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San Andres,Providencia y Santa Catalina
los miembros del cabildo de Providencia firmaron la adhesión a la Constitución de Cúcuta; el 21 de julio siguiente lo hicieron los miembros del cabildo de San Andrés, y poco después los habitantes de San Luis de Mangle -
MOVIMIENTO ESTUDIANTIL DIVERSIDAD CULTURAL
La emergencia de nuevos modelos educativos que buscaban llegar a la población marginada lejos de las grandes urbes, y sobre todo, los movimientos indígenas de reivindicación de derechos, particularmente en busca de la recuperación de sus territorios colectivos -cuestiones que serán expuestas en su momento-, se convirtieron en algunos de los enunciados fuerza que permitieron la emergencia de la diversidad cultural en la escuela -
PRIMERA REUNIÓN EDUCACIÓN BILINGUE INDÍGENA
se realizó en Bogotá la Primera Reunión de Trabajo sobre Educación Bilingüe en los Grupos Indígenas, convocada por la Dirección General de Integración y Desarrollo de la Comunidad, del Ministerio de Gobierno. -
DECRETO 008
El Estado colombiano asegurara la participación activa de las comunidades indígenas en los beneficios económicos y sociales del país , en el articulo 11 en los programas regulares de educación tendrán presente las comunidades indígenas en su realidad antropológica, igualmente que su conservación de su cultura autóctona. -
DECRETO 1142
Documento rector de los principios de educación indígena para el país. Según el texto, la educación debía estar de acuerdo con las necesidades y características culturales de los grupos étnicos, las comunidades deben participar en el diseño de sus programas educativos. -
Se creo la ONIC Organización Nacional de Colombia
se constituyó en un dinamizador de los procesos reivindicatorios y de resistencia que adelantaban los pueblos indígenas colombianos a lo largo de la geografía nacional para demandar del Estado colombiano medidas de protección para sus territorios ancestrales, entidades culturales y derechos fundamentales. -
Period: to
ETNOEDUCACIÓN , ESCUELA Y CURRÍCULO.
El Ministerio realizó un conjunto de seminarios regionales de etnoeducación, en los que participaron maestros, funcionarios, organizaciones indígenas y autoridades tradicionales. Se realizaron talleres en Caquetá, Meta, Guaviare, Guainía y Amazonas. El Ministerio publicó el libro Educación bilingüe: comunidad, escuela y currículo (Colombia, men s.f.), que era una adaptación de un texto publicado por la Unesco en Chile, en el que se ofrecía una guía de trabajo para maestros. -
EL ESTADO RECONOCE Y PROTEGE LA DIVERSIDAD ÉTNICA
El Estado reconoce y protege la diversidad étnica y cultural de la Nación colombiana , reconociendo términos como diversidad cultural plurietnicidad y multiculturalidad. -
LEY 70 DE 1993 - ACNUR
Busca proteger la identidad cultural y los derechos de las comunidades negras de Colombia como grupo étnico y fomentar su desarrollo económico y social, buscando garantizar que estas comunidades obtengan condiciones reales de igualdad de oportunidades frente a otras comunidades. -
LEY 115: LEY GENERAL DE EDUCACIÓN
Institucionaliza la etnoeducación como educación ofrecida a grupos o comunidades étnicas que hacen parte de la nación, reconoce sus particularidades autóctonas, permitiendo el desarrollo del idioma, participación activa de las comunidades, comprensión y desarrollo de la cultura nacional y la diversidad étnica como fundamento de la unidad de la nación. -
DECRETO 804 EDUCACIÓN EDUCATIVA PARA GRUPOS ÉTNICOS
Reglamenta la educación para grupos étnicos la cual hace parte del servicio público educativo y se sustenta en un compromiso de elaboración colectiva, donde los distintos miembros de la comunidad en general, intercambian saberes y vivencias con miras a mantener -
CREACIÓN DEL MINISTERIO DE CULTURA
Se encarga de formular, coordinar e implementar políticas que reconozcan la diversidad y promuevan la conservación del patrimonio cultural de la nación. Colombia es un país muy diverso culturalmente, dado que posee gran variedad de tradiciones, lenguas, costumbres, etnias, festividades y dialectos, que se complementan para hacerlo único. -
DECRETO 1122 CATEDRA DE ESTUDIOS AFROCOLOMBIANOS
Se creo esta cátedra con el objetivo de : conocer y exaltar los aportes histórico-culturales, ancestrales y actuales de las comunidades afrocolombianas a la construcción de la nación colombiana y aportar al debate pedagógico nacional nuevos enfoques sobre las posibilidades conceptuales y metodológicas -
LEY 725 DECLARACIÓN UNIVERSAL DE LA DIVERSIDAD CULTURAL
Nadie puede invocar la diversidad cultural para vulnerar los derechos humanos garantizados por el derecho internacional, ni para limitar su alcance. Los derechos culturales son parte integrante de los derechos humanos, que son universales, indisociables e interdependientes.
El 21 de mayo se celebra el día nacional de la afrocolombianidad, en homenaje a la abolición de la esclavitud en Colombia -
ETNOEDUCACIÓN INTERCULTURAL TRILINGUE PARA EL PUEBLO RAIZAL
Se demuestra que la acción de educar para enseñar y aprender, debe estar contextualizada por el ámbito cultural donde se va a desarrollar. La experiencia en espacios étnicos debe darse en sincronía con las respectivas prácticas interculturales que les permite el reconocimiento de sus identidades: inclusivas favorables al diálogo y encuentro con el otro respetando las diferencias. -
DECLARACIÓN SOBRE LOS DERECHOS DE LOS PUEBLOS INDÍGENAS
La Declaración de las Naciones Unidas sobre los derechos de los pueblos indígenas, aprobada por la Asamblea General de las Naciones Unidas en 2007, ofrece un marco de trabajo internacional para los esfuerzos encaminados a fomentar los derechos de los pueblos indígenas. -
LEY 1381
Los hablantes de lengua nativa tendrán derecho a comunicarse entre sí en sus lenguas, sin restricciones en el ámbito público o privado, en todo el territorio nacional, en forma oral o escrita, en todas sus actividades sociales, económicas, políticas, culturales y religiosas, entre otras. Fomentando de esta manera la protección, uso, preservación y y fortalecimiento de las lenguas de los grupos étnicos de Colombia. -
LEY 4082
Tiene por objeto garantizar la protección de los derechos de una persona, , grupo de personas, comunidad o pueblo, que son vulnerables a través de actos de racismo o discriminación -
LEY ESTATUTARIA 1
Esta ley tiene por objetivo garantizar y asegurar el ejercicio efectivo de los derechos de las personas con discapacidad, mediante la adopción de medidas de inclusión, de acciones afirmativas, de ajustes razonables y de la eliminación de toda forma de discriminación por razón de discapacidad.