forman de la org .de la AP Paraestatal, Su fundamento en el art.46 la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, dispone las empresas estén constituidas de la siguiente manera: Las sociedades nacionales de crédito constituidas en los términos de su legislación específica. Las sociedades de cualquier otra naturaleza incluyendo las organizaciones auxiliares nacionales de crédito, así como las instituciones nacionales de seguros y fianzas.
  • 2016 BCE

    APF

    La administración pública también ser rige por acuerdos informales que le dan vida al ejercicio público. Es importante reconocer esta situación que se encuentra fuera de la norma jurídica, pero que al final existe en las interacciones informales de las organizaciones públicas y no públicas.
  • 2016 BCE

    Tribunales

    Puede decirse entonces que los tribunales administrativos son los órganos encargados de administrar justicia en diversas materias; por la importancia de su actividad, entre los tribunales administrativos más destacados se encuentran el Tribunal Federal de Justicia Administrativa, los Tribunales Agrarios y los tribunales de lo contencioso administrativo existentes en las entidades federativas (Fix-Zamudio, 1998).
  • 2016 BCE

    Tribunal Federal de Justicia Administrativa

    La Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Administrativa el art.3 establece conocer los juicios que se promuevan contra las resoluciones definitivas, actos administrativos y procedimientos:a) Los decretos y acuerdos de carácter general, b) Las dictadas por autoridades fiscales federales y organismos fiscales autónomos, c) Las que nieguen la devolución de un ingreso de los regulados por el Código Fiscal de la Federación.
  • 2016 BCE

    LGSNA

    El avance más reciente que se ha dado en México para combatir la corrupción en el servicio público ha sido la promulgación de la Ley General del Sistema Nacional Anticorrupción (LGSNA), en julio de 2016, que establece las bases mínimas para la prevención de actos de corrupción y aplicación de faltas administrativas en todo el territorio nacional.
  • 2016 BCE

    APF

    A pesar de que las administraciones públicas en sus diferentes ámbitos: federal, estatal y municipal tienen características que las definen, existen relaciones entre ellas, así como entre las organizaciones que las integran. Estas relaciones e interacciones tienen que ver con dos procesos que son las relaciones intergubernamentales y la coordinación organizacional.
  • 2016 BCE

    De conformidad al artículo 90 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (CPEUM, 2016)

    Se establece que “La Administración Pública Federal será centralizada y paraestatal conforme a la Ley Orgánica que expida el Congreso, que distribuirá los negocios del orden administrativo de la Federación que estarán a cargo de las Secretarías de Estado y definirá las bases generales de creación de las entidades paraestatales y la intervención del Ejecutivo Federal en su operación”.
  • 1996 BCE

    ART. 90

    Las reformas constitucionales más importantes de la Administración Pública son: El artículo 90 Constitucional, en que “precisa que la Administración Pública Federal será centralizada y paraestatal; adiciona en la centralización a los Departamentos Administrativos y dispone que la ley reglamentaria definirá las bases generales de creación de las entidades paraestatales, el Ejecutivo Federal y las Secretarías de Estado y Departamentos Administrativos.” (APF, s.f.:13).
  • 1996 BCE

    LOAPF

    Dentro de las reformas a la LOAPF el 15 de mayo de 1996 se creó la Consejería Jurídica del Ejecutivo Federal; de acuerdo con la Administración Pública Federal (s.f.:9-8), esta dependencia principalmente se encarga de los siguientes asuntos: Dar apoyo técnico jurídico al Presidente de la República en todos aquellos asuntos que éste le encomiende. Dar opinión al Presidente de la República sobre los proyectos de tratados a celebrar con otros países y organismos internacionales.
  • 1996 BCE

    LOAPF

    Revisar los proyectos de reglamentos, decretos, acuerdos, nombramientos, resoluciones presidenciales y demás instrumentos de carácter jurídico, a efecto de someterlos a consideración y, en su caso, firma del Presidente de la República.

    Coordinar los programas de normatividad jurídica de la Administración Pública Federal que apruebe el Presidente de la República y procurar la congruencia de los criterios jurídicos de las dependencias y entidades.
  • 1996 BCE

    ARTICULO 1o

    La Ley Orgánica de la Administración Pública Federal en su Título Primero, Capítulo único, artículo 1° nos dice cómo está conformada la estructura y la organización de la administración Pública Federal, centralizada y paraestatal; nos dice que: “La Oficina de la Presidencia de la República, las Secretarías de Estado, la Consejería Jurídica del Ejecutivo Federal y los Órganos Reguladores Coordinados integran la Administración Pública Centralizada.
  • 1958 BCE

    1958

    En 1958 se envió un proyecto de una nueva Ley de Secretarías y Departamentos de Estado, esta ha venido a derogar el ordenamiento de las secretarías y departamentos, así como la facultad que tiene el ejecutivo federal para nombrar a secretarios que estén al frente de éstas, este ordenamiento y facultad sigue vigente hasta hoy.
  • 1824 BCE

    1824

    Posteriormente en 1824 en la Constitución Federal de los Estados Unidos Mexicanos se establece que habrá cierto número de secretarios y una ley para los negocios del gobierno, esto estipulado en el artículo 117. Para 1857 se facultó al presidente nombrar a los secretarios y cambiar el nombre de los ministerios.
  • 1917

    Venustiano Carranza en 1917 creó secretarías, y departamentos siendo el encargado del poder ejecutivo federal, expidió el 25 de diciembre del mismo año la Ley de Secretarías de Estado. Los encargados del poder ejecutivo, crearon y modificaron algunas secretarías, esto con el fin de adaptarse y satisfacer las necesidades políticas, sociales y económicas. Así, la última ley que se expidió fue en 1958, el proyecto de tal, fue la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal Mexicana.
  • 1941

    Han sido varios los cambios y ajuste de nombres de las secretarías, así como las funciones de cada una de ellas, es decir, que, a la llegada de cada presidente, reformaban o cambiaban algunos párrafos de la ley, en aras de conseguir una administración más eficiente el General Manuel Ávila Camacho, elevó a categoría el Departamento de Marina y Departamento de Trabajo a Secretarías, quedando el último como Secretaria del Trabajo y Previsión Social.